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Inversiones Las Pircas Uno SpA

MODIFICACIÓN — May 10, 2021

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2021-05-10View PDF (CVE 1941372)

Corporate information

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duration: cinco años contados desde la celebración de la escritura de transformación, prorrogables tácita y sucesivamente, por períodos de dos años
Administration: La administración, representación y uso de la razón social será ejercida por y corresponderá individualmente a un Administrador

Corporate purpose

La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, especialmente en acciones de todo tipo y/o valores mobiliarios, divisas, derivados, pactos, efectos de comercio y otros valores y/o instrumentos que el mercado bursátil desarrolle en el futuro; la inversión en toda clase de bienes muebles y/o inmuebles, la administración, la compra, la venta, la permuta, dar, dar o tomar en arrendamiento, con o sin opción de compra, subarrendar, y en general efectuar toda clase de inversiones, actos y contratos con toda clase de bienes raíces o muebles, de cualquier clase y/o naturaleza; ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con el objeto social, sea, directamente o participando en otras empresas o sociedades, sea como gestora, socia o accionista; y en general, ejecutar actos de cualquier otro ramo y/o giro que los accionistas acuerden en el futuro relacionado con cualquier clase de inversiones y/o administración de valores y/o frutos de las inversiones y/o de los ingresos de la sociedad, en los que se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al cumplimiento de sus fines, por cuenta propia o ajena, ya sea que se relacione directa o indirectamente con el objeto social.

Capital

Total capital

$50.000.000

Paid-in capital

$50.000.000

Pending capital

$0

Shares

50,000

Shareholders (4)

NameParticipation

Marisa Nina María Ansaldo Cafferata

Accionista

5.xxx.xxx-8

-

Juan Pablo Jerez Ansaldo

Accionista

18.xxx.xxx-3

-

Sebastián Sergio Jerez Ansaldo

Accionista

16.xxx.xxx-1

-

Cristina Marisa Jerez Ansaldo

Accionista

17.xxx.xxx-k

-

Administrators (1)

Marisa Nina María Ansaldo Cafferata

5.xxx.xxx-8Administrador

Legal representation (3)

Corporate history on record

  1. Transformation· March 24, 2021

    Los accionistas acuerdan transformar Inversiones Las Pircas Uno S.A. en una sociedad por acciones.

    Marisa Nina María Ansaldo Cafferata · Juan Pablo Jerez Ansaldo · Sebastián Sergio Jerez Ansaldo · Cristina Marisa Jerez Ansaldo

Official extract text

GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago,VALERIA RONCHERA FLORES, con oficio en calle Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, Comuna de Santiago, certifico: Que con fecha 16 de abril de 2021, se redujo a escritura pública ante mí, acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de Inversiones Las Pircas Uno S.A., inscrita a fojas 94545 número 51475 del Registro de Comercio de Santiago del año 2016, celebrada con fecha veinticuatro de marzo 2021 en la cual los accionistas: Doña MARISA NINA MARÍA ANSALDO CAFFERATA, RUT 5.493.261-8; por sí y en representación de don JUAN PABLO JEREZ ANSALDO, RUT 18.394.176-3, don SEBASTIÁN SERGIO JEREZ ANSALDO, RUT 16.359.576-1 y doña CRISTINA MARISA JEREZ ANSALDO, RUT 17.404.337-K, todos domiciliados en Calle Juan de Dios Vial Correa No. 4240, comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago acordaron transformar la sociedad “Inversiones Las Pircas Uno S.A.” en una sociedad por acciones, aprobando sus estatutos, de los que extracto: Nombre: “Inversiones Las Pircas Uno SpA” Domicilio: Es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años contados desde la celebración de la escritura de transformación, prorrogables tácita y sucesivamente, por períodos de dos años, si ninguno de los accionistas manifestare su voluntad de poner término al período que esté en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos dos meses a la fecha de término del respectivo período. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, especialmente en acciones de todo tipo y/o valores mobiliarios, divisas, derivados, pactos, efectos de comercio y otros valores y/o instrumentos que el mercado bursátil desarrolle en el futuro; b) La inversión en toda clase de bienes muebles y/o inmuebles, la administración, la compra, la venta, la permuta, dar, dar o tomar en arrendamiento, con o sin opción de compra, subarrendar, y en general efectuar toda clase de inversiones, actos y contratos con toda clase de bienes raíces o muebles, de cualquier clase y/o naturaleza; c) Ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con el objeto social, sea, directamente o participando en otras empresas o sociedades, sea como gestora, socia o accionista; d) Y en general, ejecutar actos de cualquier otro ramo y/o giro que los accionistas acuerden en el futuro relacionado con cualquier clase de inversiones y/o administración de valores y/o frutos de las inversiones y/o de los ingresos de la sociedad, en los que se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al cumplimiento de sus fines, por cuenta propia o ajena, ya sea que se relacione directa o indirectamente con el objeto social.- Capital: El capital es de $50.000.000, moneda de curso legal, dividido en 50.000 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Administración: La administración, representación y uso de la razón social será ejercida por y corresponderá individualmente a un Administrador, quien tendrá todas las facultades que le confieren la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas al directorio de la Sociedad Anónima, correspondiéndole adicionalmente la representación judicial de la Sociedad, estando legalmente investido de las facultades establecidas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, y quien podrá delegar en uno o más personas sus facultades mediante escritura pública que deberá inscribirse en el Registro de Comercio y anotarse al margen de la inscripción de los estatutos de la Sociedad. En los estatutos se designó como administrador a doña Marisa Nina María Ansaldo Cafferata. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 de Mayo de 2021.

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