Limited liability company76.832.486-7

Atención Médico Infantil Integral Limitada

MODIFICACIÓN — Dec 18, 2019

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2019-12-18View PDF (CVE 1698826)

Corporate information

Ltda

Shareholders (3)

NameParticipation

MARIA PAZ RIVEROS TORRES

Socio

-

PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR

Socio

-

CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE

Socio

-

Corporate history on record

  1. Incorporation· July 13, 2017

    Se constituye la sociedad Atención Médico Infantil Integral Limitada.

  2. Transfer of rights· November 26, 2019

    Eduardo Andres Carvajal Gonzalez cede derechos sociales a Maria Paz Riveros Torres, Patricia Lorena Palma Alcivar y Claudia Andrea Villablanca Aguirre.

    EDUARDO ANDRES CARVAJAL GONZALEZ · MARIA PAZ RIVEROS TORRES · PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR · CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE

Official extract text

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Interino, de la 7ª Notaría de Santiago, con Oficio en Agustinas 1161, entrepiso, comuna de Santiago, certifico, Por escritura pública de 9 diciembre de 2019, ante mí: Doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, domiciliada en Carmen Nº 602, depto 808, comuna de Santiago, doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, domiciliada en Avenida Ejercito Libertador Nº 688, depto 301, comuna de Santiago, doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, domiciliada en Santa Isabel Nº 176, depto 2206, comuna de Santiago, únicos socios vienen en rectificar escritura publica de modificación de sociedad de responsabilidad limitada, celebrada con fecha 26 de noviembre de 2019, sociedad denominada "ATENCIÓN MÉDICO INFANTIL INTEGRAL LIMITADA", constituida de fecha 13 de julio de 2017, otorgada por don Alejandro Américo Álvarez Barrera, notaria de Santiago, con oficio en Paseo Huérfanos número 1160, subsuelo, comuna de Santiago, suplente del titular de don Félix Jara Cadot, Inscrita a fojas 61731, Numero 33410 del Registro de Comercio de Santiago del año 2017; La sociedad fue modificada por escritura publica con fecha 26 de noviembre de 2019, ante notario publico doña Maria Soledad Santos Muñoz, titular de la 7° Notaría de Santiago, con oficio en calle A gustinas 1161, entrepiso, comuna de Santiago, Inscrita a fojas 92364, Numero 45378 del Registro de Comercio de Santiago del año 2019 en lo siguiente: A) En la referida escritura pública de modificación de sociedad celebrada con fecha 26 de noviembre de 2019 ya señalada, se incurrió en un error involuntario al mal señalar que fecha de constitución de sociedad fue el año dos mil diecinueve, cuando su real fecha de constitución ocurrió en año dos mil diecisiete; Por medio de la presente escritura de rectificación se rectifica dicho error en escritura publica de modificación al señalar que el año de constitución de la sociedad ocurrió en año dos mil diecisiete; B) Igualmente en la referida escritura pública de modificación de sociedad celebrada con fecha 26 de noviembre de 2019, se incurrió en otro error involuntario al señalar erróneamente en titulo SEGUNDO en relación a CESION DE DERECHOS, en señalar a vendedor y comprador como la misma persona en una de las cesiones ocurridas: Por la presente escritura de rectificación se subsana el reparo de la “letra B)” en el siguiente sentido: DONDE DICE: CESIÓN DE DERECHOS: El Socio don EDUARDO ANDRES CARVAJAL GONZALEZ ya individualizado vende cede y transfiere parte de su participación social equivalente a la suma cuatrocientos veinte mil pesos de los derechos sociales que le corresponden a doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, ya individualizada, quien los compra y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de cuatrocientos veinte mil pesos que doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, paga en este acto en dinero en efectivo; El Socio don EDUARDO ANDRES CARVAJAL GONZALEZ ya individualizado vende cede y transfiere parte de su participación social equivalente a la suma cuatrocientos quince mil pesos de los derechos sociales que le corresponden a doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, ya individualizada, quien los compra y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de cuatrocientos quince mil pesos que doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, paga en este acto en dinero en efectivo; El Socio don CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE ya individualizado vende cede y transfiere el total restante de su participación social equivalente a la suma cuatrocientos quince mil pesos de los derechos sociales que le corresponden a doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, ya individualizada, quien los compra y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de cuatrocientos quince mil pesos que doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, paga en este acto en dinero en efectivo; Los comparecientes renuncian a las acciones resolutorias que pudieran emanar del presente contrato; de esta manera la sociedad queda conformada únicamente por doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, ya individualizadas, en las proporciones que mas adelante se detalla: DEBIENDO DECIR: CESIÓN DE DERECHOS: El Socio don EDUARDO ANDRES CARVAJAL GONZALEZ ya individualizado vende cede y transfiere parte de su participación social equivalente a la suma cuatrocientos veinte mil pesos de los derechos sociales que le corresponden a doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, quien los compra y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de cuatrocientos veinte mil pesos que doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, paga en dinero en efectivo; El Socio don EDUARDO ANDRES CARVAJAL GONZALEZ ya individualizado vende cede y transfiere parte de su participación social equivalente a la suma cuatrocientos quince mil pesos de los derechos sociales que le corresponden a doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, ya individualizada, quien los compra y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de cuatrocientos quince mil pesos que doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, paga en este acto en dinero en efectivo; El Socio don EDUARDO ANDRES CARVAJAL GONZALEZ vende cede y transfiere el total restante de su participación social equivalente a la suma cuatrocientos quince mil pesos de los derechos sociales que le corresponden a doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, quien los compra y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de cuatrocientos quince mil pesos que doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, paga en dinero en efectivo; sociedad queda conformada únicamente por doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, en las proporciones que mas adelante se detalla: En todo lo no saneado expresamente en este acto, quedan plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en el pacto social original. Santiago 12 de diciembre de 2019.

