Asesorías Vinculación Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$51.000.000
Paid-in capital
$51.000.000
Shareholders (4)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 60% | $750.000 |
Socio | - | 15% | $187.500 |
Socio | - | 5% | $62.500 |
Socio | - | 20% | $50.000.000 |
Official extract text
IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°979, oficina 501, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 11 de julio de 2023, repertorio número 10.862-2023, ante mí, doña Carola Antonieta Rojas Leiva, doña Patricia Pamela Rojas Leiva, don Rubén Emilio López Di Rubba y don Lorenzo Gazmuri Schleyer, todos domiciliados para estos efectos en San Sebastián 2.839, oficina 803, comuna de Las Condes, Ciudad de Santiago, dan cuenta de las siguientes modificaciones de la sociedad “ASESORÍAS VINCULACIÓN LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 9.539, número 5.349 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017 (en adelante la “Sociedad”): /UNO/ Cesión de derechos. Los socios de la Sociedad acordaron realizar las siguientes cesiones de derechos sociales: /i/ don Rubén Emilio López Di Rubba, vende, cede y transfiere a doña Patricia Pamela Rojas Leiva, un 3,75% de los derechos sociales que posee en el capital de la Sociedad; /ii/ doña Patricia Pamela Rojas Leiva, vende, cede y transfiere a doña Carola Antonieta Rojas Leiva, un 10% de los derechos sociales que posee en el capital de la Sociedad. Como consecuencia de lo anterior, el capital de la Sociedad ascendente a la suma de $1.000.000, queda aportado y pagado íntegramente por los socios de la siguiente forma: a) doña Carola Antonieta Rojas Leiva con la suma de $750.000, equivalente al 75% de los derechos sociales; b) doña Patricia Pamela Rojas Leiva con la suma de $187.500, equivalentes al 18,75% de los derechos sociales; y c) don Rubén Emilio López Di Rubba con la suma de $62.500, equivalentes al 6,25% de los derechos sociales. /DOS/ Acuerdo de incorporación de nuevo socio. Aumento de Capital. Los socios de la Sociedad acordaron aceptar la incorporación como nuevo socio a don Lorenzo Gazmuri Schleyer. A efectos de materializar dicha incorporación, se efectúa un aumento del capital de la Sociedad ascendente a la suma de $50.000.000 íntegramente aportado, pagado y enterado en dinero en efectivo por don Lorenzo Gazmuri Schleyer. Los socios acuerdan que el cálculo de las participaciones sociales resultantes del aumento de capital señalado sea realizado sobre la base del Patrimonio Ajustado de la Sociedad conforme se indica en la escritura extractada. En consecuencia, el capital de la Sociedad aumenta de la suma de $1.000.000 a la suma de $51.000.000. En virtud de la cesión de derechos y aumento de capital efectuados, los socios acuerdan sustituir el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “El capital de la sociedad asciende a la suma de $51.000.000 de pesos que los socios han aportado del modo y en la proporción que se indica a continuación: Uno) a) La socia Carola Antonieta Rojas Leiva aporta la suma de $750.000 de pesos; b) la socia Patricia Pamela Rojas Leiva aporta la suma de $187.500 de pesos; c) el socio Rubén Emilio López Di Rubba aporta la suma de $62.500 de pesos; d) el socio Lorenzo Gazmuri Schleyer aporta la suma de $50.000.000 de pesos. Todos los referidos aportes ya fueron enterados en la caja social, en dinero en efectivo. Dos) Según lo acordado por los socios, les corresponde a cada uno de ellos las siguientes participaciones: a) a la socia Carola Antonieta Rojas Leiva una participación del 60% de los derechos sociales; b) a la socia Patricia Pamela Rojas Leiva una participación del 15% de los derechos sociales; al socio Rubén Emilio López Di Rubba una participación del 5% de los derechos sociales y; d) al socio Lorenzo Gazmuri Schleyer una participación del 20% de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.” En todo lo no modificado permanecen plenamente vigente los estatutos de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de agosto de 2023.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
ASESORÍAS VINCULACIÓN LIMITADA
CVE 2363252
