Parque Eólico Atacama SpA
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
US$46.501.343
Paid-in capital
US$46.501.343
Pending capital
US$0
Shares
34,624,976
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
REPSOL IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE SpA Accionista 76.993.885-0 | 76.993.885-0 | 100% | US$46.501.343 |
Official extract text
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, notario público titular 27° notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia certifico: Que por escritura pública de fecha 23 de junio de 2022, repertorio N° 8307-2022, otorgada ante mí, Nicolás Alejandro Vicentela Iturrieta, en representación de REPSOL IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE SpA, RUT 76.993.885-0, único accionista, según registro de accionistas tenido a la vista, de la sociedad “PARQUE EÓLICO ATACAMA SpA”, RUT 76.852.769-5 (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 82.397 número 44.326 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017, el accionista único acordó: a) la modificación de la moneda en que se expresa el capital social consagrado en el artículo Quinto de los estatutos sociales, de pesos, moneda de curso legal, a Dólares de los Estados Unidos de América, y b) aumentar el capital social en la suma de US$46.500.000.- Dólares de los Estados Unidos de América, mediante la emisión de 34.623.976 acciones ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal. En consecuencia, el capital social queda en la suma de US $46.501.343.- Dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 34.624.976 acciones ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal. Las acciones fueron suscritas y pagadas por el único accionista Repsol Ibereólica Renovables Chile SpA. Como consecuencia de las modificaciones indicadas precedentemente se sustituyen íntegramente los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad: /a/ “ARTICULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de cuarenta y seis millones quinientos un mil trescientos cuarenta y tres Dólares dividido en treinta y cuatro millones seiscientos veinticuatro mil novecientos setenta y seis acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero efectivo mediante transferencia bancaria o en especies. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que correspondan a las acciones íntegramente pagadas.”; y /b/ “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO.- Suscripción y pago del capital.- El capital de la Sociedad es la cantidad de cuarenta y seis millones quinientos un mil trescientos cuarenta y tres Dólares dividido en treinta y cuatro millones seiscientos veinticuatro mil novecientos setenta y seis acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por el accionista Repsol Ibereólica Renovables Chile SpA, como sigue: i) Suscripción de mil acciones correspondientes al capital inicial, que ha sido íntegramente desembolsado; y ii) Suscripción de treinta y cuatro millones seiscientos veintitrés mil novecientos setenta y seis acciones mediante el aumento de capital realizado con fecha veintitrés de junio de dos mil veintidós que ha sido íntegramente desembolsado”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de junio de 2022.
Corporate information
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
REPSOL IBEREOLICA RENOVABLES CHILE SpA Accionista | - | 100% | - |
Official extract text
ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario de Santiago Titular de la 42ª Notaría de Santiago, Agustinas N°1070, 2º piso, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí, de fecha 20 de octubre de 2020, bajo el repertorio N° 37.624-2020, REPSOL IBEREOLICA RENOVABLES CHILE SpA (antes “Parque Eólico Cabo Leones III SpA”), en su calidad de único accionista de la sociedad PARQUE EÓLICO ATACAMA SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 82.397 N° 44.326 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2017, acordó modificar la Sociedad en materias que no son objeto de extracto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 5 de noviembre de 2020.