AmendmentDiario Oficial · 2019-12-12View PDF (CVE 1695662)

Corporate information

Ltda

Shareholders (3)

Corporate history on record

  1. Incorporation· July 13, 2017

    Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada ATENCIÓN MÉDICO INFANTIL INTEGRAL LIMITADA.

  2. Transfer of rights· December 9, 2019

    Se rectifica la cesión de derechos sociales de Eduardo Andres Carvajal Gonzalez a favor de Maria Paz Riveros Torres, Patricia Lorena Palma Alcivar y Claudia Andrea Villablanca Aguirre.

    EDUARDO ANDRES CARVAJAL GONZALEZ · MARIA PAZ RIVEROS TORRES · PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR · CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE

Official extract text

Maria Soledad Santos Muñoz, Notario Titular, de la 7ª Notaría de Santiago, con Oficio en Agustinas 1161, entrepiso, comuna de Santiago, certifico, Por escritura pública de 9 de diciembre de 2019, ante mí: Doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, chilena, medico pediatra, domiciliada en Carmen número 602, departamento 808, comuna de Santiago, R.M., doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, ecuatoriana, medico pediatra, domiciliada en Avenida Ejercito Libertador número 688, departamento 301, comuna de Santiago, Region Metropolitana, doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, chilena, nutricionista, domiciliada en Santa Isabel número 176, departamento 2206, comuna de Santiago, R. M., en calidad de únicos socios vienen en rectificar escritura de modificación de sociedad de responsabilidad limitada denominada "ATENCIÓN MÉDICO INFANTIL INTEGRAL LIMITADA", constituida de fecha 13 de julio de 2017, otorgada por don Alejandro Américo Álvarez Barrera, notaria de Santiago, con oficio en Paseo Huérfanos número 1160, subsuelo, comuna de Santiago, suplente del titular de don Félix Jara Cadot, Inscrita a fojas 61731, Numero 33410 del Registro de Comercio de Santiago del año 2017; La sociedad fue modificada ante notario publico doña María Soledad Santos Muñoz, titular de la 7° Notarí a de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1161, entrepiso, comuna de Santiago, Inscrita a fojas 92364, Numero 45378 del Registro de Comercio de Santiago del año 2019 en lo siguiente: A) En la referida escritura pública de modificación de sociedad se incurrió en un error involuntario al mal señalar que fecha de constitución de sociedad fue el año dos mil diecinueve, cuando su real fecha de constitución ocurrió en año dos mil diecisiete; Por medio de la presente escritura de rectificación se rectifica dicho error en escritura publica de modificación al señalar que el año de constitución de la sociedad ocurrió en año dos mil diecisiete; B) Igualmente en la referida escritura pública de modificación de sociedad se incurrió en otro error involuntario al señalar erróneamente en titulo SEGUNDO en relación a CESION DE DERECHOS, en señalar a vendedor y comprador como la misma persona en una de las cesiones ocurridas: Por la presente escritura de rectificación se subsana el reparo de la “letra B)” en el siguiente sentido: DONDE DICE: CESIÓN DE DERECHOS: El Socio don EDUARDO ANDRES CARVAJAL GONZALEZ ya individualizado vende cede y transfiere parte de su participación social equivalente a la suma cuatrocientos veinte mil pesos de los derechos sociales que le corresponden a doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, ya individualizada, quien los compra y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de cuatrocientos veinte mil pesos que doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, paga en este acto en dinero en efectivo; El Socio don EDUARDO ANDRES CARVAJAL GONZALEZ ya individualizado vende cede y transfiere parte de su participación