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Sociedad Protechnical SpA

MODIFICACIÓN — Feb 17, 2020

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2020-02-17View PDF (CVE 1727821)

Corporate information

SpA
Administration: Ejercida exclusivamente por Manuel de la Cruz Ovalle Sepulveda

Capital

Shares

1,000

Shareholders (1)

NameParticipation

MANUEL DE LA CRUZ OVALLE SEPULVEDA

Accionista

17.xxx.xxx-2

100%

Administrators (1)

MANUEL DE LA CRUZ OVALLE SEPULVEDA

17.xxx.xxx-2Administrador

Official extract text

LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Segunda Notaría de Santiago, con oficio en San Carlos 2889, Comuna de Las Condes, certifico: Por escritura ante mí, de fecha 4 de Febrero 2020, repertorio n° 775-2020, Don PATRICIO GIOVANI PEIRANO BLANCO, chileno, casado bajo el régimen de separación de bienes, empresario, cédula de identidad número quince millones seiscientos sesenta mil doscientos cincuenta y nueve guion cero, domiciliado en Pasaje Santa Genoveva número trescientos cuarenta y tres, Población El Sol, Quilpué, Región de Valparaíso; y don MANUEL DE LA CRUZ OVALLE SEPULVEDA, chileno, soltero, factor de comercio, cédula de identidad número diecisiete millones trescientos ochenta y un mil novecientos siete guion dos, domiciliado en calle San Nicolás número dos mil veinte, Comuna de San Miguel; Modificaron “SOCIEDAD PROTECHNICAL SpA” Modificaciones consisten: a)don PATRICIO GIOVANI PEIRANO BLANCO, titular de la totalidad de las acciones de la sociedad, que son mil en total; se retira de la sociedad, y vende, cede y transfiere la totalidad de las acciones a don MANUEL DE LA CRUZ OVALLE SEPULVEDA, quien las compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de un millón de pesos, suma que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción. b) Se modificó la administración, representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social, la que será ejercida exclusivamente por don MANUEL DE LA CRUZ OVALLE SEPULVEDA, ya individualizado, con todas y cada una de las facultades expresadas en el artículo DUODÉCIMO del pacto originario de constitución social, las que se dan por expresa y totalmente reproducidas para todos los efectos legales.- En todo lo que no se modifica, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 14 de febrero de 2020.

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