San Martin Impresores Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$8.000.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Jorge Ismael San Martín García Socio | - | 52.5% | $4.590.000 |
Eugenia Elena San Martín García Socio | - | 47.5% | $3.060.000 |
Corporate history on record
- Incorporation· May 28, 2007
Constitución de SAN MARTIN IMPRESORES LIMITADA.
- Other act· July 31, 2008
Modificación previa inscrita en el Registro de Comercio de Santiago.
- Partner withdrew· October 22, 2021
Jorge Eugenio San Martín Molina se retira y cede sus derechos a Jorge Ismael San Martín García y Eugenia Elena San Martín García.
Jorge Eugenio San Martín Molina · Jorge Ismael San Martín García · Eugenia Elena San Martín García
Official extract text
FRANCISCO VARAS FERNÁNDEZ, abogado, Notario Público Titular de la 32ª Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Phillips 465, certifico: Que, por escritura pública de fecha hoy, ante mí, Jorge Ismael San Martín García, Suarez Mujica 2900 depto. 126, Ñuñoa, Santiago; Eugenia Elena San Martín García, Los Talaveras 686, Ñuñoa, Santiago y Jorge Eugenio San Martín Molina, Los Talaveras 686, Ñuñoa, Santiago modificaron sociedad SAN MARTIN IMPRESORES LIMITADA, constituida por escritura pública 28 mayo 2007 en Notaría Elba Sanhueza Muñoz, inscrita fs 21.774 N°15.885 en el Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2007, modificada misma Notaría escritura 31 julio 2008, inscrita a fs. 40.792 número 28.058 Registro Comercio 2008 de Santiago. Capital Social: $8.000.000. Modificaciones consisten: A) Se retira socio Jorge Eugenio San Martin Molina, quien cede 22,5 % de sus derechos a Jorge Ismael San Martín García, quien los compra en $4.590.000, pagaderos en forma detallada en escritura, y cede 15% restante a doña Eugenia Elena San Martín García, quien compra en $3.060.000 pagaderos forma indicada escritura, quedando como únicos socios Jorge Ismael San Martin García y Eugenia Elena San Martín García. B) Socios actuales modifican sociedad Uno) Administración y uso razón social corresponderá a ambos socios, actuando conjuntamente, anteponiendo su firma a la razón social. Dos) Modificación de la cláusula duodécima en sentido que diferencias entre los socios, deberán ser resueltas por un árbitro arbitrador del Centro de Arbitrajes de la Cámara de Comercio de Santiago A.G. En lo demás mantienen cláusulas del contrato vigente y de escritura extractada. Repertorio N°18.258/2021. Santiago, 22 de Octubre de 2021.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SAN MARTIN IMPRESORES LIMITADA
CVE 2059171
