Limited liability company76.673.240-2

Sociedad Comercial Prime Comunicaciones Limitada

MODIFICACIÓN — Feb 15, 2024

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2024-02-15View PDF (CVE 2454320)

Corporate information

Ltda
calle La Gloria número cuarenta departamento, número mil novecientos once

Shareholders (2)

NameParticipation

MAURO ESTEBAN REYES REYES

Socio

99%

MARÍA JOSEFINA REYES TELLO

Socio

1%

Official extract text

JUAN PAULO VERA MONTERO, abogado, Notario Público de la Primera Notaría de Macul, suplente del Titular don Juan Facuse Heresi, con Oficio Gregorio de la Fuente Nº 3143, certifico: Que por escritura de esta fecha, 29 de enero del 2024, ante mí, don MAURO ESTEBAN REYES REYES, domiciliado en calle La Gloria número cuarenta departamento, número mil novecientos once, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don ANDRES ALEJANDRO FAINBERG PARRA, domiciliado en calle Las Garzas número ciento veintitrés, Condominio Santa Elena, comuna de Colina, Región Metropolitana, y doña MARÍA JOSEFINA REYES TELLO, domiciliada en calle Alfonso Vial número mil ochenta y cuatro, comuna de Maipú, Región Metropolitana, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD COMERCIAL PRIME COMUNICACIONES LIMITADA”, sentido que don ANDRES ALEJANDRO FAINBERG PARRA, dueño del 1% de la totalidad de los derechos sociales de la “SOCIEDAD COMERCIAL PRIME COMUNICACIONES LIMITADA” vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos sociales a doña MARÍA JOSEFINA REYES TELLO, quien compra y acepta para sí los referidos derechos, en $2.000.000, pagados. En virtud de las cesiones de derechos antes mencionados, quedan como únicos socios de la “SOCIEDAD COMERCIAL PRIME COMUNICACIONES LIMITADA”, don Mauro Esteban Reyes Reyes, con el 99% de la totalidad de los derechos sociales y doña María Josefina Reyes Tello con el 1% de la totalidad de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por el presente instrumento, se mantienen vigentes las demás cláusulas del pacto social y sus modificaciones. Otras clausulas constan escritura extractada. Santiago, 29 de enero del 2024.

AmendmentDiario Oficial · 2021-12-31View PDF (CVE 2065856)

Corporate information

Ltda
Administration: La administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don Mauro Esteban Reyes Reyes, con las más amplias facultades.

Shareholders (2)

NameParticipation

Mauro Esteban Reyes Reyes

Socio

99%

Andres Alejandro Fainberg Parra

Socio

1%

Administrators (1)

Corporate history on record

  1. Transfer of rights· December 22, 2021

    Andres Alejandro Fainberg Parra cede el 47% de sus derechos sociales a Mauro Esteban Reyes Reyes.

    Andres Alejandro Fainberg Parra · Mauro Esteban Reyes Reyes

Official extract text

JUAN FACUSE HERESI, Notario Público de Santiago, Titular de la Primera Notaría de Macul, con Oficio Gregorio de la Fuente Nº 3143, certifico: Que por escritura de esta fecha 22 de diciembre de 2021, ante mí, don MAURO ESTEBAN REYES REYES, domiciliado en calle La Gloria número cuarenta departamento, número mil novecientos once, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y don ANDRES ALEJANDRO FAINBERG PARRA, domiciliado en calle Las Garzas número ciento veintitrés, Condominio Santa Elena, comuna de Colina, Región Metropolitana, modificaron “SOCIEDAD COMERCIAL PRIME COMUNICACIONES LIMITADA”, sentido que don ANDRES ALEJANDRO FAINBERG PARRA, en su calidad de dueño del 48% de la totalidad de los derechos sociales de “SOCIEDAD COMERCIAL PRIME COMUNICACIONES LIMITADA” vende, cede y transfiere el 47% de la totalidad de los derechos sociales a don MAURO ESTEBAN REYES REYES, quien compra y acepta para sí los referidos derechos, en la suma de $60.000.000, pagados al contado. En virtud de las cesiones de derechos antes mencionados, quedan como únicos socios de la “SOCIEDAD COMERCIAL PRIME COMUNICACIONES LIMITADA”, don Mauro Esteban Reyes Reyes, con el 99% de la totalidad de los derechos sociales y don Andres Alejandro Fainberg Parra con el 1% de la totalidad de los derechos sociales, quienes acuerdan reemplazar la cláusula cuarta del estatuto social, en el sentido que la administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don Mauro Esteban Reyes Reyes, con las más amplias facultades. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por el presente instrumento, se mantienen vigentes las demás cláusulas del pacto social y sus modificaciones. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 22 de diciembre de 2021.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD COMERCIAL PRIME COMUNICACIONES LIMITADA

    CVE 2454320

  2. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD COMERCIAL PRIME COMUNICACIONES LIMITADA

    CVE 2065856

Corporate relationships

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