Sociedad de Inversiones y Servicios Previsora Ortiz Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
la prestación de servicios funerarios a futuro; funeraria y todo tipo de servicios fúnebres en la actualidad; Marmolería, incluyendo la compraventa de artículos de mármol, su comercialización, distribución, importación y exportación, su arriendo, la prestación de servicios de instalación y reparación de lápidas y artículos de mármol; y todo tipo de servicios relacionados al rubro funerario, sea que estos servicios se presten por cuenta propia o ajena, lo cual no impedirá a los socios prestar cualquier otra actividad relacionada o no con las anteriores, que estos acuerden realizar con posterioridad a la suscripción del presente instrumento. Además, se entenderá parte del objeto social, la compra y venta de todo tipo de insumos, repuestos y accesorios automotrices para todo tipo de vehículos motorizados, automóviles, motocicletas, camionetas, camiones, buses y cualquier vehículo de tracción motorizada.
Capital
Total capital
$3.000.000
Paid-in capital
$3.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Marco Antonio Ortiz Bustamante Socio 7.xxx.xxx-7 | 7.xxx.xxx-7 | 50% | $1.500.000 |
Socio 15.xxx.xxx-1 | 15.xxx.xxx-1 | 50% | $1.500.000 |
Administrators (2)
Marco Antonio Ortiz Bustamante
Corporate history on record
- Incorporation· May 8, 2006
Se constituyó la sociedad Sociedad de Inversiones y Servicios Previsora Ortiz Limitada.
- Transfer of rights· November 10, 2016
Fidel Fernando Ortiz Bustamante cede la totalidad de sus derechos sociales a Marco Antonio Ortiz Olea, equivalentes al 50% del haber social.
Official extract text
ISABEL MARGARITA CHADWICK VERGARA, Notario Público Titular, domiciliado en Carmen Gallegos 321, San Vicente de T.T., CERTIFICA: Por Escritura Pública, hoy, ante mí, don FIDEL FERNANDO ORTIZ BUSTAMANTE, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad número cinco millones seiscientos cuarenta y un mil seiscientos treinta y siete guión cuatro, domiciliado en Carlos Walker número ciento ochenta, comuna de San Vicente; don MARCO ANTONIO ORTIZ BUSTAMANTE, chileno, casado y separado de bienes, factor de comercio, cédula nacional de identidad número siete millones novecientos setenta y nueve mil trescientos setenta y ocho guión siete, domiciliado en Walker Martínez número doscientos cuarenta y nueve, comuna de Peumo; y don MARCO ANTONIO ORTIZ OLEA, chileno, soltero, factor de comercio, cédula nacional de identidad número quince millones ciento seis mil doscientos noventa y uno guión uno, domiciliado en Avenida Bernardo O´Higgins número trescientos treinta, comuna de Malloa; modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada: “Sociedad de Inversiones y Servicios Previsora Ortiz Limitada”, rol único tributario número 76.545.860-9, constituida por escritura pública de fecha ocho de Mayo de del año dos mil seis, otorgada en la Notaría Pública de Peumo de don Roberto Antonio Bennett Urzúa. Un extracto autorizado de la citada escritura pública de constitución social fue inscrito a fojas trece vuelta, número quince, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Peumo, del año dos mil seis y se publicó en el Diario Oficial número treinta y ocho mil cuatrocientos setenta de fecha veintitrés de Mayo del año dos mil seis. La sociedad no presenta modificación alguna hasta la fecha.- Modificación consiste: El socio, don FIDEL FERNANDO ORTIZ BUSTAMANTE, vende, cede y transfiere a don MARCO ANTONIO ORTIZ OLEA, la totalidad de los derechos sociales que le corresponden al primero en la Sociedad de Inversiones y Servicios Previsora Ortiz Limitada, ascendentes a un cincuenta por ciento del haber social. El precio de la cesión es la cantidad de un millón quinientos mil pesos, que el cesionario pagó en el acto al cedente, al contado y en dinero efectivo, declarando este último haber recibido dicha cantidad a su entera y total conformidad.- Nuevos socios modifican el Artículo Quinto del Pacto Social, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: El Capital de la sociedad es la cantidad de tres millones de pesos, que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo, de la siguiente manera: Uno/ Don Marco Antonio Ortiz Bustamante aporta la cantidad de un millón quinientos mil pesos, íntegramente pagados en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad y de los socios; Dos/ Marco Antonio Ortiz Olea aporta la cantidad de un millón quinientos mil pesos, íntegramente pagados en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad y de los socios. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Nuevos socios modifican el Artículo Cuarto del Pacto Social, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Cuarto: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá individual e indistintamente a don Marco Antonio Ortiz Olea y a don Marco Antonio Ortiz Bustamante, cualquiera sea de ellos, amplias facultades enumeradas en escritura extractada.- Socios acuerdan modificar el Artículo Segundo del Pacto Social, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Segundo: El objeto de la sociedad será: la prestación de servicios funerarios a futuro; funeraria y todo tipo de servicios fúnebres en la actualidad; Marmolería, incluyendo la compraventa de artículos de mármol, su comercialización, distribución, importación y exportación, su arriendo, la prestación de servicios de instalación y reparación de lápidas y artículos de mármol; y todo tipo de servicios relacionados al rubro funerario, sea que estos servicios se presten por cuenta propia o ajena, lo cual no impedirá a los socios prestar cualquier otra actividad relacionada o no con las anteriores, que estos acuerden realizar con posterioridad a la suscripción del presente instrumento. Además, se entenderá parte del objeto social, la compra y venta de todo tipo de insumos, repuestos y accesorios automotrices para todo tipo de vehículos motorizados, automóviles, motocicletas, camionetas, camiones, buses y cualquier vehículo de tracción motorizada.- Socios han acordado que a don Marco Antonio Ortiz Olea, le estará prohibido establecer funerarias o servicios fúnebres en la ciudad de San Vicente de Tagua Tagua; sin perjuicio de que podrá hacerlo en cualquier otra comuna o ciudad del país o del extranjero.- La sociedad ha quedado compuesta por los socios don Marco Antonio Ortiz Bustamante y don Marco Antonio Ortiz Olea, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales cada uno de ellos.- En lo no modificado expresamente por el presente instrumento permanecen plenamente vigentes los estatutos de “Sociedad de Inversiones y Servicios Previsora Ortiz Limitada”.- Otras estipulaciones: escritura extractada.- San Vicente de Tagua Tagua, diez de Noviembre de 2016.- Isabel Margarita Chadwick Vergara, Notario.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
Sociedad de Inversiones y Servicios Previsora Ortiz Limitada
CVE 1137841