social equivalente a la suma cuatrocientos quince mil pesos de los derechos sociales que le corresponden a doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, ya individualizada, quien los compra y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de cuatrocientos quince mil pesos que doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, paga en este acto en dinero en efectivo; El Socio don CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE ya individualizado vende cede y transfiere el total restante de su participación social equivalente a la suma cuatrocientos quince mil pesos de los derechos sociales que le corresponden a doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, ya individualizada, quien los compra y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de cuatrocientos quince mil pesos que doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, paga en este acto en dinero en efectivo; Los comparecientes renuncian a las acciones resolutorias que pudieran emanar del presente contrato; de esta manera la sociedad queda conformada únicamente por doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, ya individualizadas, en las proporciones que mas adelante se detalla: DEBIENDO DECIR: CESIÓN DE DERECHOS: El Socio don EDUARDO ANDRES CARVAJAL GONZALEZ ya individualizado vende cede y transfiere parte de su participación social equivalente a la suma cuatrocientos veinte mil pesos de los derechos sociales que le corresponden a doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, ya individualizada, quien los compra y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de cuatrocientos veinte mil pesos que doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, paga en este acto en dinero en efectivo; El Socio don EDUARDO ANDRES CARVAJAL GONZALEZ ya individualizado vende cede y transfiere parte de su participación social equivalente a la suma cuatrocientos quince mil pesos de los derechos sociales que le corresponden a doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, ya individualizada, quien los compra y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de cuatrocientos quince mil pesos que doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, paga en este acto en dinero en efectivo; El Socio don EDUARDO ANDRES CARVAJAL GONZALEZ ya individualizado vende cede y transfiere el total restante de su participación social equivalente a la suma cuatrocientos quince mil pesos de los derechos sociales que le corresponden a doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, ya individualizada, quien los compra y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de cuatrocientos quince mil pesos que doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, paga en este acto en dinero en efectivo; Los comparecientes renuncian a las acciones resolutorias que pudieran emanar del presente contrato; de esta manera la sociedad queda conformada únicamente por doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, ya individualizadas, en las proporciones que se detalla. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago 10 de diciembre de 2019.

AmendmentDiario Oficial · 2019-11-23View PDF (CVE 1686220)

Corporate information

Ltda
Carmen número 602, departamento 808
Administration: Administración conjunta de dos cualquiera de los administradores

Capital

Total capital

$5.000.000

Shareholders (3)

NameParticipation

MARIA PAZ RIVEROS TORRES

Socio

33.4%

PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR

Socio

33.3%

CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE

Socio

33.3%

Corporate history on record

  1. Incorporation· July 13, 2017

    Se constituye la sociedad Atención Médico Infantil Integral Limitada.

