Prestacion De Servicios De Capacitacion Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La capacitación en cualquiera de sus formas y en los términos exigidos por el artículo diez del Reglamento de la Ley Nº19.518 sobre capacitación actualmente vigente en Chile, para empresas nacionales o extranjeras, instituciones fiscales, semifiscales, privadas, técnicas o no; desarrollarse y desempeñarse como organismo técnico ejecutor de capacitación ante SENCE u otros organismos fiscales, semifiscales y/o privados; para tal fin, podrá enseñar, realizar capacitación educacional técnica o no, perfeccionamiento sea por medios audiovisual, magnetofónica, digitales y computacionales, incluyendo el área en materias inherentes a la seguridad privada
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 16.7% | - |
ANTONIO ALFONSO MORENO RIVEROS Socio | - | 83.3% | - |
Corporate history on record
- Incorporation· December 22, 2005
Constitución original de la sociedad.
Official extract text
JORGE EDUARDO OGALDE VERDUGO, Notario Público Suplente de la titular señora MARIA EUGENIA RIVERA GONZALEZ, Comuna Concepción, Octava Región, O’Higgins 599, Certifica: Por escritura pública 11 Octubre 2017, ante mí, ANTONIO ALFONSO MORENO RIVEROS y SOLEDAD BEATRIZ MORENO ROA, ambos domiciliados en calle Freire Nº1489, Concepción, modificaron pacto social, sociedad “PRESTACION DE SERVICIOS DE CAPACITACION LIMITADA o “PRESCAP LIMITADA”, RUT.: 76.437.350-2, constituida con fecha 22 Diciembre 2005, ante Notario esta ciudad don José Bambach Echazarreta, e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, a fojas 17 vta. Nº 12, año 2006 y publicada Diario Oficial con fecha 5 de Enero 2006, en el siguiente sentido: CLAUSULA SEGUNDA DEL PACTO SOCIAL original queda como sigue: “EL OBJETO SOCIAL UNICO DE LA SOCIEDAD SERÁ EXCLUSIVAMENTE, LA CAPACITACION EN CUALQUIERA DE SUS FORMAS Y EN LOS TÉRMINOS EXIGIDOS POR EL ARTÍCULO DIEZ DEL REGLAMENTO DE LA LEY Nº19.518 SOBRE CAPACITACIÓN ACTUALMENTE VIGENTE EN CHILE, PARA EMPRESAS NACIONALES O EXTRANJERAS, INSTITUCIONES FISCALES, SEMIFISCALES, PRIVADAS, TÉCNICAS O NO; DESARROLLARSE Y DESEMPEÑARSE COMO ORGANISMO TÉCNICO EJECUTOR DE CAPACITACION ANTE SENCE U OTROS ORGANISMOS FISCALES, SEMIFISCALES Y/O PRIVADOS; PARA TAL FIN, PODRÁ ENSEÑAR, REALIZAR CAPACITACIÓN EDUCACIONAL TÉCNICA O NO, PERFECCIONAMIENTO SEA POR MEDIOS AUDIOVISUAL, MAGNETOFÓNICA, DIGITALES Y COMPUTACIONALES, INCLUYENDO EL ÁREA EN MATERIAS INHERENTES A LA SEGURIDAD PRIVADA”. Además rectifican CLAUSULA SEXTA del pacto social original el que queda con la siguiente redacción: “Los socios podrán efectuar retiros a cuenta de utilidades cuando de común acuerdo lo determinen, al monto de sus aportes, es decir, en un 16,7% para la socia Soledad Beatriz Moreno Roa, y en un 83,3% para el socio Antonio Alfonso Moreno Riveros”. En todo lo demás se mantiene inalterado pacto social original. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Concepción, 12 de Octubre de 2017.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
PRESTACION DE SERVICIOS DE CAPACITACION LIMITADA
CVE 1292050
