Asesorías Y Consultoria Cybertrust Latam Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$13.492.000
Shareholders (4)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
José Antonio Lagos Melo Socio | - | 44.5% | - |
Ricardo Ángelo Zunino Valdés Socio | - | 31.5% | - |
Juan Pablo Beltrán Campos Socio | - | 19% | - |
Socio | - | 5% | - |
Corporate history on record
- Incorporation· January 23, 2016
Constitución original de CYBERTRUST SpA.
- Transformation· January 10, 2023
La sociedad se transforma de SpA a sociedad de responsabilidad limitada bajo la denominación ASESORÍAS Y CONSULTORÍA CYBERTRUST LATAM LIMITADA.
- Transfer of rights· January 9, 2024
Juan Pablo Beltrán Campos cede el 1,5% de sus derechos a Gustavo José Ríos Padilla.
Juan Pablo Beltrán Campos · Gustavo José Ríos Padilla
- Transfer of rights· January 9, 2024
José Antonio Lagos Melo cede el 3,5% de sus derechos a Gustavo José Ríos Padilla.
José Antonio Lagos Melo · Gustavo José Ríos Padilla
Official extract text
LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, NOTARIO PUBLICO TITULAR 20ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo N°4990, Las Condes, Certifico: por escritura pública hoy, 9 de enero de 2024, Repertorio 148/2024, ante mí don JOSÉ ANTONIO LAGOS MELO, chileno, casado y separado de bienes, contador auditor, con domicilio en calle Camino La Piedra, Nº 33, Comuna de Colina; don RICARDO ÁNGELO ZUNINO VÁLDES, chileno, divorciado, contador auditor, con domicilio en Avenida Kennedy, Nº 5.933, departamento 2106, Comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, don JUAN PABLO BELTRÁN CAMPOS, chileno, soltero, ingeniero civil informático, con domicilio en calle Las Pircas, Nº 155, comuna de Colina; y don GUSTAVO JOSÉ RIOS PADILLA, venezolano, soltero, ingeniero electrónico, domiciliado en calle El Cacique Nº 263, Departamento A, comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana, todos mayores de edad, celebraron contrato de cesión de derechos sociales de sociedad “CYBERTRUST SpA”, RUT Nº 76.536.515-5, extracto inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 5.656 número 3.295 del año 2016, publicado en el Diario Oficial con fecha 23 de Enero de 2016, Edición Nº 41.365; modificada con fecha 29 de Diciembre 2022, ante la Notario Público de Santiago, Doña María Virginia Weilandt Covarrubias, suplente del Titular de la Quinta Notaría de Santiago don Patricio Raby Benavente, transformada de una Sociedad por Acciones a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, denominada actualmente “ASESORÍAS Y CONSULTORÍA CYBERTRUST LATAM LIMITADA”, su extracto quedó inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 1.657 Nº 756 del año dos 2023, publicado en el Diario Oficial con fecha 10 de Enero de 2023, Edición Nº 43.457.- El capital de la sociedad asciende a la suma $13.492.000.- Con el acuerdo recíproco de los socios de la sociedad ASESORÍAS Y CONSULTORÍA CYBERTRUST LATAM LIMITADA, don JUAN PABLO BELTRÁN CAMPOS, vende, cede y transfiere, el uno coma cinco por ciento de la totalidad de sus derechos en ASESORÍAS Y CONSULTORÍA CYBERTRUST LATAM LIMITADA, a don GUSTAVO JOSÉ RIOS PADILLA, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión de los derechos es la suma de dieciocho millones seiscientos setenta y un mil seiscientos veintiocho pesos que pagó y paga de la siguiente forma: a) con la suma de ocho millones ochocientos ochenta y nueve mil cuatrocientos sesenta pesos que pagó al contado, en dinero en efectivo, con anterioridad a la suscripción del presente instrumento, y que el cedente declara haber recibido a su entera conformidad; y b) el saldo de nueve millones setecientos ochenta y dos mil ciento cincuenta y un pesos se pagarán en veintiuna cuotas mensuales, iguales y sucesivas de cuatrocientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y tres pesos a contar del mes de enero del año dos mil veinticuatro; y una cuota final de cuatrocientos cuarenta y ocho mil doscientos diecinueve pesos que se pagará en el mes de noviembre de dos mil veinticinco; don JOSÉ ANTONIO LAGOS MELO, vende, cede y transfiere, a don GUSTAVO JOSÉ RIOS PADILLA, quien compra, adquiere y acepta para sí el tres coma cinco por ciento de la totalidad de los derechos que el cedente posee en ASESORÍAS Y CONSULTORÍA CYBERTRUST LATAM LIMITADA.