Seguridad Aranto Limitada
Tax information (SII)
Entity type
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Company subtype
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Start of activities
No start of activities reported by the SII
Economic activities
No economic activities registered in the SII
Stamped documents
No stamped documents registered in the SII
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$3.000.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 10.xxx.xxx-2 | 10.xxx.xxx-2 | 99% | - |
Socio 11.xxx.xxx-2 | 11.xxx.xxx-2 | 1% | - |
Corporate history on record
- Incorporation· April 1, 2016
Se constituye SEGURIDAD ARANTO LIMITADA, nombre de fantasía ARANTO SEGURIDAD LTDA.
- Transfer of rights· May 3, 2016
SERGIO FRANCISCO RODRIGUEZ PEREZ cede el total de su participación, equivalente al 5%, a JORGE SEBASTIAN SANHUEZA SAEZ y LUIS RICARDO HARO GUENUMAN.
SERGIO FRANCISCO RODRIGUEZ PEREZ · JORGE SEBASTIAN SANHUEZA SAEZ · LUIS RICARDO HARO GUENUMAN
- Transfer of rights· July 3, 2020
JORGE SEBASTIAN SANHUEZA SAEZ cede y transfiere sus derechos sociales a LUIS RICARDO HARO GUENUMAN y MONICA BERNARDITA LAMAS SOTO, quedando este último como socio saliente.
JORGE SEBASTIAN SANHUEZA SAEZ · LUIS RICARDO HARO GUENUMAN · MONICA BERNARDITA LAMAS SOTO
Official extract text
RODRIGO SANHUEZA RIOS, abogado Notario Público de Temuco, suplente del titular don JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, domiciliado en Prat 770, CERTIFICO: por escritura pública de fecha tres de Julio de dos mil veinte, ante mí, Don JORGE SEBASTIAN SANHUEZA SAEZ, chileno, soltero, profesor de tenis, cédula nacional de identidad número diecisiete millones setecientos veintiséis mil setecientos treinta y nueve guión dos, domiciliado en calle San Antonio número cero novecientos ochenta y siete comuna de Temuco; don LUIS RICARDO HARO GUENUMAN, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cédula de identidad número diez millones trescientos cinco mil setecientos noventa y dos guión dos, domiciliado calle León Gallo número mil doscientos ochenta, comuna de Temuco; y doña MONICA BERNARDITA LAMAS SOTO, chilena, comerciante, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número once millones novecientos siete mil doscientos ochenta y tres guión dos, domiciliada en Ingemec número cero ochocientos cincuenta y cuatro Villa Industrial Temuco, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “SEGURIDAD ARANTO LIMITADA”, nombre de fantasía “ARANTO SEGURIDAD LTDA”. Por escritura pública de fecha uno de abril de dos mil dieciséis suscrita a ante el notario interino de la trigésimo sexta notaria de Santiago JUAN IGNACIO CARMONA ZUÑIGA, se constituyó la sociedad “SEGURIDAD ARANTO LIMITADA”, nombre de fantasía “ARANTO SEGURIDAD LTDA” un extracto de la referida escritura fue inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas veintitrés mil novecientos sesenta y cinco número trece mil trescientos diez, correspondiente al año dos mil dieciséis y publicado en el Diario Oficial número cuarenta y un mil cuatrocientos veinticinco, de fecha seis de abril de dos mil dieciséis.- Dicha sociedad fue modificada, cediendo el total de su participación el socio don SERGIO FRANCISCO RODRIGUEZ PEREZ, que correspondía a un cinco, con un dos coma cinco por ciento a don JORGE SEBASTIAN SANHUEZA SAEZ, y con un dos coma cinco por ciento a don LUIS RICARDO HARO GUENUMAN, mediante instrumento público de fecha tres de mayo de dos mil dieciséis, ante el notario público interino de la trigésimo sexta notaria de Santiago JUAN IGNACIO CARMONA ZUÑIGA, e incorporada en el repertorio número veinticinco mil cuatrocientos sesenta y nueve del año dos mil dieciséis, un extracto de dicha escritura de modificación se inscribió en el Registro de Comercio, a fojas treinta y dos mil seiscientos cuarenta y tres número dieciocho mil setenta y dos del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil dieciséis y fue publicada en el Diario Oficial, con fecha nueve de mayo de dos mil dieciséis número cuarenta y un mil cuatrocientos cincuenta y tres. E doscientos veintiocho pág. uno de uno CVE uno cero dos dos cinco cinco uno.- debidamente protocolizado bajo el repertorio número veintiséis mil seiscientos sesenta y uno de fecha diez de mayo de dos mil dieciséis y agregado al final del Registro de Comercio del mismo mes con el número cuatrocientos cuarenta y ocho.- Dicha sociedad por medio del presente instrumento se modifica; don JORGE SEBASTIAN SANHUEZA SAEZ, vende, cede, y transfiere todos sus derechos e interés social en la sociedad “SEGURIDAD ARANTO LIMITADA”, correspondiente a un cincuenta por ciento del capital social y que corresponde a un millón quinientos mil pesos; Con un cuarenta y nueve por ciento en el capital social a don LUIS RICARDO HARO GUENUMAN, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cédula de identidad número diez millones trescientos cinco mil setecientos noventa y dos guión dos, domiciliado calle León Gallo número mil doscientos ochenta, comuna de Temuco, quien compra, adquiere y acepta para sí. Dicho cuarenta y nueve por ciento de sus derechos e interés social, El precio convenido es de un millón cuatrocientos setenta mil pesos, que se pagan en este acto, al contado y que el vendedor o cedente declara recibir a su entera y total satisfacción; y Con un uno por ciento en el capital social doña MONICA BERNARDITA LAMAS SOTO, chilena, comerciante, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número once millones novecientos siete mil doscientos ochenta y tres guión dos, domiciliada en Ingemec número cero ochocientos cincuenta y cuatro Villa Industrial Temuco, quien compra, adquiere y acepta para sí. Dicho uno por ciento de sus derechos e interés social, El precio convenido es de treinta mil pesos, que se pagan en este acto, al contado y que el vendedor o cedente declara recibir a su entera y total satisfacción.- Como consecuencia de la venta y cesión señalada en la cláusula anterior, a contar de esta fecha son únicos socios de la sociedad “SEGURIDAD ARANTO LIMITADA”, los señores LUIS RICARDO HARO GUENUMAN, con un NOVENTA Y NUEVE POR CIENTO del capital social; y doña MONICA BERNARDITA LAMAS SOTO, con un UNO POR CIENTO del capital social. CUARTO:- En todo lo que no se ha modificado por este instrumento, continúan plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo.- La sociedad responderá de todos los impuestos que se adeude o pudiere adeudarse, todo esto, de conformidad con lo dispuesto por el artículo sesenta y nueve del Código Tributario.- El socio que se retira don JORGE SEBASTIAN SANHUEZA SAEZ y aquellos que permanecen en la sociedad don LUIS RICARDO HARO GUENUMAN y doña MONICA BERNARDITA LAMAS SOTO, declaran que nada se adeudan por ningún motivo o título, razón por la cual se otorgan en forma recíproca el más amplio, total, completo y definitivo finiquito, renunciando a toda acción judicial o extrajudicial ulterior.- Se elimina en lo sucesivo del pacto social toda referencia que en él pueda existir de el socio don JORGE SEBASTIAN SANHUEZA SAEZ, entendiéndose modificada la escritura en tal sentido. Demás estipulaciones en ella Temuco 14 de Julio de dos mil veinte.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SEGURIDAD ARANTO LIMITADA
CVE 1786129
