Limited liability company76.807.693-6

Inversiones Las Hortensias Limitada

MODIFICACIÓN — Nov 18, 2017

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2017-11-18View PDF (CVE 1305102)

Corporate information

Ltda
Las Hualtatas N° 4.334, departamento 502

Capital

Total capital

$6.149.928.565

Paid-in capital

$6.149.748.565

Pending capital

$180.000.000

Shareholders (4)

NameParticipation

CÉSAR MICHEL NAZAL MUSA

Socio

70%

SYLVIA STELLA LEIVA MEDINA

Socio

27.07%

CARLA DANIELA NAZAL LEIVA

Socio

1.46%

SOFÍA LORENA NAZAL LEIVA

Socio

1.46%

Corporate history on record

  1. Transfer of rights· September 20, 2017

    CÉSAR MICHEL NAZAL MUSA cede el 27,07% de sus derechos sociales a SYLVIA STELLA LEIVA MEDINA en el contexto de una liquidación y adjudicación parcial de bienes por término de sociedad conyugal.

    CÉSAR MICHEL NAZAL MUSA · SYLVIA STELLA LEIVA MEDINA

Official extract text

CLAUDIA ANDREA MANRIQUEZ SPICTO, Abogada, Notario Suplente de don JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifico: Que por escritura pública de fecha 20 de septiembre del año 2.017, repertorio número 3997/2017, extendida ante el Notario Titular, don CÉSAR MICHEL NAZAL MUSA, doña SYLVIA STELLA LEIVA MEDINA, doña CARLA DANIELA NAZAL LEIVA, todos domiciliados en Las Hualtatas N° 4.334, departamento 502, comuna de Vitacura y doña SOFÍA LORENA NAZAL LEIVA, con domicilio en calle Las Verbenas N°8.669, departamento 901 B, comuna de Las Condes, todos de paso por ésta, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “ INVERSIONES LAS HORTENSIAS LIMITADA ”, inscrita originalmente en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 60.801 número 32.891 del año 2.017, cuyo capital estatutario es de $6.149.928.565, en lo siguiente: i) Mediante la escritura pública que por este acto se extracta, doña SYLVIA STELLA LEIVA MEDINA y don CÉSAR MICHEL NAZAL MUSA hicieron liquidación y adjudicación parcial de los bienes de habidos en comunidad a razón del término de su sociedad conyugal. En el acto, doña SYLVIA STELLA LEIVA MEDINA se adjudicó gananciales por la suma de 1.664.978.570 pesos chilenos los que le fueron pagados mediante la adjudicación de parte un crédito que la sociedad conyugal tenía en contra del otro cónyuge, don CÉSAR MICHEL NAZAL MUSA, quien, a su vez, le pagó dicho crédito mediante la cesión de una parte de los derechos que éste tenía en la sociedad “INVERSIONES LAS HORTENSIAS LIMITADA”. De esta manera, don CÉSAR MICHEL NAZAL MUSA que era titular de aproximadamente un 97,08 por ciento de los derechos sociales, cedió, entregó y transfirió a doña SYLVIA STELLA LEIVA MEDINA derechos correspondientes al 27,07 por ciento del total de los derechos sociales, quien se los adjudicó entonces a razón de gananciales en la liquidación de la referida sociedad conyugal. De esta manera, don CÉSAR MICHEL NAZAL MUSA quedó con un 70 por ciento de los derechos sociales aproximadamente. ii) Presentes en el acto, las demás socias de “INVERSIONES LAS HORTENSIAS LIMITADA” manifestaron su voluntad en la adjudicación de derechos sociales y la consecuente modificación del pacto social. Como consecuencia de lo anterior el nuevo texto del artículo cuarto, referente al capital de la sociedad, es el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social asciende a la suma de seis mil ciento cuarenta y nueve millones novecientos veintiocho mil quinientos sesenta y cinco pesos, que los socios aportan, pagan y enterarán en la caja social del modo siguiente: uno) don CÉSAR MICHEL NAZAL MUSA quien aportó la suma de cuatro mil trescientos cuatro millones novecientos cuarenta y nueve mil novecientos noventa y seis pesos, los cuales se pagaron íntegramente con anterioridad al presente acto. La participación en el capital social asciende a un setenta por ciento aproximadamente; dos) doña SYLVIA STELLA LEIVA MEDINA, quien aportó la suma de mil seiscientos sesenta y cuatro millones novecientos setenta y ocho mil quinientos setenta pesos, los cuales se pagaron íntegramente con anterioridad pues los derechos se los adjudicó como gananciales por liquidación de la sociedad conyugal existente con don CÉSAR MICHEL NAZAL MUSA. La participación en el capital social asciende a un veintisiete coma cero siete por ciento; tres) doña CARLA DANIELA NAZAL LEIVA quien aportó la suma de noventa millones de pesos, cantidad que enterará a medida que los negocios sociales lo requieran. La participación en el capital social asciende a un uno coma cuarenta y seis por ciento y cuatro) doña SOFÍA LORENA NAZAL LEIVA, quien aportó la suma de noventa millones pesos, cantidad que enterará a medida que los negocios sociales lo requieran. La participación en el capital social asciende a un uno coma cuarenta y seis por ciento. De esta forma, el capital ha quedado suscrito por todos los socios y pagado sólo en la parte que corresponde a don CÉSAR MICHEL NAZAL MUSA y doña SYLVIA STELLA LEIVA MEDINA, restando la obligación de enterar la suma de ciento ochenta millones de pesos.” Demás estipulaciones constan de escritura extractada. San Miguel, 8 de noviembre del 2.017.

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