Sociedad De Transportes Diego Jose Camilo Ramirez Ramirez E.I.R.L..
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La prestación de servicios en el área de transporte de carga y descarga, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes corporales muebles, sean minerales, materias primas y mercaderías de cualquier naturaleza, movimiento de tierra en la minería y obras civiles y todo otro objeto lícito que la empresa decida en el futuro, todo ello bajo régimen general aduanero o especial de zona franca y en general cualquier otra actividad relacionada o no con el objeto empresarial, sin necesidad de que éstas consten por escrito.
Capital
Total capital
$5.000.000
Paid-in capital
$5.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Diego José Camilo Ramírez Ramírez Titular 16.xxx.xxx-7 | 16.xxx.xxx-7 | 100% | $5.000.000 |
Administrators (1)
Diego José Camilo Ramírez Ramírez
Corporate history on record
- Incorporation· June 28, 2017
Se constituyó la empresa original bajo la denominación Sociedad de Transportes Diego José Camilo Ramírez Ramírez E.I.R.L.
Official extract text
GONZALO HURTADO PERALTA, Notario Titular, de la 3 Notaría de Antofagasta, San Martín número 2745, certifica: Por escritura pública de fecha 03 de enero de 2018, ante mí, Diego José Camilo Ramírez Ramírez, cedula de identidad N° 16.456.367-7, Antofagasta, saneó y modificó la empresa denominada “SOCIEDAD DE TRANSPORTES DIEGO JOSE CAMILO RAMIREZ RAMIREZ E.I.R.L.”, RUT 76.758.931-K, Capital Inicial: 5.000.000.- empresa comercial del giro de su denominación constituida escritura pública de fecha 28 junio 2017, ante Notario Público Suplente, don Carlos Demetrio Ormazábal Troncoso ; publicado Diario Oficial de 4 Julio de 2017. Saneamiento: Que por un error involuntario, no se inscribió el extracto de la escritura pública en el Registro de Comercio dentro del plazo legal.- Por este acto el compareciente viene en sanear dicha omisión y error, en virtud de lo establecido en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve. Modificación : a) En la cláusula segunda, donde dice: El nombre de la sociedad será :“Sociedad de Transportes Diego José Camilo Ramírez Ramírez E.I.R.L. “; debe decir: El nombre de la empresa :será Empresa de Transportes Diego José Camilo Ramírez Ramírez E.I.R.L. b) En la cláusula tercera, donde dice: El objeto de la empresa será la prestación de servicios en el área de transporte de carga y descarga, por cuenta propia o ajena, de todo de tipo de bienes corporales ,muebles ,bien sean minerales ,materia primas y mercaderías de cualquier naturaleza, movimiento de tierra en la minería y obras civiles y todo otro objeto licito que la empresa decida en el futuro, todo ello bajo régimen general aduanero o especial de zona franca y en general cualquier otra actividad relacionada o no con el objeto social, sin necesidad de que éstas consten por escrito; debe decir: El objeto de la empresa será la prestación de servicios en el área de transporte de carga y descarga, por cuenta propia o ajena, de todo de tipo de bienes corporales ,muebles ,bien sean minerales ,materia primas y mercaderías de cualquier naturaleza, movimiento de tierra en la minería y obras civiles y todo otro objeto licito que la empresa decida en el futuro, todo ello bajo régimen general aduanero o especial de zona franca y en general cualquier otra actividad relacionada o no con el objeto empresarial, sin necesidad de que éstas consten por escrito. c) En la cláusula cuarta: donde dice: La administración de la sociedad y el uso de la razón social, del nombre de fantasía y la representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Diego José Camilo Ramírez Ramírez ya individualizado, quien anteponiendo el nombre de la empresa a su firma, representará a la sociedad ante cualquier persona ,autoridad o institución civil, pública o municipal, privada o bancaria, de fomento de crédito o financiera, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Debe decir: La administración de la empresa y el uso de la razón empresarial, del nombre de fantasía y la representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Diego José Camilo Ramírez Ramírez ya individualizado, quien anteponiendo el nombre de la empresa a su firma, representará a la empresa ante cualquier persona, autoridad o institución civil, pública o municipal, privada o bancaria, de fomento de crédito o financiera, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. d) En la cláusula cuarta número nueve: donde dice: constituir, modificar y disolver sociedades. Debe decir: constituir, modificar y disolver empresas. e) En la cláusula cuarta número trece, donde dice: En el orden judicial tendrá la representación de la sociedad. Debe decir: En el orden judicial tendrá la representación de la empresa. f) En la cláusula cuarta número catorce, donde dice: Ejecutar cualquier otra actividad que sea necesaria para el buen desarrollo del objeto social. Debe decir: Ejecutar cualquier otra actividad que sea necesaria para el buen desarrollo del objeto empresarial. g) En la cláusula quinta, donde dice: El capital social inicial es la suma de cinco millones de pesos, los cuales, el constituyente paga en este acto e ingresa a la caja social. Debe decir: El capital empresarial inicial es la suma de cinco millones de pesos, los cuales, el constituyente paga en este acto e ingresa a la caja empresarial. h) En la cláusula séptima, donde dice: El titular podrá retirar mensualmente de la caja social, a cuenta de las respectivas utilidades, la suma que determine .Debe decir: El titular podrá retirar mensualmente de la caja empresarial, a cuenta de las respectivas utilidades, la suma que determine. Demás estipulaciones escritura extractada. Antofagasta, 10 de enero del 2018.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE TRANSPORTES DIEGO JOSE CAMILO RAMIREZ RAMIREZ E.I.R.L.
CVE 1335661
