Limited liability company76.637.338-0

Inversiones Pixley Limitada

CONSTITUCIÓN — Jan 23, 2025

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2025-01-23View PDF (CVE 2600152)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: diez años, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno
Administration: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a Ronald Youlton Rivadeneira actuando individualmente; y a Ronald Andrew Youlton Vasen y Teresa Alejandra Youlton Vasen actuando ambos conjuntamente

Corporate purpose

Efectuar inversiones en dólares de los Estados Unidos de América, dentro y fuera del territorio de la República de Chile, sean estas en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, bonos, pagarés, ADR, cuotas, efectos de comercio, títulos o valores mobiliarios y en acciones, derechos y/o participaciones en sociedades, compañías, corporaciones, comunidades, asociaciones y en cualquier clase de personas jurídicas con o sin fines de lucro, cuyas acciones y/o derechos se transen o no en los mercados bursátiles mundiales. En el desarrollo de su objeto, la sociedad podrá comprar, vender, arrendar, prendar, hipotecar, ceder, y realizar cualquier tipo de actos o contratos sobre dichos bienes e inversiones sin limitación alguna, y realizar, en general, cualquier acto o contrato relacionado con el objeto principal, pudiendo concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones, sea en el país o en el extranjero.

Capital

Total capital

$76.963

Shareholders (3)

NameParticipation

Ronald Youlton Rivadeneira

Socio

3.xxx.xxx-7

27.06%

Janice Dina Vasen Smith

Socio

1%

INVERSIONES RÍO QUEPE LIMITADA

Socio

71.94%

Administrators (3)

Ronald Youlton Rivadeneira

3.xxx.xxx-7Administrador

Ronald Andrew Youlton Vasen

7.xxx.xxx-7Administrador

Teresa Alejandra Youlton Vasen

7.xxx.xxx-9Administrador

Official extract text

Rodrigo Andrés Farias Picón, Abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 1160, oficinas 101 y 102, comuna de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 19 de Diciembre de 2024, Repertorio N°17.316/2024 ante mí, /i/ doña Janice Dina Vasen Smith; /ii/ don Ronald Youlton Rivadeneira; y, /iii/ la sociedad INVERSIONES RÍO QUEPE LIMITADA, todos domiciliados en calle Burgos 240, departamento 62, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y en sus calidades de actuales y únicos socios de la sociedad INVERSIONES R. YOULTON LIMITADA, inscrita a fojas 22.268, número 11.687 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1992, acordaron la división y modificación de las sociedad. Por efecto de la división social acordada, los actuales y únicos socios constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos son del siguiente tenor: I. Razón Social. La razón social será “INVERSIONES PIXLEY LIMITADA”. II. Objeto. Efectuar inversiones en dólares de los Estados Unidos de América, dentro y fuera del territorio de la República de Chile, sean estas en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, bonos, pagarés, ADR, cuotas, efectos de comercio, títulos o valores mobiliarios y en acciones, derechos y/o participaciones en sociedades, compañías, corporaciones, comunidades, asociaciones y en cualquier clase de personas jurídicas con o sin fines de lucro, cuyas acciones y/o derechos se transen o no en los mercados bursátiles mundiales. En el desarrollo de su objeto, la sociedad podrá comprar, vender, arrendar, prendar, hipotecar, ceder, y realizar cualquier tipo de actos o contratos sobre dichos bienes e inversiones sin limitación alguna, y realizar, en general, cualquier acto o contrato relacionado con el objeto principal, pudiendo concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones, sea en el país o en el extranjero. III. Domicilio. El domicilio social es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. IV. Duración. La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha y durará diez años, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios notifique a los otros de su decisión de no prorrogar la vigencia de la sociedad mediante una declaración por escritura pública, registrada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos tres meses a la fecha de término de la sociedad, o de cualquiera de las prórrogas que estuviere en vigencia, en su caso. V. Capital. El capital de la sociedad es la suma de 76.963 Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, que corresponde a los socios como sigue: a) don Ronald Youlton Rivadeneira con 20.823 Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalentes aproximadamente al 27,06% del capital social; b) doña Janice Dina Vasen Smith, con 770 Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalentes aproximadamente al 1,00% del capital social; y, c) la sociedad INVERSIONES RÍO QUEPE LIMITADA, con 55.370 Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalentes aproximadamente al 71,94% del capital social. VI. Administración. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a las siguientes personas, actuando de la siguiente forma: (a) don Ronald Youlton Rivadeneira, cédula nacional de identidad número 3.623.857-7, actuando individualmente, podrá representar a la Sociedad con las más amplias facultades; y, (b) don Ronald Andrew Youlton Vasen, cédula nacional de identidad número 7.625.408-7, y doña Teresa Alejandra Youlton Vasen, cédula nacional de identidad número 7.625.407-9, actuando ambos conjuntamente, podrán representar a la Sociedad con las más amplias facultades. VII. Disolución. La sociedad se disolverá anticipadamente por acuerdo unánime de los socios o por cualquiera otra causa legal. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de Enero de 2025.

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