Corporate information
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Ibereolica Renovables Chile S.A. Accionista 76.131.562-5 | 76.131.562-5 | 100% | - |
Administrators (1)
Legal representation (1)
Official extract text
MARGARITA MORENO ZAMORANO, abogado, notario público interino de la 27° Notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 22 de mayo de 2019, repertorio N° 11.109, otorgada ante mí, Cristián Arévalo Leal, en representación de Ibereolica Renovables Chile S.A., RUT 76.131.562-5, única accionista de la sociedad “PARQUE EÓLICO ATACAMA SpA”, RUT 76.852.769-5 (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 82.397 número 44.326 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017, el accionista único acordó rectificar escritura de constitución de la Sociedad y modificar el Artículo Segundo de los estatutos sociales que se reemplaza por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO.- DESIGNACIÓN DE APODERADOS.- En su calidad de accionista administrador de la Sociedad, IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE S.A. viene en efectuar las siguientes designaciones, confiriendo los poderes que en cada caso se indican: Uno.- Designa como Gerente General de la Sociedad a don CRISTIÁN ARÉVALO LEAL, a quien le corresponderá la representación judicial de la Sociedad, estando legalmente investido de las facultades establecidas en ambos incisos del Artículo Séptimo del Código de Procedimiento Civil.- Dos.- Confiere por este acto poder especial al Gerente General de la Sociedad don CRISTIÁN ARÉVALO LEAL para que, a partir de esta fecha pueda, actuando en forma conjunta con uno cualquiera de los apoderados señores, don JOSÉ MANUEL RÁMOS PEREZ POLO, don GONZALO RÁMOS PEREZ POLO y don ENRIQUE BERTOLÁ SORIANO, usar la razón social de la Sociedad y actuar en su nombre y representación judicial y extrajudicial, tanto en Chile como en el extranjero, con los poderes contemplados en los literales /a/ al /m/ (ambos inclusive), /ñ/ al /y/ (ambos inclusive), /dd/, /ee/, /ff/ y /gg/, todos del Artículo Décimo Segundo de estos estatutos. Las facultades señaladas en este numeral Dos tendrán como limitación respecto de cada operación en particular, el monto de doscientos mil dólares americanos o su equivalente en pesos, moneda de curso legal, lo que no será necesario acreditar frente a terceros.- Tres.- Confiere por este acto poder especial a don GREGORIO ALVAREZ CABREROS y al Gerente General de la Sociedad don CRISTIÁN ARÉVALO LEAL, para que, a partir de esta fecha, actuando en forma conjunta, separada e indistintamente, puedan usar la razón social de la Sociedad y actuar en su nombre y representación judicial y extrajudicial, tanto en Chile como en el extranjero, con todos los poderes contemplados en el Artículo Décimo Segundo de estos estatutos. En el caso que el Gerente General actúe individualmente, las facultades señaladas en este numeral Tres tendrán como limitación, respecto de la celebración de cada operación en particular, el monto de sesenta mil dólares americanos o su equivalente en pesos, moneda de curso legal, lo que no será necesario acreditar frente a terceros. Esta limitación no regirá respecto de los contratos de trabajo o prestación de servicios a honorarios en que no tendrá limite. A mayor abundamiento en el caso del apoderado don Gregorio Alvarez Cabreros no regirá ninguna de estas restricciones ni tampoco cuando actué en forma conjunta don Gregorio Alvarez Cabreros con el Gerente General de la Sociedad don Cristián Arévalo Leal. Cuatro.- Las designaciones de las que da cuenta este Artículo Segundo Transitorio de modo alguno forma parte integrante de estos estatutos ni constituye una cláusula esencial del mismo”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 17 de junio de 2019.
Corporate information
Capital
Total capital
$1.000.000
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Ibereolica Renovables Chile S.A. Accionista 76.131.562-5 | 76.131.562-5 | 100% | - |
Administrators (1)
Legal representation (1)
Corporate history on record
- Incorporation· 2017-00-00
Se constituye la sociedad PARQUE EÓLICO ATACAMA SPA.
