Guzmán Reyes Construcciones S.a.
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La sociedad tendrá por objeto: (a) La inversión en toda clase de bienes muebles, sean éstos corporales o incorporales, tales como acciones, promesas u opciones de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios tanto nacionales como internacionales; (b) La adquisición, enajenación y/o explotación de bienes raíces, sean bienes raíces rurales o urbanos; el loteo y urbanización por cuenta propia o ajena, de terrenos rurales o urbanos, y la construcción de edificios de cualquier especie, en éstos u otros bienes por cuenta propia o ajena y remodelación; (c) La constitución de sociedades o asociaciones de cualquier tipo y el ingreso a ellas, sea en calidad de socio o accionista, su modificación y la administración de las mismas; (d) La administración de las inversiones referidas precedentemente y la percepción de sus frutos o rentas; (e) La gestión de corretaje de propiedades; (f) la promoción, gestión, comercialización e intermediación de toda clase de proyectos inmobiliarios de casa, departamentos, locales comerciales y oficinas; (g) la prestación de asesorías inmobiliarias; (h) La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en relación con cualquier clase de bienes tanto nacionales como internacionales y (i) la realización de todos los negocios que los accionistas acuerden en relación al objeto mencionado.
Capital
Total capital
$101.100.198
Paid-in capital
$101.100.198
Pending capital
$0
Shares
17,011
Shareholders (6)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista 5.xxx.xxx-9 | 5.xxx.xxx-9 | - | - |
Accionista 7.xxx.xxx-6 | 7.xxx.xxx-6 | - | - |
Accionista 13.xxx.xxx-7 | 13.xxx.xxx-7 | - | - |
Accionista 15.xxx.xxx-6 | 15.xxx.xxx-6 | - | - |
Accionista 16.xxx.xxx-4 | 16.xxx.xxx-4 | - | - |
Accionista 17.xxx.xxx-8 | 17.xxx.xxx-8 | - | - |
Corporate history on record
- Capital change· July 30, 2021
La junta extraordinaria de accionistas acuerda dividir Guzmán Reyes Construcciones S.A. y disminuir su capital.
GUZMÁN REYES CONSTRUCCIONES S.A.
Official extract text
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público Suplente de don ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, Titular de la 42° Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, Segundo piso, Santiago, Certifica que: Por escritura pública de fecha 11 de Agosto de 2021, Repertorio N° 35.242-2021, ante el titular, se redujo el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas, celebrada ante el Notario Público don Álvaro Gonzalez Salinas con fecha 30 de Julio de 2021, de la sociedad GUZMÁN REYES CONSTRUCCIONES S.A., en la que la totalidad de los accionistas de dicha sociedad, entre otra materias, acordaron dividir GUZMÁN REYES CONSTRUCCIONES S.A., en dos sociedades con efecto y vigencia a contar de la misma fecha de la Junta; la primera, que corresponde a la sociedad dividida, la que subsistirá y mantendrá su vigencia en los términos y condiciones que se indicarán más adelante, en conformidad a los artículos 94 y 95 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas, la que conservará su razón social, rol único tributario, y que incluye la modificación de su capital social; y una nueva sociedad, anónima y cerrada, que se crea y constituye por efecto de la división, bajo el nombre o razón social de ADMINISTRADORA DE CAPITAL INMOBILIARIO S.A., o nombre fantasía ADCI S.A., que se regirá por los estatutos que se señalan más adelante.- Como consecuencia de lo anterior, los accionistas entre otras materias acordaron en definitiva lo siguiente: UNO.- DISMINUCIÓN DE CAPITAL: Disminuir el capital de GUZMÁN REYES CONSTRUCCIONES S.A., de la cantidad de $302.073.660, a la cantidad de $200.973.462, correspondiente a una disminución total de $101.100.198.- DOS.