Servicios Profesionales Viento Sur Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
María José Ocariz Vargas Socio | - | - | - |
Felipe Luis Soto Ogueta Socio | - | - | - |
Administrators (3)
María José Ocariz Vargas
Felipe Luis Soto Ogueta
Official extract text
Ministerio del Interior MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interina de la 5° Notaría de Santiago, El Golf N° 99, oficina N° 101-B, Las Condes certifico: Que por escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2025, otorgada ante mí, Repertorio N° 8622-2025, Carlos Rodrigo Canto Olmo, María José Ocariz Vargas y Felipe Luis Soto Ogueta, todos domiciliados en Avenida Presidente Kennedy número seis mil ochocientos, Torre B, oficina ochocientos cuatro, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, actuales y únicos socios de Servicios Profesionales Viento Sur Limitada, acordaron modificar la administración social, reemplazando el artículo séptimo del estatuto, estableciendo que corresponderá conjuntamente a dos cualquiera de los socios Carlos Rodrigo Canto Olmo, María José Ocariz Vargas y Felipe Luis Soto Ogueta, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y especialmente las señaladas en escritura extractada, sin limitación de montos de ninguna especia. A su vez, Carlos Rodrigo Canto Olmo, María José Ocariz Vargas y Felipe Luis Soto Ogueta, actuando individualmente uno cualquiera de ellos, representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente hasta por el monto de $1.000.000.- por operación considerada individualmente, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y especialmente las señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 08 de octubre de 2025. MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interina.
Corporate information
Corporate purpose
La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de asesoría inmobiliaria, de construcción, administrativa y financiera.
Capital
Total capital
$3.000.000.-
Paid-in capital
$3.000.000.-
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 33.33% | $1.000.000.- |
María José Ocariz Vargas Socio | - | 33.34% | $1.000.000.- |
Felipe Luis Soto Ogueta Socio | - | 33.33% | $1.000.000.- |
Administrators (3)
María José Ocariz Vargas
Felipe Luis Soto Ogueta
Official extract text
MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la 5° Notaria de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echenique N°30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifico: (1) Haber tenido a la vista con esta fecha el Registro de Accionistas de la Sociedad Inmobiliaria Viento Sur SpA, donde consta que con fecha 23 de diciembre de 2022 los únicos y actuales accionistas de la referida sociedad son Carlos Rodrigo Canto Olmo, María José Ocariz Vargas y Felipe Luis Soto Ogueta; y (2) Que por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2022, otorgada ante el Titular, Repertorio N° 13915-2022, Carlos Rodrigo Canto Olmo, María José Ocariz Vargas y Felipe Luis Soto Ogueta, todos domiciliados en Avenida Presidente Kennedy número seis mil ochocientos, Torre B, oficina ochocientos cuatro, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, actuales y únicos accionistas de Inversiones Viento Sur SpA, acordaron: (a) Modificar el nombre, objeto social y la vigencia de la sociedad conforme a lo siguiente: Nombre: El nombre o razón social de la sociedad será “Servicios Profesionales Viento Sur SpA”, y podrá usar el nombre de fantasía “Viento Sur SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de asesoría inmobiliaria, de construcción, administrativa y financiera. Vigencia: 5 años desde el 27 de marzo de 2018, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos de 5 años cada uno, salvo voluntad contraria de alguno de los socios por escritura pública con anticipación 6 meses, anotada margen inscripción social. (b) Transformar la sociedad, cambiando su especie o tipo social por el de una sociedad civil de responsabilidad limitada que se regirá por las disposiciones de la Ley N°3.918, dictando al efecto estatutos sociales con todas las reformas que son menester y siguientes menciones extractables: Carlos Rodrigo Canto Olmo, María José Ocariz Vargas y Felipe Luis Soto Ogueta, todos domiciliados en Avenida Presidente Kennedy número seis mil ochocientos, Torre B, oficina ochocientos cuatro, comuna de Vitacura, Región Metropolitana. Nombre: El nombre o razón social de la sociedad será “Servicios Profesionales Viento Sur Limitada”, y podrá usar el nombre de fantasía “Viento Sur Ltda.”. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, oficinas, sucursales o establecimientos que instale en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de asesoría inmobiliaria, de construcción, administrativa y financiera. Duración: 5 años desde el 27 de marzo de 2018, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos de 5 años cada uno, salvo voluntad contraria de alguno de los socios por escritura pública con anticipación 6 meses, anotada margen inscripción social. Capital: $3.000.000.-, aportado y enterado íntegramente por los socios en la siguiente forma: Carlos Rodrigo Canto Olmo, $1.000.000.-, de contado y en dinero efectivo, equivalente a aproximadamente un 33,33% de los derechos sociales en el capital social, María José Ocariz Vargas, $1.000.000.-, de contado y en dinero efectivo, equivalente a aproximadamente un 33,34% de los derechos sociales en el capital social, y Felipe Luis Soto Ogueta, $1.000.000.-, de contado y en dinero efectivo, equivalente a aproximadamente un 33,33% de los derechos sociales en el capital social. Administración: Corresponderá conjuntamente a dos cualquiera de los socios Carlos Rodrigo Canto Olmo, María José Ocariz Vargas y Felipe Luis Soto Ogueta, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y especialmente las señaladas en escritura extractada. Responsabilidad de los socios: limitada al monto de los respectivos aportes. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 29 de diciembre de 2022. MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SERVICIOS PROFESIONALES VIENTO SUR LIMITADA
CVE 2712402
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA VIENTO SUR SpA
CVE 2246381
