Sociedad De Inversiones La Mancha Limitada
Tax information (SII)
Entity type
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Company subtype
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Start of activities
No start of activities reported by the SII
Economic activities
No economic activities registered in the SII
Stamped documents
No stamped documents registered in the SII
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$2.000.000
Paid-in capital
$2.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (6)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
JORGE HERNÁN CABEZAS ARAVENA Socio | - | 20% | - |
MARÍA CECILIA GODOY AHUMADA Socio | - | 20% | - |
SEBASTIÁN ANDRÉS CABEZAS GODOY Socio | - | 15% | - |
Socio | - | 15% | - |
Socio | - | 15% | - |
Socio | - | 15% | - |
Corporate history on record
- Transfer of rights· March 13, 2024
Sebastián Andrés Cabezas Godoy cede el 5% de sus derechos a Paula Cabezas Godoy.
SEBASTIÁN ANDRÉS CABEZAS GODOY · PAULA CABEZAS GODOY
- Transfer of rights· March 13, 2024
Constanza Cabezas Godoy cede el 5% de sus derechos a Paula Cabezas Godoy.
- Transfer of rights· March 13, 2024
Catalina Belén Cabezas Godoy cede el 5% de sus derechos a Paula Cabezas Godoy.
Official extract text
EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en Enrique Mac Iver doscientos veinticinco, piso tres, oficina trescientos dos, de esta ciudad, certifico: que por escritura pública de fecha 13 de marzo de 2024, bajo el repertorio número 1194-24, ante mí, JORGE HERNÁN CABEZAS ARAVENA, MARÍA CECILIA GODOY AHUMADA, SEBASTIÁN ANDRÉS CABEZAS GODOY, CONSTANZA CABEZAS GODOY, CATALINA BELÉN CABEZAS GODOY; y, PAULA CABEZAS GODOY; todos calle República de Cuba número 2465, comuna de Providencia; modificaron “SOCIEDAD DE INVERSIONES LA MANCHA LIMITADA”. Modificación consiste en: (i) Cesión de derechos siguientes: equivalentes al 5% de la participación social, de SEBASTIÁN ANDRÉS CABEZAS GODOY a PAULA CABEZAS GODOY; equivalentes al 5% de CONSTANZA CABEZAS GODOY a PAULA CABEZAS GODOY; y, equivalentes al 5% de CATALINA BELÉN CABEZAS GODOY a PAULA CABEZAS GODOY; (ii) Se modificó el artículo primero y el artículo cuarto de los estatutos sociales, de los cuales son materia de extracto lo siguiente: CAPITAL: $2.000.000: a) JORGE HERNÁN CABEZAS ARAVENA la suma equivalente al 20% del total del interés social; b) MARÍA CECILIA GODOY AHUMADA, la suma equivalente al 20% del total del interés social; c) SEBASTIÁN ANDRÉS CABEZAS GODOY, la suma equivalente al 15% del total del interés social; d) CONSTANZA CABEZAS GODOY, la suma equivalente al 15% del total del interés social; e) CATALINA BELÉN CABEZAS GODOY, la suma equivalente al 15% del total del interés social; y, f) PAULA CABEZAS GODOY, la suma equivalente al 15% del total del interés social. Capital íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Repertorio 1194-24.- Santiago, 18 de marzo de 2024.
Corporate information
Corporate purpose
El objeto de la sociedad será: a) la inversión, a cualquier título, en toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena; b) inversión en capitales tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones; obtener rentas; d) la participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto; e) la capacitación y asesoría en sus diversas modalidades, especialmente en todo tipo de talleres, conferencias, seminarios y en general en cualquier entidad o programa de docencia, difusión y/o extensión; f) servicios y asesorías y capacitación en materias contables, tributarias, auditorías, financieras, económicas, legales, computacionales, de recursos humanos, comerciales; g) la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; h) la ejecución de estos actos por cuenta propia o ajena, sin perjuicio de cualquier otra actividad que los socios acuerden de consuno, y que se relacione directa o indirectamente con el objeto social; y, i) en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros, cualquier tipo de negocios y cualquier otra actividad o inversión estén o no relacionadas con las actividades antes descritas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden el o los socios y que tengan relación con el objeto social.