- El precio de la cesión de los derechos es la suma de cuarenta y tres millones quinientos sesenta y siete mil ciento cuarenta y ocho pesos, que el cesionario pagó y paga de la siguiente forma: a) Con la suma de veinte millones setecientos cuarenta y dos mil cien pesos que pagó, en dinero en efectivo, con anterioridad a la suscripción del presente instrumento, y que el cedente declara haberlos recibido a su entera conformidad; y b) el saldo de veintidós millones ochocientos veinticinco mil cuarenta y ocho pesos que pagará en veintiuna cuotas mensuales, iguales y sucesivas de un millón treinta y siete ciento cinco pesos, a contar del mes de enero de dos mil veinticuatro, y una cuota final por la suma de un millón cuarenta y cinco mil ochocientos cuarenta y tres pesos en el mes de noviembre de dos mil veinticinco. Quedan como únicos socios de la sociedad ASESORÍAS Y CONSULTORÍA CYBERTRUST LATAM LIMITADA, don José Antonio Lagos Melo, con una participación de cuarenta y cuatro coma cinco por ciento, don Ricardo Ángelo Zunino Valdés con una participación del treinta y uno coma cinco por ciento, don Juan Pablo Beltrán Campos, con una participación del diecinueve por ciento y don Gustavo José Ríos Padilla, con una participación del cinco por ciento. Demás disposiciones escritura extractada. Santiago, 9 de enero de 2024.
Corporate information
Corporate purpose
La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de los siguientes servicios profesionales: (a) la prestación de todo tipo de asesorías y consultorías en el campo de la informática, las comunicaciones, seguridad de la información y de las tecnologías en general; (b) la asistencia en el desarrollo e implementación de nuevas tecnologías; (c) la asesoría en la implementación de sistemas de seguridad y transferencia de datos; (d) estudios, informes y consultorías técnicos y jurídicos en materia de nuevas tecnologías; (e) la planificación de servicios y proyectos de informática; (f) auditoría informática y aseguramiento de la información; (g) gestión de negocios, servicios de selección, reclutamiento y contratación de personal, servicios de asesoría financiera, tributaria, de auditoría, planificación estratégica, representaciones, planes de marketing e innovación, formulación y administración de proyectos; (h) la dictación de seminarios, conferencias, cursos, foros, talleres y programas de capacitación en general, así como la realización de todo tipo de investigaciones; (i) la asesoría y consultoría vinculadas con la administración de empresas en cualesquiera de sus formas, incluyendo, pero no limitándose a, los aspectos de planificación, gestión y control de los recursos humanos, financieros, físicos e inmateriales de los clientes, especialmente en materias de estrategia y organización, tecnología de la información, mercadotecnia, finanzas, contabilidad, cumplimiento y control, estudios económicos, de ingeniería industrial, valorizaciones y tasaciones; y, (j) la auditoría, revisión y certificación independiente de todos aquellos aspectos cubiertos por las especialidades de la sociedad, tales como auditorías de estados financieros, auditorías de sistemas, auditorías de gestión, asesorías en materias contables, toma de inventario de bienes, preparación de registros contables, preparación de estados financieros, certificación de información financiero contable, y evaluación de cumplimiento. La Sociedad podrá desarrollar todas las actividades propias de su objeto, tanto en Chile como en el extranjero, de manera directa o indirecta a través de terceros, ya sea por cuenta propia o ajena.
