Sociedad Inmobiliaria Peña Tu Limitada Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Official extract text
Ministerio del Interior MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N° 0153, comuna de Providencia, Santiago, rectifica extracto de escritura de modificación de la sociedad “SOCIEDAD INMOBILIARIA PEÑA TU LIMITADA LIMITADA” de fecha 19 de Noviembre del año 2024, Repertorio N° 10.769 -2024 otorgada ante mí, inscrito a fojas 203 N° 66 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2025 y publicado en el Diario Oficial N° 44.041 de fecha 06-01-2025, en cuanto a que DONDE DICE: “Don FELIPE SANTIAGO NORIEGA SANROMÁN, chileno, casado, factor de comercio, cédula de identidad número siete millones diez mil doscientos sesenta y seis guion nueve”. DEBE DECIR: “Don FELIPE SANTIAGO NORIEGA SANROMÁN, chileno, quien declara estar casado, factor de comercio, cédula de identidad número siete millones diez mil doscientos veintiséis guion nueve”. Demás estipulaciones escritura extractada. Lo no rectificado permanece vigente en el extracto anterior Santiago, 30 DE JULIO DE 2025.-
Corporate information
Capital
Total capital
$30.000.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
FELIPE SANTIAGO NORIEGA SANROMAN Socio 7.xxx.xxx-9 | 7.xxx.xxx-9 | 50% | $15.000.000 |
Socio 7.xxx.xxx-0 | 7.xxx.xxx-0 | 50% | $15.000.000 |
Administrators (2)
FELIPE SANTIAGO NORIEGA SANROMAN
LUIS NORIEGA SANROMAN
Official extract text
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, Orrego Luco número ciento cincuenta y tres, Comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública, otorgada con fecha diecinueve de noviembre de 2024, Repertorio N° 10.769-2024,, ante mí doña MARÍA DEL CARMEN SANROMAN GONZÁLEZ, española, casada, factor de comercio, cedula nacional de identidad número seis millones cuatrocientos cuarenta y un mil ciento cuarenta y ocho guión nueve, domiciliada en calle Nevería número cuatro mil novecientos cuarenta, departamento ciento dos, comuna de las Condes, Don LUIS MANUEL NORIEGA SANROMAN, chileno, casado, factor de comercio, cedula nacional de identidad siete millones seiscientos ochenta y tres mil trescientos sesenta y ocho guión cero, domiciliado en calle Sebastián El Cano número novecientos cincuenta departamento ochocientos cuatro, comuna de las Condes y Don FELIPE SANTIAGO NORIEGA SANROMAN, chileno, casado, factor de comercio, cédula de identidad siete millones diez mil doscientos sesenta y seis guion nueve, domiciliado en calle Nevería número cuatro mil novecientos cuarenta, departamento ochenta y dos, comuna de Las Condes, todos son socios de SOCIEDAD INMOBILIARIA PEÑA TU LIMITADA, inscrita a fojas setenta y ocho mil ochocientos quince, número cuarenta y dos mil cuatrocientos seis, Registro de Comercio año dos mil diecisiete, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. La sociedad cuenta con un capital social total ascendente a la suma de cuarenta y cinco millones de pesos, que se distribuye de la siguiente manera don Felipe Santiago Noriega Sanromán con quince millones de pesos, equivalentes al treinta y tres coma tres por ciento del capital social, don Luis Manuel Noriega Sanromán con quince millones de pesos, equivalentes al treinta y tres coma tres por ciento del capital social, y doña María del Carmen Sanromán González con quince millones de pesos, equivalentes al treinta y tres coma tres por ciento del capital social. Los Socios modificaron y aumentaron el capital en los siguientes términos: Disminución de Capital: mediante disminución y retiro del capital suscrito, enterado y pagado por doña María Del Carmen Sanromán González en el acto constitutivo, ascendiente a la suma de quince millones de pesos. Debido a la disminución señalada, el capital final de la sociedad asciende a la suma de treinta millones de pesos, que se traducen porcentualmente de la siguiente manera: a.- Felipe Santiago Noriega Sanromán con equivalente al cincuenta por ciento, por la suma quince millones pesos, b.- Luis Manuel Noriega Sanromán con equivalente al cincuenta por ciento, por la suma quince millones de pesos. Asimismo, se deja constancia que los socios autorizaron expresamente el retiro y devolución de capital antes señalado, en el artículo Tercero de la escritura pública extractada. Asimismo, Los socios antes individualizados acuerdan modificar el estatuto social en el sentido que, la administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a cualquiera de los señores FELIPE SANTIAGO NORIEGA SANROMAN y LUIS NORIEGA SANROMAN, indistintamente, quienes, actuando por la sociedad, en forma separada, conjunta o alternada y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. SANTIAGO 19 DE NOVIEMBRE DE 2024.