PARQUE EÓLICO ATACAMA SPA
Official extract text
MARGARITA MORENO ZAMORANO, abogado, notario público interino de la 27° Notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 22 de mayo de 2019, repertorio N° 11.109, otorgada ante mí, Cristián Arévalo Leal, en representación de Ibereolica Renovables Chile S.A., RUT 76.131.562-5, única accionista de la sociedad “PARQUE EÓLICO ATACAMA SPA”, RUT 76.852.769-5 (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 82.397 número 44.326 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017, cuyo capital actual $1.000.000, el accionista único acordó rectificar escritura de constitución de la Sociedad y modificar el Artículo Segundo de los estatutos sociales que se reemplaza por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO.- DESIGNACIÓN DE APODERADOS.- En su calidad de accionista administrador de la Sociedad, IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE S.A. viene en efectuar las siguientes designaciones, confiriendo los poderes que en cada caso se indican: Uno.- Designa como Gerente General de la Sociedad a don CRISTIÁN ARÉVALO LEAL, a quien le corresponderá la representación judicial de la Sociedad, estando legalmente investido de las facultades establecidas en ambos incisos del Artículo Séptimo del Código de Procedimiento Civil.- Dos.- Confiere por este acto poder especial al Gerente General de la Sociedad don CRISTIÁN ARÉVALO LEAL para que, a partir de esta fecha pueda, actuando en forma conjunta con uno cualquiera de los apoderados señores, don JOSÉ MANUEL RÁMOS PEREZ POLO, don GONZALO RÁMOS PEREZ POLO y don ENRIQUE BERTOLÁ SORIANO, usar la razón social de la Sociedad y actuar en su nombre y representación judicial y extrajudicial, tanto en Chile como en el extranjero, con los poderes contemplados en los literales /a/ al /m/ (ambos inclusive), /ñ/ al /y/ (ambos inclusive), /dd/, /ee/, /ff/ y /gg/, todos del Artículo Décimo Segundo de estos estatutos. Las facultades señaladas en este numeral Dos tendrán como limitación respecto de cada operación en particular, el monto de doscientos mil dólares americanos o su equivalente en pesos, moneda de curso legal, lo que no será necesario acreditar frente a terceros.- Tres.- Confiere por este acto poder especial a don GREGORIO ALVAREZ CABREROS y al Gerente General de la Sociedad don CRISTIÁN ARÉVALO LEAL, para que, a partir de esta fecha, actuando en forma conjunta, separada e indistintamente, puedan usar la razón social de la Sociedad y actuar en su nombre y representación judicial y extrajudicial, tanto en Chile como en el extranjero, con todos los poderes contemplados en el Artículo Décimo Segundo de estos estatutos. En el caso que el Gerente General actúe individualmente, las facultades señaladas en este numeral Tres tendrán como limitación, respecto de la celebración de cada operación en particular, el monto de sesenta mil dólares americanos o su equivalente en pesos, moneda de curso legal, lo que no será necesario acreditar frente a terceros. Esta limitación no regirá respecto de los contratos de trabajo o prestación de servicios a honorarios en que no tendrá limite. A mayor abundamiento en el caso del apoderado don Gregorio Alvarez Cabreros no regirá ninguna de estas restricciones ni tampoco cuando actué en forma conjunta don Gregorio Alvarez Cabreros con el Gerente General de la Sociedad don Cristián Arévalo Leal. Cuatro.- Las designaciones de las que da cuenta este Artículo Segundo Transitorio de modo alguno forma parte integrante de estos estatutos ni constituye una cláusula esencial del mismo”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 17 de junio de 2019.
Corporate information
Corporate purpose
/i/ efectuar inversiones en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, raíces o muebles, especialmente acciones de sociedades anónimas, acciones de sociedades por acciones, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; /ii/ la instalación, desarrollo puesta en marcha, mantenimiento, explotación, distribución, cogeneración, así como la promoción y venta, de cualesquiera formas de energía hidroeléctrica, solar, eólica, biomasa, termoeléctrica, así como otras fuentes de energía alternativas, incluyendo sus respectivas fuentes generadores, instalaciones y fuentes de distribución; /iii/ la construcción, adquisición, implementación y comercialización, a cualquier título, sea por cuenta propia o terceros, de centrales generadoras de energía, de campos de energía eólica, de biomasa, hidráulicas o solar y otras fuentes de energía eléctrica, subestaciones, líneas de transmisión y subtransmisión, redes de distribución, derechos de agua y, en general toda clase de instalaciones relacionadas con la generación, compra y venta de energía, la asesoría para construcción y manejo de los dichos campos, así como explotación, producción, transporte, distribución, compra, venta y suministro de energía eléctrica de cualquier naturaleza y tipo de fuente, pudiendo para lates