Capital
Total capital
$13.492.000
Paid-in capital
$13.492.000
Pending capital
$0
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
JOSÉ ANTONIO LAGOS MELO Accionista 10.xxx.xxx-6 | 10.xxx.xxx-6 | 48% | $6.476.000 |
RICARDO ÁNGELO ZUNINO VALDÉS Accionista 16.xxx.xxx-7 | 16.xxx.xxx-7 | 31.5% | $4.250.000 |
JUAN PABLO BELTRÁN CAMPOS Accionista 13.xxx.xxx-6 | 13.xxx.xxx-6 | 20.5% | $2.766.000 |
Administrators (1)
JOSÉ ANTONIO LAGOS MELO
Official extract text
MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la 5° Notaria de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echenique N°30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifica: Que, por escritura pública de fecha 29 de diciembre del año 2022, Repertorio 14360-2022, ante mí, JOSÉ ANTONIO LAGOS MELO, cédula de identidad N°10.301.898-6, domiciliado en Camino La Piedra N°33, comuna de Colina, Región Metropolitana; RICARDO ÁNGELO ZUNINO VALDÉS, cédula de identidad N°16.933.959-7, con domicilio en Avenida Kennedy 5.933 departamento 2.106, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y JUAN PABLO BELTRÁN CAMPOS, cédula de identidad N°13.599.106-6, domiciliado en calle Las Pircas N°155, comuna de Colina, Región Metropolitana; en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad CYBERTRUST SpA (“Sociedad”) - inscrita a fojas 5.656, N°3.295 del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016 – acordaron modificar la razón y objeto social, y transformar la Sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, y aprobaron un texto refundido de los estatutos sociales, respecto de los cuales se extracta lo siguiente:: /i/ Nombre: ASESORÍAS Y CONSULTORÍA CYBERTRUST LATAM LIMITADA, pudiendo usar como nombre de fantasía “CYBERTRUST” o “CYBERTRUST LATAM”. /ii/ Administración y uso razón social: corresponderá al socio JOSÉ ANTONIO LAGOS MELO, debiendo actuar conjuntamente con RICARDO ÁNGELO ZUNINO VALDÉS o con JUAN PABLO BELTRÁN CAMPOS. /iii/ Capital: $13.492.000 que los socios han aportado de la siguiente forma: (a) JOSÉ ANTONIO LAGOS MELO, ha aportado la cantidad de $6.476.000, equivalente al 48% de los derechos sociales; (b) RICARDO ÁNGELO ZUNINO VALDÉS, ha aportado la cantidad de $4.250.000, equivalente al 31,5% de los derechos sociales; y (c) JUAN PABLO BELTRÁN CAMPOS, ha aportado la cantidad de $2.766.000, equivalente al 20,5% de los derechos sociales. /iv/ Objeto: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de los siguientes servicios profesionales: (a) la prestación de todo tipo de asesorías y consultorías en el campo de la informática, las comunicaciones, seguridad de la información y de las tecnologías en general; (b) la asistencia en el desarrollo e implementación de nuevas tecnologías; (c) la asesoría en la implementación de sistemas de seguridad y transferencia de datos; (d) estudios, informes y consultorías técnicos y jurídicos en materia de nuevas tecnologías; (e) la planificación de servicios y proyectos de informática; (f) auditoría informática y aseguramiento de la información; (g) gestión de negocios, servicios de selección, reclutamiento y contratación de personal, servicios de asesoría financiera, tributaria, de auditoría, planificación estratégica, representaciones, planes de marketing e innovación, formulación y administración de proyectos; (h) la dictación de seminarios, conferencias, cursos, foros, talleres y programas de capacitación en general, así como la realización de todo tipo de investigaciones; (i) la asesoría y consultoría vinculadas con la administración de empresas en cualesquiera de sus formas, incluyendo, pero no limitándose a, los aspectos de planificación, gestión y control de los recursos humanos, financieros, físicos e inmateriales de los clientes, especialmente en materias de estrategia y organización, tecnología de la información, mercadotecnia, finanzas, contabilidad, cumplimiento y control, estudios económicos, de ingeniería industrial, valorizaciones y tasaciones; y, (j) la auditoría, revisión y certificación independiente de todos aquellos aspectos cubiertos por las especialidades de la sociedad, tales como auditorías de estados financieros, auditorías de sistemas, auditorías de gestión, asesorías en materias contables, toma de inventario de bienes, preparación de registros contables, preparación de estados financieros, certificación de información financiero contable, y evaluación de cumplimiento. La Sociedad podrá desarrollar todas las actividades propias de su objeto, tanto en Chile como en el extranjero, de manera directa o indirecta a través de terceros, ya sea por cuenta propia o ajena. /v/ Duración: indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de Enero de 2023. MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente.
