Limited liability company76.468.755-8

Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Estrecho de Magallanes Limitada

MODIFICACIÓN — Aug 30, 2023

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2023-08-30View PDF (CVE 2369119)

Corporate information

Ltda
Punta Arenas, Magallanes
Administration: Conjunta o separada e indistintamente por cualquiera de los socios

Shareholders (2)

NameParticipation

CLAUDIO MARCELO CÁRDENAS AGUILA

Socio

12.xxx.xxx-3

49.995%

JUAN RAMÓN CÁRDENAS AGUILA

Socio

10.xxx.xxx-1

49.995%

Administrators (2)

CLAUDIO MARCELO CÁRDENAS AGUILA

12.xxx.xxx-3Administrador

JUAN RAMÓN CÁRDENAS AGUILA

10.xxx.xxx-1Administrador

Official extract text

ALFREDO FONSECA MIHOVILOVIC, abogado, Notario Público Interino de la ciudad de Punta Arenas, con oficio en 21 de mayo N° 1123, Certifico: Que, por Escritura Pública de fecha 06 de julio de 2023, Repertorio 1469-2023, ante mí: don CLAUDIO MARCELO CÁRDENAS ÁGUILA, RUT N° 12.311.855-3; don JUAN RAMÓN CÁRDENAS ÁGUILA, RUT N° 10.418.263-1; don ALIRO PATRICIO CÁRDENAS ÁGUILA, RUT N° 10.697.517-5, todos domiciliados, para estos efectos, en calle Patagona N° 1024, Punta Arenas; y don JEAN PIERRE SOTOMAYOR LAGOS, RUT N° 9.497.775-4, domiciliado en Claudio Gay N° 01032, Punta Arenas, modificaron la Sociedad de Responsabilidad Limitada “SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES ESTRECHO DE MAGALLANES LIMITADA”, en el siguiente sentido: 1) Cesión de derechos: a) Don ALIRO PATRICIO CÁRDENAS ÁGUILA cede y transfiere a don CLAUDIO MARCELO CÁRDENAS AGUILA el 16,165% de las acciones y derechos sociales, por la suma de $2.424.750, en dinero efectivo, que el cesionario paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, recibiendo el precio a su entera y total conformidad; b) Don ALIRO PATRICIO CÁRDENAS ÁGUILA cede y transfiere a don JUAN RAMÓN CÁRDENAS AGUILA el 16,165% de las acciones y derechos sociales, por la suma de $2.424.750, en dinero efectivo, que el cesionario paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, recibiendo el precio a su entera y total conformidad; c) don JEAN PIERRE SOTOMAYOR LAGOS cede y transfiere a don CLAUDIO MARCELO CÁRDENAS AGUILA el 0,5% de las acciones y derechos sociales, por la suma de $75.000, que el cesionario paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, recibiendo el precio a su entera y total conformidad; y d) don JEAN PIERRE SOTOMAYOR LAGOS cede y transfiere a don JUAN RAMÓN CÁRDENAS AGUILA el 0,5% de las acciones y derechos sociales, por la suma de $75.000, en dinero efectivo, que el cesionario paga al cedente en este acto, recibiendo el precio a su entera y total conformidad. 2) Finiquito. Don Claudio Marcelo Cárdenas Águila, Juan Ramón Cárdenas Águila y la Sociedad, aceptan estas cesiones de derechos sociales, y otorgan amplio y completo finiquito. Quedan como únicos socios: don CLAUDIO MARCELO CÁRDENAS ÁGUILA, con un 49,995% del capital social, y don JUAN RAMÓN CÁRDENAS ÁGUILA, con un 49,995% del capital social. 3) Administración: Los socios modifican la cláusula 5° del pacto social primitivo y cláusula 4° de escritura de modificación anterior, en el sentido de que la administración, representación y el uso de la razón social, corresponderá exclusivamente, a cualquiera de los socios: don CLAUDIO MARCELO CÁRDENAS AGUILA y don JUAN RAMÓN CÁRDENAS AGUILA, quienes en forma conjunta o separada e indistintamente, anteponiendo la razón social a sus firmas, actuarán por la sociedad, y la representarán con amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, con las facultades que se especifican en la escritura de constitución de la sociedad de responsabilidad limitada. En todo lo no modificado, continúan plenamente vigente las estipulaciones del pacto social primitivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Punta Arenas, 13 de julio de 2023.

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  1. MODIFICACIÓN

    Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Estrecho de Magallanes Limitada

    CVE 2369119

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