Capital
Total capital
$2.000.000
Paid-in capital
$2.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (5)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Jorge Hernán Cabezas Aravena Socio | - | 20% | $400.000 |
María Cecilia Godoy Ahumada Socio | - | 20% | $400.000 |
Sebastián Andrés Cabezas Godoy Socio | - | 20% | $400.000 |
Socio | - | 20% | $400.000 |
Socio | - | 20% | $400.000 |
Administrators (2)
Jorge Hernán Cabezas Aravena
María Cecilia Godoy Ahumada
Official extract text
GERMÁN ROUSSEAU DEL RÍO, Notario Público, Suplente del Titular HUMBERTO SANTELICES NARDUCCI, 22ª Notaría Santiago, Avenida El Bosque Norte Nº 047, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 20 de Diciembre de 2016, ante mí, JORGE HERNÁN CABEZAS ARAVENA, MARIA CECILIA GODOY AHUMADA, SEBASIÁN ANDRÉS CABEZAS GODOY, CONSTANZA CABEZAS GODOY y CATALINA BELÉN CABEZAS GODOY; todos Sancho Panza N°1841, Las Condes; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD DE INVERSIONES LA MANCHA LIMITADA”, pudiendo usar como nombre fantasía “Inversiones La Mancha Ltda.” o “La Mancha Ltda.” para fines publicitarios, comerciales y financieros. DOMICILIO: Comuna de Providencia, Región Metropolitana. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) la inversión, a cualquier título, en toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena; b) inversión en capitales tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones; obtener rentas; d) la participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto; e) la capacitación y asesoría en sus diversas modalidades, especialmente en todo tipo de talleres, conferencias, seminarios y en general en cualquier entidad o programa de docencia, difusión y/o extensión; f) servicios y asesorías y capacitación en materias contables, tributarias, auditorías, financieras, económicas, legales, computacionales, de recursos humanos, comerciales; g) la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; h) la ejecución de estos actos por cuenta propia o ajena, sin perjuicio de cualquier otra actividad que los socios acuerden de consuno, y que se relacione directa o indirectamente con el objeto social; y, i) en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros, cualquier tipo de negocios y cualquier otra actividad o inversión estén o no relacionadas con las actividades antes descritas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden el o los socios y que tengan relación con el objeto social. CAPITAL: $2.000.000: a) Jorge Hernán Cabezas Aravena: $400.000, equivalente al 20% del total del interés social; b) María Cecilia Godoy Ahumada: $400.000, equivalente al 20% del total del interés social; c) Sebastián Andrés Cabezas Godoy: $400.000, equivalente al 20% del total del interés social; d) Constanza Cabezas Godoy: $400.000, equivalente al 20% del total del interés social; y, e) Catalina Belén Cabezas Godoy: $400.000, equivalente al 20% del total del interés social. Capital íntegramente suscrito y pagado en dinero efectivo. RESPONSABILIDAD SOCIOS: Limitada al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a Jorge Hernán Cabezas Aravena, o a María Cecilia Godoy Ahumada, quienes podrán actuar cualquiera de ellos indistintamente. Los administradores antes designados en la forma indicada podrán actuar directamente o por intermedio de mandatarios; en este último caso, los mandatarios generales deberán ser designados por escritura pública anotada al margen de la inscripción social original. Facultades en escritura extractada. VIGENCIA: 10 años contados desde el 20 de Diciembre de 2016, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 10 años cada uno, según cláusula de prórroga. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 21 de Diciembre de 2016.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE INVERSIONES LA MANCHA LIMITADA
CVE 2470574
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE INVERSIONES LA MANCHA LIMITADA
CVE 1162152
