Productora De Seguros J. Caviedes SpA
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$2.200.000
Paid-in capital
$2.200.000
Pending capital
$0
Shares
220
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
JUAN FRANCISCO CAVIEDES GARCÍA Accionista 13.xxx.xxx-3 | 13.xxx.xxx-3 | 100% | $2.200.000 |
Administrators (1)
JUAN FRANCISCO CAVIEDES GARCÍA
Corporate history on record
- Incorporation· October 13, 2017
Constitución original de Productora de Seguros J. Caviedes SpA.
- Other act· December 6, 2017
Primera modificación de estatutos de la sociedad.
- Capital change· December 4, 2019
Se aumenta el capital social a $2.200.000, dividido en 220 acciones, totalmente suscritas y pagadas por Juan Francisco Caviedes García.
Official extract text
ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público, titular 3° Notaria Rancagua Campos 377, certifica: Por escritura de hoy, ante mí, JUAN FRANCISCO CAVIEDES GARCÍA, C.I.13.947.606-3, domicilio Avenida República de Chile 634, Manso de Velasco, Rancagua, modificó estatutos sociedad PRODUCTORA DE SEGUROS J. CAVIEDES SpA, constituida mediante escritura pública otorgada el 13 de octubre de 2017, Notario Rancagua, Ernesto Montoya Peredo, extracto se inscribió a fojas 1088 vuelta, N° 782, Registro Comercio del año 2017, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, y se publicó en Diario Oficial N° 41.892, de fecha 25 octubre 2017, y que fue modificada por escritura pública otorgada el 06 de diciembre de 2017, Notario Rancagua, Ernesto Montoya Peredo, extracto se inscribió a fojas 1266, N° 924, Registro Comercio del año 2017, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, y se publicó en Diario Oficial N° 41.939, de fecha 22 diciembre 2017. MODIFICACIÓN: Se modificó: UNO.- Se modifica el TITULO SEGUNDO. Del Capital Social.- Artículo Quinto, aumentando el capital social, quedando este en definitiva: "TITULO SEGUNDO. Del Capital Social.- Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $2.200.000.-, dividido en 220 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. El capital queda totalmente suscrito y pagado, en la forma indicada en los artículos transitorios de estos estatutos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagadas, no gozarán de derecho alguno; y DOS.- Se modifica las Disposiciones Transitorias.- Articulo Primero Transitorio: Suscripción y Pago del Capital., todo ello en base al aumentos de capital social, quedando este en definitiva: DISPOSICIONES TRANSITORIAS.- ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad ascendente a la suma de dos millones doscientos mil pesos y dividido en $2.200.000.-, dividido en 220 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, son suscritas, enteradas y pagadas totalmente en este acto por don JUAN FRANCISCO CAVIEDES GARCÍA, de contado y en dinero efectivo, cantidad dineraria que ingresa a la caja social. Por su parte, y de conformidad con lo dispuesto en estos Estatutos sociales, el capital suscrito, ha quedado totalmente pagado en este instrumento, toda vez, que han sido pagadas en este acto, 220 acciones de la compañía, sin valor nominal, que conforman un 100% de las acciones emitidas por la sociedad. Se deja expresa constancia de la circunstancia de que mientras la Compañía tenga un solo accionista, todas las decisiones y acuerdos serán adoptados por la unanimidad de las acciones emitidas con derecho a voto, al igual que todas las referencias hechas a los accionistas tanto en los Estatutos como en la Ley, se deberán entender hechas al único accionista de la sociedad. Se deja constancia que la ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL, le corresponde como administrador de la sociedad y para que actúe en los términos señalados en el Artículo Décimo del Título Tercero de estos estatutos, y en la posterior modificación de la sociedad, a don JUAN FRANCISCO CAVIEDES GARCÍA, ya individualizado, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el acápite Tres) del Artículo Décimo del Título Tercero de los estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 04 de Diciembre de 2019.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
PRODUCTORA DE SEGUROS J. CAVIEDES SpA
CVE 1693403
