Stock company by shares76.877.085-9

Mira Arquitecto & Asociados SpA

CONSTITUCIÓN — Jul 13, 2024

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2024-07-13View PDF (CVE 2518753)

Corporate information

SpA
calle Cerro El Plomo N°5.931, oficina 1213
Duration: tres años y se renovara en forma automática por igual periodo sucesivamente

Shareholders (1)

NameParticipation

ROBERTO ANGELO MIRA RODRIGUEZ

Accionista

15.xxx.xxx-8

-

Official extract text

EDUARDO ANDRES ALIAGA MARTINEZ, Notario Público Interino de la Tercera Notaria de Buin con asiento en Paine, con oficio en calle O'Higgins N°590, comuna de Paine, certifica: Que por escritura publica hoy ante mí, Don ROBERTO ANGELO MIRA RODRIGUEZ, Chileno, Arquitecto, casado separado de bienes, cedula nacional de identidad N°15.634.559-8, por Sí y en representación de la sociedad MIRA ARQUITECTO & ASOCIADOS SpA, o MIRA & ASOC. SpA, RUT N°76.877.085-9, ambos con domicilio en calle Cerro El Plomo N°5.931, oficina 1213, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y de paso por esta, rectifica, constitución de sociedad MIRA ARQUITECTO & ASOCIADOS SpA, o MIRA & ASOC. SpA, por escritura pública otorgada ante la Notario Público de Santiago don Felix Jara Cadot, de fecha 09 de mayo del año 2018, bajo repertorio N°14.457-2018, inscrita a fojas 35.517, número 18.707 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018, y se publicó en el diario oficial de fecha 17 de mayo del año 2018, posterior rectifico, según consta por escritura pública de fecha 31 de enero del año 2023, suscrita en este oficio ante mismo notario, inscrita a fojas 16.460, número 7.805, del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2023, y publicada en el diario oficial el 20 de febrero del año 2023, por error, involuntario se consignó en forma insuficiente el Artículo Cuarto de la escritura de constitución, respecto a la duración de la sociedad, que viene en complementar en el sentido que DONDE DICE: “…ARTICULO CUARTO: La sociedad comenzará a regir desde esta fecha y tendrá una duración de tres años y se renovara en forma automática por igual periodo...” DEBE DECIR: “…ARTICULO CUARTO: La sociedad comenzará a regir desde esta fecha y tendrá una duración de tres años y se renovara en forma automática por igual periodo sucesivamente…”, dicha consignación también recayó en el extracto con dicha observancia, y que por este acto el compareciente viene en el mismo sentido en complementar. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Paine, 03 de julio de 2024.

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