    MARIA PAZ RIVEROS TORRES · PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR · CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE · EDUARDO ANDRES CARVAJAL GONZALEZ

  2. Transfer of rights· November 7, 2019

    Eduardo Andres Carvajal Gonzalez cede derechos sociales a Maria Paz Riveros Torres, Patricia Lorena Palma Alcivar y Claudia Andrea Villablanca Aguirre.

    EDUARDO ANDRES CARVAJAL GONZALEZ · MARIA PAZ RIVEROS TORRES · PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR · CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE

Official extract text

María Soledad Santos Muñoz, Notario Público, de la 7ª Notaría de Santiago, con Oficio en Agustinas 1161, entrepiso, comuna de Santiago, certifico, Por escritura pública de 07 de noviembre de 2019, ante mí: Doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, chilena, casada con separacion de bienes, medico pediatra, domiciliada en Carmen número 602, departamento 808, comuna de Santiago, region Metropolitana, doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, ecuatoriana, soltera, medico pediatra, domiciliada en Avenida Ejercito Libertador número 688, departamento 301, comuna de Santiago, Region Metropolitana, doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, chilena, casada bajo el regimen de sociedad conyugal quien se acoge a articulo ciento cincuenta del codigo civil en relacion a su patrimonio reservado, nutricionista, domiciliada en Santa Isabel número 176, departamento 2206, comuna de Santiago, Region Metropolitana don EDUARDO ANDRES CARVAJAL GONZALEZ, chileno, soltero, Kinesiologo, domiciliado en Calle La Concepción número 884, comuna de Maipu, Región Metropolitana; modifican sociedad “ATENCIÓN MÉDICO INFANTIL INTEGRAL LIMITADA”, constituida en la notaria de Santiago de don Alejandro Américo Álvarez Barrera, notaria de Santiago, con oficio en Paseo Huérfanos número 1160, subsuelo, comuna de Santiago, suplente del titular de don Félix Jara Cadot, por escritura publica de fecha 13 de Julio del año 2017, inscrita en C.B.R. de Santiago, fojas 61731, N° 334 10, Año 2017. MODIFICACIÓN CONSISTE: CESIÓN DE DERECHOS: El Socio don EDUARDO ANDRES CARVAJAL GONZALEZ ya individualizado vende cede y transfiere parte de su participación social equivalente a la suma $420.000 de los derechos sociales que le corresponden a doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, ya individualizada, quien los compra y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de $420.000 que doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, paga en este acto en dinero en efectivo; El Socio don EDUARDO ANDRES CARVAJAL GONZALEZ ya individualizado vende cede y transfiere parte de su participación social equivalente a la suma $415.000 de los derechos sociales que le corresponden a doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, ya individualizada, quien los compra y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de $415.000 que doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, paga en este acto en dinero en efectivo; El Socio don CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE ya individualizado vende cede y transfiere el total restante de su participación social equivalente a la suma $415.000 de los derechos sociales que le corresponden a doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, ya individualizada, quien los compra y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de $415.000 que doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, paga en este acto en dinero en efectivo; de esta manera la sociedad queda conformada únicamente por doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES con un capital de $1.670.000 equivalente a 33,4% de los derechos sociales, doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, con un capital de $1.665.000 equivalente a 33,3% de los derechos sociales, doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, con un capital de $1.665.000 equivalente a 33,3% de los derechos sociales, ya individualizadas: ADMINISTRACION: La sociedad será administrada por doña MARIA PAZ RIVEROS TORRES, doña PATRICIA LORENA PALMA ALCIVAR, doña CLAUDIA ANDREA VILLABLANCA AGUIRRE, ya individualizados quienes anteponiendo a la razón social a su firma, podrán actuar dos cualquiera de ellos en forma conjunta y la representarán con amplias facultades. Demás estipulaciones pacto social primitivo y escritura extractada. Santiago 21 de noviembre de 2019.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    Atención Médico Infantil Integral Limitada

    CVE 1698826

  2. MODIFICACIÓN

    Atención Médico Infantil Integral Limitada

    CVE 1695662

  3. MODIFICACIÓN

    ATENCIÓN MÉDICO INFANTIL INTEGRAL LIMITADA

    CVE 1686220

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