Sociedad De Responsabilidad Limitada Jardin Infantil Y Sala Cuna Del Angel Ltda.
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$6.000.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
LIDIA DEL CARMEN AZUA CARRASCO Socio 9.xxx.xxx-6 | 9.xxx.xxx-6 | 80% | $4.800.000 |
Socio 17.xxx.xxx-9 | 17.xxx.xxx-9 | 20% | $1.200.000 |
Administrators (2)
LIDIA DEL CARMEN AZUA CARRASCO
Legal representation (1)
LIDIA DEL CARMEN AZUA CARRASCO
Corporate history on record
- Incorporation· February 2, 2007
Se constituyó la sociedad JARDIN INFANTIL Y SALA CUNA DEL ANGEL LTDA.
- Transfer of rights· June 30, 2020
Maria Teresa Henriquez Dueña cede la totalidad de sus derechos sociales: 30% a Lidia del Carmen Azua Carrasco y 20% a Jaime Alejandro Arévalo Azua.
MARIA TERESA HENRIQUEZ DUEÑA · LIDIA DEL CARMEN AZUA CARRASCO · JAIME ALEJANDRO ARÉVALO AZUA
Official extract text
ANDRES CUEVAS OSSANDON, Notario Público, Iquique, Luis Uribe Nº 330, certifico: por escritura hoy ante mi; MARIA TERESA HENRIQUEZ DUEÑA, cédula de identidad y Rut Nº 6.727.607-8, José Francisco Vergara 3.350, Iquique; LIDIA DEL CARMEN AZUA CARRASCO, cédula de identidad y Rut Nº 9. 742.783-6, Francisco Aravena 3.664, Por sí y en representación de JAIME ALEJANDRO ARÉVALO AZUA, cédula nacional de identidad y Rut Nº 17.413.189-9, Avenida Los Leones 2580, departamento 302, todos mayores de edad, modifican: SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA JARDIN INFANTIL Y SALA CUNA DEL ANGEL LTDA. o JARDIN Y SALA CUNA DEL ANGEL LTDA., inscrita a fjs. 145 Nº 143 año 2007, en Registro Comercio Iquique.- Modificaciones consisten: MARIA TERESA HENRIQUEZ DUEÑA, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al 50% del capital social; 30%, a LIDIA DEL CARMEN AZUA CARRASCO, en $16.000.000 y 20% a JAIME ALEJANDRO ARÉVALO AZUA, en la suma de $4.000.000, suma pagada a cedente quien se retira de la sociedad.- En consecuencia, son únicos socios LIDIA DEL CARMEN AZUA CARRASCO, dueña del 80% del interés social y JAIME ALEJANDRO ARÉVALO AZUA, dueño del 20% de los derechos sociales.- Actuales socios, acuerdan modificaciones a pacto social de fecha 2 de febrero de 2007, otorgado por escritura pública Notaria VILA, Iquique, en lo siguiente: a) Modificar cláusula cuarta, el nombre o razón social de la sociedad, quedando del siguiente tenor: “CUARTO: El nombre o razón social de la sociedad es: JARDIN INFANTIL Y SALA CUNA DEL ANGEL LIMITADA. La que puede actuar igualmente con el nombre de JARDIN Y SALA CUNA DEL ANGEL LTDA.” ; b) Modificar la cláusula sexta, en el sentido que administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a uno cualquiera de los socios doña LIDIA DEL CARMEN AZUA CARRASCO o don JAIME ALEJANDRO AREVALO AZUA, actuando en forma separada e indistinta, con todas y cada una de facultades contempladas en cláusula sexta del pacto social; c) Adecuar cláusula quinta, quedando: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de seis millones de pesos que los socios aportan de la siguiente forma: a) doña LIDIA DEL CARMEN AZUA CARRASCO, aporta la suma de cuatro millones ochocientos mil pesos, suma equivalente al ochenta por ciento del interés social; y, don JAIME ALEJANDRO AREVALO AZUA, aporta la suma de un millón doscientos mil pesos, suma equivalente al veinte por ciento del interés social.”; d) Modificar cláusula séptima, respecto ganancias y pérdidas sociales, quedando: “SEPTIMO: Las ganancias y pérdidas sociales se distribuirán y soportarán en proporción al respectivo interés de los socios en la sociedad; e) Modificar la cláusula novena sobre fallecimiento socio que queda: “NOVENO: La sociedad no se disolverá con la muerte de un socio y continuará con los herederos del socio fallecido, quienes designarán a un representante ante la sociedad. La administración de la sociedad con todas las facultades del administrador, quedará en manos del socio sobreviviente, salvo acuerdo en contrario.”; f) Modificar cláusula décimo tercera sobre arbitraje, que queda: “DÉCIMO TERCERO: Cualquier controversia entre los socios, será resuelta por un árbitro arbitrador, sin forma de juicio y sin ulterior recurso, quien será designado de común acuerdo por los socios”. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. En lo no modificado, queda vigente pacto social. Iquique, 30 de junio de 2020.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA JARDIN INFANTIL Y SALA CUNA DEL ANGEL LTDA.
CVE 1781619