Corporate information
Capital
Total capital
$13.492.000
Paid-in capital
$10.000.000
Pending capital
$3.492.000
Shares
13,492
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 1,851 sh. | $1.851.000 |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | 1,641 sh. | $1.641.000 |
Administrators (1)
JOSÉ ANTONIO LAGOS MELO
Corporate history on record
- Incorporation· February 11, 2022
Se celebró la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad.
INVERSIONES LAKE LIMITADA · ASESORÍAS VIRIDIS SpA · RESILIENCE ASESORIAS SpA
Official extract text
María Soledad Lascar Merino, abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores 178, piso 5º, Santiago, certifico: Con fecha 23 de marzo de 2022, ante mi, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas “CYBERTRUST SpA” (en adelante la “Sociedad”) bajo el número de repertorio 21726-2022, celebrada con fecha 11 de febrero de 2022, en la cual los accionistas INVERSIONES LAKE LIMITADA, ASESORÍAS VIRIDIS SpA, RESILIENCE ASESORÍAS SpA, debidamente representados, acordaron entre otras materias: Uno.- Aumento del capital de la social y cambio del valor nominal de las acciones. En consecuencia, se modifica el artículo quinto y el artículo primero transitorio de los estatutos de la Sociedad. El nuevo artículo quinto será el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad será la suma de trece millones cuatrocientos noventa y dos mil pesos, divididos en trece mil cuatrocientas noventa y dos acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal.”. El nuevo artículo primero transitorio será el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la suma de trece millones cuatrocientos noventa y dos mil pesos dividido en trece mil cuatrocientas noventa y dos acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal cuyo aporte y distribución es el siguiente: a) con la suma de diez millones de pesos dividido en diez mil acciones íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y b) Con la suma de un millón ochocientos cincuenta y un mil pesos dividido en mil ochocientas cincuenta y una acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal que INVERSIONES LAKE LIMITADA suscribe y pagará en un plazo máximo de noventa días contados desde la fecha de la junta; c) con la suma de un millón seiscientos cuarenta y un mil pesos dividido en mil seiscientas cuarenta y una acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal que RESILIENCE ASESORIAS SpA suscribe y pagará en un plazo máximo de noventa días contados desde la fecha de la junta.”. Dos.- Se modifica la forma de administración de la sociedad. En consecuencia, se modifican los artículos octavo y artículo segundo transitorio de los estatutos de la Sociedad. El nuevo artículo octavo será el siguiente: “ARTÍCULO OCTAVO: La Sociedad será administrada y representada por uno o varios administradores que serán designados por la Junta de Accionistas o mediante una escritura pública a la que comparezcan la totalidad de los accionistas. El o los administradores que se designen tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la sociedad en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos y contratos que digan relación con su objeto social o que sean necesarios o conducentes a sus fines y, al efecto, podrán anteponiendo la razón social a su firma: Uno.- Comprar, vender, permutar, adquirir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, pudiendo fijar precios, plazos, condiciones, modalidades y formas de pago; Dos.- Constituir hipotecas, usufructos, servidumbres activas y/o pasivas; Tres.- Dar y tomar toda clase de bienes en comodato, arrendamiento y/o concesión; Cuarto.- Dar y tomar dinero y otros bienes en mutuo; Cinco.- Dar y recibir dinero y otros bienes en depósito necesario o voluntario o en secuestro; Seis.- Abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias, girar y sobregirar en cuentas corrientes, endosar, cancelar, cobrar, depositar, revalidar y protestar cheques, retirar cheques protestados, contratar sobregiros, dar órdenes de no pago; pedir y retirar talonarios de cheques y cheques sueltos; pedir, aprobar o rechazar saldos de cuentas corrientes bancarias; girar endosar en dominio, endosar en cobranza, endosar en garantía, suscribir, aceptar, reaceptar, renovar, revalidar, anular, avalar, afianzar, cobrar, descontar, cancelar, prorrogar y protestar letras de cambio, libranzas, pagarés, instrumentos negociables, documentos bancarios y mercantiles y cualquier otro efecto de comercio, pudiendo ejercer las acciones que a la sociedad corresponden respecto de tales documentos; Siete.- Celebrar contratos de trabajo, modificarlos, desahuciarlos cuando sea procedente; firmar cartas de despido y finiquitos; representar a la sociedad ante todo tipo de autoridades, tanto del sector público como privado, en particular ante el Ministerio del Trabajo y cada de los organismos que dependan de cualquiera de ellos; contratar servicios profesionales y/o técnicos, asesorías, sin limitaciones, y ponerles término. Ocho.- Celebrar contratos de transporte, de fletamiento, de cambio, de correduría y de transacción; Nueve.- Celebrar toda clase de contratos de sociedad, de asociaciones o cuentas en participación, cualquiera que sea su clase u objeto; ingresar a sociedades ya constituidas; Diez.- Celebrar contratos de seguros, pudiendo acordar primas, fijar riesgos y plazos y demás condiciones; cobrar pólizas de seguros, endosarlas y cancelarlas; aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros y todo lo que diga relación con la contratación de seguros; Once.- Convenir cláusulas penales a favor o en contra de la sociedad; aceptar toda clase de cauciones, reales y/o personales; y toda clase de garantías en beneficio de la sociedad; fijar multas a favor o en contra de ella; pactar prohibiciones de enajenar o gravar, ejercitar y renunciar sus acciones, como las de nulidad, rescisión, resolución, evicción, dar bienes sociales en prendas e hipotecas o como garantías generales. Doce.- Contratar prestamos o mutuos de dinero con toda clase de Bancos e Instituciones Financieras; Trece.- Cobrar y percibir judicial y extrajudicialmente todo cuanto se adeude a la sociedad a cualquier título que sea y por cualquier persona, natural o jurídica, o de otra naturaleza; Catorce.- Suscribir instrumentos públicos o privados que digan relación con el giro social. Quince.- Concurrir ante toda clase de autoridades políticas, administrativas, de orden tributario, aduaneros, municipales, judiciales, servicios públicos o privados, pudiendo presentar toda clase de peticiones, declaraciones, modificarlas o desistirse de ellas. Dieciséis.- Contratar préstamos o mutuos de dinero con toda clase de Bancos e Instituciones Financieras; y celebrar contratos de leasing, factoring y leaseback. Diecisiete.- Realizar operaciones de importación o exportación y ejecutar y firmar ante el Banco Central de Chile, autoridades aduaneras, consulares y demás organizaciones competentes, todos los actos y documentos que aquellas operaciones de comercio exterior requieren. Dieciocho.- Conferir mandatos especiales, delegar parcialmente sus facultades, modificar y revocar tales mandatos o delegaciones. Diecinueve.- Celebrar contratos de franchising, representación, comisión, distribución, concesión e intermediación de bienes y servicios, y Veinte.- Representar a la sociedad en todo juicio o gestión judicial, ante cualquier tribunal ordinario, especial, arbitral, administrativo, así intervenga la sociedad como demandante, demandado o tercero de cualquier especie, pudiendo ejercitar toda clase de acciones judiciales, voluntarias o contenciosas; facultades que podrá ejercer por sí o por mandatario.”. El nuevo artículo segundo transitorio será el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: Se designa a don JOSÉ ANTONIO LAGOS MELO para que administre y represente a la Sociedad, debiendo actuar en su representación conjunta e indistintamente, ya sea con don RICARDO ÁNGELO ZUNINO VALDÉS o con don JUAN PABLO BELTRÁN CAMPOS”. Mayores antecedentes en la reducción de escritura pública del acta de la junta extraordinaria de accionistas extractada. Santiago 04 de abril de 2022. MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
ASESORÍAS Y CONSULTORIA CYBERTRUST LATAM LIMITADA
CVE 2444827
- MODIFICACIÓN
CYBERTRUST SpA
CVE 2250182
- MODIFICACIÓN
CYBERTRUST SpA
CVE 2111970