- MODIFICACIÓN Y REEMPLAZO DEL ARTÍCULO QUINTO DE LOS ESTATUTOS SOCIALES: En razón de lo anterior, los accionistas acordaron además modificar y reemplazar el artículo quinto de los estatutos sociales relativo al capital social y las acciones, quedando en definitiva, “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de doscientos millones novecientos setenta y tres mil cuatrocientos sesenta y dos pesos, dividido en diecisiete mil once acciones, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, íntegramente suscritas y pagadas”.- TRES.- constituir una nueva Sociedad Anónima Cerrada: En consideración a la división acordada, los actuales y únicos accionistas de GUZMÁN REYES CONSTRUCCIONES S.A., acordaron constituir una nueva sociedad anónima cerrada, que se denominará ADMINISTRADORA DE CAPITAL INMOBILIARIO S.A., la que se regirá por el estatuto que se indica más adelante, y a la que acordaron aportar como capital, el monto en que se ha disminuido el capital de GUZMÁN REYES CONSTRUCCIONES S.A.- Para tales efectos los accionistas acordaron aprobar asimismo, los siguientes estatutos, por los que se regirá la nueva sociedad que se crea y constituye por efecto de la división: TRES.- UNO.- Don DAVID ENRIQUE GUZMÁN SILVA, C.I. N° 5.745.033-9, doña ROSA DEL CARMEN REYES LA PAZ, C.I. N° 7.152.408-6, don DAVID OSVALDO GUZMÁN REYES, C.I. N° 13.858.541-7, don FELIPE ANDRÉS GUZMÁN REYES, C.I. N° 15.135.200-6, don DIEGO ALEJANDRO GUZMÁN REYES, C.I. N° 16.284.559-4, y don MATÍAS RAFAEL GUZMÁN REYES, C.I. N° 17.046.206-8, todos domiciliados para estos efectos en Camino Lo Pinto N° 1.300, comuna de Colina, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad anónima cerrada, la que se regirá por el siguiente estatuto social: NOMBRE: La razón social de la sociedad será “ADMINISTRADORA DE CAPITAL INMOBILIARIO S.A.”, pudiendo usar como nombre de fantasía, incluso ante Bancos, la expresión “ADCI S.A.”.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero.- DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración indefinida a contar de esta fecha, sin perjuicio de la disolución en los casos que la Ley y estatutos establecen.- OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: (a) La inversión en toda clase de bienes muebles, sean éstos corporales o incorporales, tales como acciones, promesas u opciones de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios tanto nacionales como internacionales; (b) La adquisición, enajenación y/o explotación de bienes raíces, sean bienes raíces rurales o urbanos; el loteo y urbanización por cuenta propia o ajena, de terrenos rurales o urbanos, y la construcción de edificios de cualquier especie, en éstos u otros bienes por cuenta propia o ajena y remodelación; (c) La constitución de sociedades o asociaciones de cualquier tipo y el ingreso a ellas, sea en calidad de socio o accionista, su modificación y la administración de las mismas; (d) La administración de las inversiones referidas precedentemente y la percepción de sus frutos o rentas; (e) La gestión de corretaje de propiedades; (f) la promoción, gestión, comercialización e intermediación de toda clase de proyectos inmobiliarios de casa, departamentos, locales comerciales y oficinas; (g) la prestación de asesorías inmobiliarias; (h) La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en relación con cualquier clase de bienes tanto nacionales como internacionales y (i) la realización de todos los negocios que los accionistas acuerden en relación al objeto mencionado.- ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de tres Directores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo los Directores ser o no accionistas.- CAPITAL Y ACCIONES.- El capital de la sociedad es la cantidad de $101.100.198, dividido en 17.011 acciones, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, íntegramente suscritas y pagadas.- Demás estipulaciones no extractables constan en escritura extractada.- Santiago, 23 de Agosto de 2021.- José Leonardo Brusi Muñoz.- Notario Suplente.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
GUZMÁN REYES CONSTRUCCIONES S.A.
CVE 2002507
