Constructora San Orlando Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 90% | - |
LISSETTE YANINA OSSES GONZALEZ Socio | - | 10% | - |
Administrators (1)
Corporate history on record
- Transfer of rights· April 18, 2023
YENY DEL CARMEN ESPINOZA PAREDES cede el 5% de sus derechos a LISSETTE YANINA OSSES GONZALEZ.
YENY DEL CARMEN ESPINOZA PAREDES · LISSETTE YANINA OSSES GONZALEZ
- Transfer of rights· April 18, 2023
RUBEN HERNAN ARAVENA OCHOA cede el 45% de sus derechos a JORGE ANTONIO MOLINA SAUMAN.
RUBEN HERNAN ARAVENA OCHOA · JORGE ANTONIO MOLINA SAUMAN
- Partner withdrew· April 18, 2023
Se retiran de la sociedad YENY DEL CARMEN ESPINOZA PAREDES y RUBEN HERNAN ARAVENA OCHOA.
YENY DEL CARMEN ESPINOZA PAREDES · RUBEN HERNAN ARAVENA OCHOA
Official extract text
ALEJANDRA ANGULO SANDOVAL, Abogado, Notario Público Titular de La Unión, Ramírez N° 631, certifico: Por Escritura Pública de fecha 18 de Abril de 2023, Repertorio N° 521, ante mí, don JORGE ANTONIO MOLINA SAUMAN, domiciliado en calle Manuel Jiménez N° 488, Población Irene Daiber, Comuna de La Unión; doña LISSETTE YANINA OSSES GONZALEZ, domiciliada en calle Manuel Jiménez N° 488, Población Irene Daiber, Comuna de La Unión, doña YENY DEL CARMEN ESPINOZA PAREDES, domiciliada en calle Augusto Grob N° 547, Comuna de La Unión y don RUBEN HERNAN ARAVENA OCHOA, domiciliado en calle Augusto Grob N° 547, Comuna de La Unión, modificaron sociedad “CONSTRUCTORA SAN ORLANDO LIMITADA” o “CONSTRUCTORA SAN ORLANDO LTDA.” Rol Único Tributario N° 76.448.812-1, en los siguientes términos: doña YENY DEL CARMEN ESPINOZA PAREDES y don RUBEN HERNAN ARAVENA OCHOA con consentimiento y aceptación de los socios JORGE ANTONIO MOLINA SAUMAN y LISSETTE YANINA OSSES GONZALEZ venden, ceden y transfieren todos sus derechos, intereses y haberes en la Sociedad equivalentes, en el caso de Yenny del Carmen Espinoza Paredes a un 5% y, en el caso de don Rubén Hernán Aravena Ochoa a un 45%, a las siguientes personas y en las siguientes proporciones: Uno/ el 5% de los derechos sociales de Yenny del Carmen Espinoza Paredes a doña Lissette Yanina Osses González a un precio de quinientos mil pesos. Dos/ El 45% de los derechos sociales de don Rubén Hernán Aravena Ochoa a don Jorge Antonio Molina Sauman a un precio de cuatro millones quinientos mil pesos. El precio de las cesiones se encuentra íntegramente pagado, a entera satisfacción de los cedentes. En definitiva, se retiran de la sociedad doña YENY DEL CARMEN ESPINOZA PAREDES y don RUBEN HERNAN ARAVENA OCHOA En consecuencia, los únicos socios que conforman la sociedad son don JORGE ANTONIO MOLINA SAUMAN y doña LISSETTE YANINA OSSES GONZALEZ con un porcentaje de un 90% el primero y un 10% la segunda. La administración y uso de la razón social corresponderá al socio JORGE ANTONIO MOLINA SAUMAN en la mismas condiciones señaladas en el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. DOY FE. La Unión, 24 de mayo de 2023.
Corporate information
Capital
Total capital
$10.000.000
Shareholders (4)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 45% | $4.500.000 |
LISSETTE YANINA OSSES GONZALEZ Socio | - | 5% | $500.000 |
RUBEN HERNAN ARAVENA OCHOA Socio 16.xxx.xxx-1 | 16.xxx.xxx-1 | 45% | $4.500.000 |
YENY DEL CARMEN ESPINOZA PAREDES Socio 16.xxx.xxx-6 | 16.xxx.xxx-6 | 5% | $500.000 |
Administrators (2)
RUBEN HERNAN ARAVENA OCHOA
Legal representation (2)
LISSETTE YANINA OSSES GONZALEZ
Official extract text
ALEJANDRA CAROLINA ANGULO SANDOVAL, Notario Público Titular La Unión, Eleuterio Ramirez numero seiscientos treinta y uno, certifica que: Por escritura pública de fecha 08 de abril 2021, otorgada ante mí, don JORGE ANTONIO MOLINA SAUMAN y doña LISSETTE YANINA OSSES GONZALEZ, en representación de “Sociedad Constructora San Orlando Limitada” o “Constructora San Orlando Ltda.” procedieron a modificar la Cláusula Sexto de la Escritura Pública de constitución de la Sociedad singularizada, en el sentido de que ingresan como socios de la misma doña YENY DEL CARMEN ESPINOZA PAREDES, chilena, soltera, labores del hogar, C.I.N° 16.541.525-6, domiciliada en calle Augusto Grob N° 547, Comuna de La Unión y don RUBEN HERNAN ARAVENA OCHOA, chileno, soltero, técnico en construcción, C.I.N° 16.906.085-1, domiciliado en calle Augusto Grob N° 547, Comuna de La Unión. En virtud del ingreso de estos nuevos socios se modifica la Cláusula Cuarto del contrato social, la que queda en definitiva de la manera que pasa a expresarse: CAPITAL: El capital social será la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) Don JORGE ANTONIO MOLINA SAUMAN aportó la suma de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, valores que ya se han ingresado al contado y en dinero efectivo a la caja social, lo que representa un CUARENTA Y CINCO POR CIENTO del total de los derechos en la sociedad; B) Doña LISSETTE YANINA OSSES GONZALEZ aportó la suma de QUINIENTOS MIL PESOS, valores que ya se han ingresado a la caja social y que representan el CINCO POR CIENTO del total de los derechos en la Sociedad; C) Don RUBEN HERNAN ARAVENA OCHOA aporta la suma de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, valores que se han ingresado al contado y en dinero efectivo a la caja social, lo que representa un CUARENTA Y CINCO POR CIENTO del total de los derechos en la sociedad; D) Doña YENY DEL CARMEN ESPINOZA PAREDES aporta la suma de QUINIENTOS MIL PESOS, valores que se han ingresado a la caja social y que representan el CINCO POR CIENTO del total de los derechos en la Sociedad”. Se modifica asimismo, la primera frase de la Cláusula Tercero de la escritura de constitución, la que queda de la manera que pasa a expresarse: “TERCERO: La administración de la sociedad como el uso de la razón social corresponderá a los socios JORGE ANTONIO MOLINA SAUMAN y RUBEN HERNAN ARAVENA OCHOA quienes actuando en forma conjunta o separada y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades , sin perjuicio de las limitaciones que se indican al final”. Se mantiene en lo no modificado la Escritura Social. DOY FE. La Union, 02 de junio 2021.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
CONSTRUCTORA SAN ORLANDO LIMITADA
CVE 2325068
- MODIFICACIÓN
CONSTRUCTORA SAN ORLANDO LTDA.
CVE 1956056
