Limited liability company76.460.291-9

Sociedad Comercial V Y V Elevadores Limitada

MODIFICACIÓN — Jan 10, 2018

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2018-01-10View PDF (CVE 1332810)

Corporate information

Ltda
Pudahuel, Región Metropolitana
Administration: Luis Marcelo Valdés Canales y John Eduardo Villa Figueroa, conjunta o separadamente, individual e indistintamente, con amplias facultades; para transferencias superiores a $2.000.000 deben concurrir conjuntamente los socios

Capital

Total capital

$20.000.000

Shareholders (2)

NameParticipation

MARCELO VALDES CANALES

Socio

50%

JOHN EDUARDO VILLA FIGUEROA

Socio

50%

Administrators (2)

Corporate history on record

  1. Incorporation· June 11, 2015

    Se constituye la sociedad comercial V y V Elevadores Limitada.

  2. Transfer of rights· December 28, 2017

    John Alexis Villa Bravo cede, vende y transfiere a John Eduardo Villa Figueroa su interés social equivalente al 50% del total del haber social.

    JOHN ALEXIS VILLA BRAVO · JOHN EDUARDO VILLA FIGUEROA

  3. Change of administrator· December 28, 2017

    La administración pasa a corresponder a Luis Marcelo Valdés Canales y John Eduardo Villa Figueroa, conjunta o separadamente.

    LUIS MARCELO VALDÉS CANALES · JOHN EDUARDO VILLA FIGUEROA

Official extract text

PABLO A. GONZÁLEZ CAAMAÑO, abogado, Notario Público, titular de la 9 Notaría de Santiago, Teatinos 333 e/p, certifico: Por escritura pública de 28 de Diciembre de 2017, ante mí, LUIS MARCELO VALDÉS CANALES, Ingeniero Eléctrico, domiciliado en calle El Atardecer Nº 19742, Pudahuel ciudad de Santiago; JOHN ALEXIS VILLA BRAVO, Ingeniero Electrónico, domiciliado en calle Croacia 1973, comuna Hualpén ciudad de Concepción, de paso en ésta y JOHN EDUARDO VILLA FIGUEROA, Ingeniero Eléctrico, domiciliado en calle Croacia número 1973, comuna Hualpén ciudad de Concepción, de paso en ésta, modifican sociedad de responsabilidad limitada constituida el 11 de Junio del 2015, ante mí, cuya razón social es “ SOCIEDAD COMERCIAL V Y V ELEVADORES LIMITADA ” O “V Y V ELEVADORES LTDA.”, RUT 76.460.291-9, cuyo extracto se inscribió a fojas 44.005, número 25.945 Santiago del año 2015 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 18 de junio de 2015. Modificación consiste: Por este instrumento, don JOHN ALEXIS VILLA BRAVO, cede, vende y transfiere a don JOHN EDUARDO VILLA FIGUEROA su interés en la sociedad, equivalente al 50% del total del haber social, de manera que este último pasa a ser socio de la compañía en la misma proporción de capital que en que lo era él, sin perjuicio del porcentaje preexistente. El precio de esta cesión es la suma de $10.000.000, que don JOHN EDUARDO VILLA FIGUEROA, paga en dinero en efectivo, al cedente, y que éste declara recibir a su entera satisfacción, sirviendo la presente de suficiente recibo de pago. Con motivo de la cesión que antecede, quedan como actuales y únicos socios de la sociedad a partir de hoy, son don MARCELO VALDES CANALES y JOHN EDUARDO VILLA FIGUEROA, con un 50% de derechos sociales cada uno, quienes vienen en manifestar su intención de continuar con la sociedad y modificar la sociedad en el siguiente sentido: La administración de la sociedad, a contar de ésta fecha, corresponderá a LUIS MARCELO VALDES CANALES y A JOHN EDUARDO VILLA FIGUEROA, quienes en forma conjunta o separada, individual e indistinta podrán representar a la sociedad, con las mas amplias facultades. De acuerdo lo anterior la cláusula séptimo del pacto social primitivo queda como sigue: “SÉPTIMO: Administración. El uso de la razón social y de la sigla o nombre de fantasía, la administración y la representación de la sociedad corresponderá a LUIS MARCELO VALDES CANALES y JOHN EDUARDO VILLA FIGUEROA, quienes en forma conjunta o separada, individual e indistinta y anteponiendo a su firma la razón social o el nombre de fantasía de la sociedad la representaran con las más amplias facultades, en especial todas y cada una de las indicadas en el pacto social.- Salvo la limitación a la administración la que a contar de ésta fecha, indica que para todas las transferencias superiores a la suma de dos millones de pesos, deberán concurrir en forma conjunta los socios de la sociedad”. Declaración: Se deja constancia que a la fecha el capital no ha sido modificado, ascendiendo éste último a la suma de $20.000.000. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD COMERCIAL V Y V ELEVADORES LIMITADA

    CVE 1332810

Corporate relationships

CompanyPersonDiario OficialFormer relationship (ended)