efectos obtener, adquirir y gozar las concesiones y mercedes respectivas; /iv/ generar y comercializar energía de cualquier naturaleza, en forma directa o a través de otras empresas; realizar funciones de prueba, ensayos y certificaciones, así como las comprobaciones, calibraciones y certificaciones de medidores de energía eléctrica, así como de cualquier otro bien físico que sirva para producir, transportar, medir, almacenar, distribuir, usar o consumir energía de cualquier naturaleza; /v/ prestar servicios energéticos y de ingeniería de todo tipo, obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar o explotar en cualquier forma las concesiones a las que se refiere la ley, solicitar permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines sociales; /vi/ diseñar, construir, mantener y explotar obras de infraestructura civiles o hidráulicas, relacionadas con concesiones de obras públicas o privadas; explotar los bienes que conforman su activo; /vii/ realizar inversiones, desarrollar proyectos de energía, desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en procesos industriales en que la energía eléctrica sea esencial; /viii/ depuración, transformación, y desalación de aguas, su explotación y comercialización; /ix/ invertir en bienes inmuebles, relacionados con el objeto social, adquirirlos, administrarlos y enajenarlos; adquirir, explotar y transferir concesiones en telecomunicaciones, construir, arrendar, mantener y explotar líneas de transmisión y distribución de energía eléctrica, incluyendo sus estaciones transformadoras; /x/ el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros para todo tipo de bienes y servicios relacionados con la generación, transmisión y distribución de los rubros anteriormente indicados; /xi/ generar, transar, comprar, vender, permutar bonos de carbono, según el protocolo de Kyoto y/o similares, así como desarrollar todas aquellas actividades asociadas a su comercialización y generación; /xii/ la investigación, diseño, desarrollo; fabricación, importación, exportación, comercialización y transferencia de aplicaciones tecnológicas en el ámbito de la energía eléctrica, electrónica, informática, hidráulica, neumática, biomasa, mareomotriz, geotermia, eólica y solar, incluyendo la comercialización y distribución de Sistemas de Control, automatización y redes de datos y, en general, toda clase de prestaciones de servicios relacionados con las materias indicadas; /xiii/ la realización de estudios, consultorías, asesorías, auditorías, evaluación y desarrollo de proyectos de mejoras de eficiencia energética y de inversión en generación energética en cualquiera de los tipos de energías anteriormente señaladas, y muy especialmente, en energías renovables no convencionales (ERNC), incluyendo el desarrollo de la ingeniería conceptual, básica y de detalle; /xiv/ la prestación de servicios técnicos, operación y mantenimiento asociados con la generación, transmisión y distribución de energía; y /xv/ en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad o el desarrollo de su giro, pudiendo realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos expresados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad.
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shares
10,000
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE S.A. Accionista | - | 100% | $1.000.000 |
Administrators (2)
IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE S.A.
Official extract text
EDUARDO AVELLO CONCHA, Notario Público Titular 27 Not. Santiago, calle Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 20/10/2017, ante mí, Repertorio N° 37684-2017, IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE S.A., constituyó sociedad por acciones: Nombre: “PARQUE EÓLICO ATACAMA SpA”. Objeto: /i/ efectuar inversiones en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, raíces o muebles, especialmente acciones de sociedades anónimas, acciones de sociedades por acciones, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; /ii/ la instalación, desarrollo puesta en marcha, mantenimiento, explotación, distribución, cogeneración, así como la promoción y venta, de cualesquiera formas de energía hidroeléctrica, solar, eólica, biomasa, termoeléctrica, así como otras fuentes de energía alternativas, incluyendo sus respectivas fuentes generadores, instalaciones y fuentes de distribución; /iii/ la construcción, adquisición, implementación y comercialización, a cualquier título, sea por cuenta propia o terceros, de centrales generadoras de energía, de campos de energía eólica, de biomasa, hidráulicas o solar y otras fuentes de energía eléctrica, subestaciones, líneas de transmisión y subtransmisión, redes de distribución, derechos de agua y, en general toda clase de instalaciones relacionadas con la generación, compra y venta de energía, la asesoría para construcción y manejo de los dichos campos, así como explotación, producción, transporte, distribución, compra, venta y