Corporate information
Capital
Total capital
$30.000.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
FELIPE SANTIAGO NORIEGA SANROMAN Socio 7.xxx.xxx-9 | 7.xxx.xxx-9 | 50% | $15.000.000 |
Socio 7.xxx.xxx-0 | 7.xxx.xxx-0 | 50% | $15.000.000 |
Administrators (2)
FELIPE SANTIAGO NORIEGA SANROMAN
Official extract text
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la 27ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco Nº 0153, Comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de Noviembre de 2024, Repertorio 10.769 - 2024, ante mí, doña MARÍA DEL CARMEN SANROMAN GONZÁLEZ, española, casada, factor de comercio, cedula nacional de identidad número seis millones cuatrocientos cuarenta y un mil ciento cuarenta y ocho guión nueve, domiciliada en calle Nevería número cuatro mil novecientos cuarenta, departamento ciento dos, comuna de las Condes, Don LUIS MANUEL NORIEGA SANROMAN, chileno, casado, factor de comercio, cedula nacional de identidad siete millones seiscientos ochenta y tres mil trescientos sesenta y ocho guión cero, domiciliado en calle Sebastián El Cano número novecientos cincuenta departamento ochocientos cuatro, comuna de las Condes y Don FELIPE SANTIAGO NORIEGA SANROMAN, chileno, casado, factor de comercio, cédula de identidad siete millones diez mil doscientos veintiséis guion nueve, domiciliado en calle Nevería número cuatro mil novecientos cuarenta, departamento ochenta y dos, comuna de Las Condes, acordaron modificación de la sociedad denominada sociedad SOCIEDAD INMOBILIARIA PEÑA TU LIMITADA, inscrita a fojas setenta y ocho mil ochocientos quince, número cuarenta y dos mil cuatrocientos seis, Registro de Comercio año dos mil diecisiete, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; Modificaron y aumentaron el capital en los siguientes términos: Disminución de Capital: mediante disminución y retiro del capital suscrito, enterado y pagado por doña María Del Carmen Sanromán González en el acto constitutivo, ascendiente a la suma de quince millones de pesos; debido a la disminución señalada, el capital final de la sociedad asciende a la suma de treinta millones de pesos, que se traducen porcentualmente de la siguiente manera: a.- Felipe Santiago Noriega Sanromán con equivalente al cincuenta por ciento, por la suma quince millones pesos, b.- Luis Manuel Noriega Sanromán con equivalente al cincuenta por ciento, por la suma quince millones de pesos. Asimismo, Los socios antes individualizados acuerdan que modificar el estatuto social en el sentido que, la administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a cualquiera de los señores FELIPE SANTIAGO NORIEGA SANROMAN y LUIS NORIEGA SANROMAN, indistintamente, quienes, actuando por la sociedad, en forma separada, conjunta o alternada y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos. Sin que la enumeración sea taxativa, podrá comprar, adquirir y vender toda clase de marcas, patentes, derechos y privilegios sobre productos o materias primas; adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, derechos, acciones, valores, bonos y fijar las condiciones en los respectivos actos y contratos. Los apoderados actuando en la forma señalada, podrán ejercer todas las facultades que se mencionan en la Cláusulas respectivas del Estatuto Social, las que se dan por reproducidas expresamente. Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO, 19 DE NOVIEMBRE DE 2024.-
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