suministro de energía eléctrica de cualquier naturaleza y tipo de fuente, pudiendo para lates efectos obtener, adquirir y gozar las concesiones y mercedes respectivas; /iv/ generar y comercializar energía de cualquier naturaleza, en forma directa o a través de otras empresas; realizar funciones de prueba, ensayos y certificaciones, así como las comprobaciones, calibraciones y certificaciones de medidores de energía eléctrica, así como de cualquier otro bien físico que sirva para producir, transportar, medir, almacenar, distribuir, usar o consumir energía de cualquier naturaleza; /v/ prestar servicios energéticos y de ingeniería de todo tipo, obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar o explotar en cualquier forma las concesiones a las que se refiere la ley, solicitar permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines sociales; /vi/ diseñar, construir, mantener y explotar obras de infraestructura civiles o hidráulicas, relacionadas con concesiones de obras públicas o privadas; explotar los bienes que conforman su activo; /vii/ realizar inversiones, desarrollar proyectos de energía, desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en procesos industriales en que la energía eléctrica sea esencial; /viii/ depuración, transformación, y desalación de aguas, su explotación y comercialización; /ix/ invertir en bienes inmuebles, relacionados con el objeto social, adquirirlos, administrarlos y enajenarlos; adquirir, explotar y transferir concesiones en telecomunicaciones, construir, arrendar, mantener y explotar líneas de transmisión y distribución de energía eléctrica, incluyendo sus estaciones transformadoras; /x/ el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros para todo tipo de bienes y servicios relacionados con la generación, transmisión y distribución de los rubros anteriormente indicados; /xi/ generar, transar, comprar, vender, permutar bonos de carbono, según el protocolo de Kyoto y/o similares, así como desarrollar todas aquellas actividades asociadas a su comercialización y generación; /xii/ la investigación, diseño, desarrollo; fabricación, importación, exportación, comercialización y transferencia de aplicaciones tecnológicas en el ámbito de la energía eléctrica, electrónica, informática, hidráulica, neumática, biomasa, mareomotriz, geotermia, eólica y solar, incluyendo la comercialización y distribución de Sistemas de Control, automatización y redes de datos y, en general, toda clase de prestaciones de servicios relacionados con las materias indicadas; /xiii/ la realización de estudios, consultorías, asesorías, auditorías, evaluación y desarrollo de proyectos de mejoras de eficiencia energética y de inversión en generación energética en cualquiera de los tipos de energías anteriormente señaladas, y muy especialmente, en energías renovables no convencionales (ERNC), incluyendo el desarrollo de la ingeniería conceptual, básica y de detalle; /xiv/ la prestación de servicios técnicos, operación y mantenimiento asociados con la generación, transmisión y distribución de energía; y /xv/ en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad o el desarrollo de su giro, pudiendo realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos expresados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad. Domicilio: Parte de la provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Capital: $1.000.000.-, dividido en 10.000 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y que deberá ser pagado dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de constitución. Administración: corresponderá a IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE S.A., en calidad de accionista administrador, el que podrá actuar por medio de apoderados especialmente designados para tal efecto mediante escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social. Sin perjuicio de lo anterior, los apoderados especialmente designados para la administración estarán autorizados para administrar la sociedad, usar su razón social y para representarla desde la fecha de suscripción de la escritura pública en que consta su nombramiento, sin necesidad de esperar la anotación de la misma al margen de la inscripción social de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo. Administrador efectuó las siguientes designaciones de apoderados: designó como Gerente General a don Cristián Arévalo Leal; y designó como apoderados a los señores Cristián Arévalo Leal, José Manuel Rámos Perez Polo, Gonzalo Rámos Perez Polo, Enrique Bertolá Soriano y Gregorio Alvarez Cabreros, quienes podrán actuar en la forma y con las facultades que se indican en la escritura que se extracta. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 30 de octubre de 2017.
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PARQUE EÓLICO ATACAMA SpA
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CVE 1609368
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PARQUE EÓLICO ATACAMA SpA
CVE 1298676
