Limited liability company76.388.152-0

Agrícola Sam Limitada

MODIFICACIÓN — Jun 28, 2018

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2018-06-28View PDF (CVE 1422229)

Corporate information

Ltda
Parcela 10 La Mancilla
Administration: Conjunta o separada

Capital

Total capital

$40.000.000

Paid-in capital

$40.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

SEBASTIÁN NIBALDO FUENZALIDA CAMILO

Socio

50%

ALEJANDRA MIQUEL ROI

Socio

50%

Administrators (2)

Corporate history on record

  1. Incorporation· June 26, 2014

    Se constituye AGRÍCOLA SAM LIMITADA por Sociedad Agrícola San Guillermo S.A., Alejandra Miquel Roi e Ignacio Valdés Pérez.

    SOCIEDAD AGRÍCOLA SAN GUILLERMO S.A. · SERGIO ESTANISLAO LARRAÍN MÁRQUEZ · ALEJANDRA MIQUEL ROI · IGNACIO VALDÉS PÉREZ

  2. Transfer of rights· May 6, 2015

    Sociedad Agrícola San Guillermo S.A., Alejandra Miquel Roi e Ignacio Valdés Pérez ceden parte de sus derechos a Patricio Alberto Valdés Pérez.

    SOCIEDAD AGRÍCOLA SAN GUILLERMO S.A. · SERGIO ESTANISLAO LARRAÍN MÁRQUEZ · ALEJANDRA MIQUEL ROI · IGNACIO VALDÉS PÉREZ · PATRICIO ALBERTO VALDÉS PÉREZ

Official extract text

EDUARDO DEL CAMPO VIAL, Notario Curicó, Estado 282, certifica: Por escritura pública de fecha 21 de Junio de 2018, otorgada ante mí Don SEBASTIÁN NIBALDO FUENZALIDA CAMILO, domiciliado en Parcela 10 La Mancilla, Comuna de Teno, Provincia de Curicó; doña ALEJANDRA MIQUEL ROI, domiciliada en Parcela 10 La Mancilla, Comuna de Teno, Provincia de Curicó; don PATRICIO ALBERTO VALDÉS PÉREZ, domiciliado en Fundo Bellavista, Comuna de Teno, Provincia de Curicó; don IGNACIO VALDÉS PÉREZ, domiciliado en San José de La sierra número 80, departamento 201, comuna de Lo Barnechea; Santiago y la “SOCIEDAD AGRÍCOLA SAN GUILLERMO S.A.” representada por don SERGIO ESTANISLAO LARRAÍN MÁRQUEZ, ambos domiciliados en Fundo Bellavista Hijuela Tres, Comuna de Teno, Provincia de Curicó, modificaron la sociedad “AGRÍCOLA SAM LIMITADA”, Rol Único Tributario N°76.388.152-0. Que por escritura pública otorgada ante el Notario Público, don Rodrigo Domínguez Jara, con fecha 26 de junio del año 2014 “Sociedad Agrícola San Guillermo S.A.”, representada por don SERGIO ESTANISLAO LARRAÍN MÁRQUEZ, doña ALEJANDRA MIQUEL ROI y don IGNACIO VALDÉS PÉREZ, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada que gira bajo la razón social “AGRÍCOLA SAM LIMITADA”. un extracto de dicho instrumento se publicó en el Diario Oficial en su edición N° 40.894 del 28 de junio del año 2014 y fue inscrito a fojas 882 número 509 en el Registro de Comercio del Conservador de Curicó del año 2014. Posteriormente, con fecha 06 de mayo del año 2015, en virtud de escritura pública modificatoria del pacto social otorgada ante don Rodrigo Domínguez Jara, Notario Público de la ciudad de Curicó, la “Sociedad Agrícola San Guillermo S.A.”, representada por don Sergio Estanislao Larraín Márquez vendió, cedió y transfirió el 8,334% de sus derechos a don PATRICIO ALBERTO VALDÉS PÉREZ, doña ALEJANDRA MIQUEL ROI vendió, cedió y transfirió el 8,333% de sus derechos a don PATRICIO ALBERTO VALDÉS PÉREZ y don IGNACIO VALDÉS PÉREZ vendió, cedió y transfirió el 8,333% de sus derechos a don PATRICIO ALBERTO VALDÉS PÉREZ; todos ellos sobre la sociedad “AGRÍCOLA SAM LIMITADA”, quedando como únicos socios, Sociedad Agrícola San Guillermo S.A. con un VEINTICINCO por ciento (25%), y doña ALEJANDRA MIQUEL ROI con un VEINTICINCO por ciento (25%), PATRICIO ALBERTO VALDÉS PÉREZ con un VEINTICINCO por ciento (25%) y don IGNACIO VALDÉS PÉREZ con un VEINTICINCO por ciento (25%). el extracto de dicha modificación fue publicado en el Diario Oficial de la República en su edición N°41.168 de fecha 28 de mayo del 2015 e inscrito a fojas 523 vuelta número 306 en el Registro de Comercio del año 2015 del Conservador y Archivero de Curicó. Los socios declaran en este acto que el capital social es la suma ascendente a CUARENTA MILLONES DE PESOS ($40.000.000.-) el cual se encuentra completamente enterado a la fecha.- Modificación: “Sociedad Agrícola San Guillermo S.A.”, representada por don SERGIO ESTANISLAO LARRAÍN MÁRQUEZ, don PATRICIO ALBERTO VALDÉS PÉREZ, don IGNACIO VALDÉS PÉREZ y doña ALEJANDRA MIQUEL ROI, en su condición de únicos socios de la referida sociedad, acuerdan modificar el pacto social: CESIONES: I) “SOCIEDAD AGRÍCOLA SAN GUILLERMO S.A.”, es dueña del VEINTICINCO POR CIENTO (25%). de los derechos sociales, viene en vender, ceder y transferir de común acuerdo a doña ALEJANDRA MIQUEL ROI, la TOTALIDAD de los derechos sociales de que es dueña sobre la sociedad. II) don PATRICIO ALBERTO VALDÉS PÉREZ, es dueño del VEINTICINCO POR CIENTO (25%). de los derechos sociales, viene en vender, ceder y transferir de común acuerdo a don SEBASTIÁN NIBALDO FUENZALIDA CAMILO, la TOTALIDAD de los derechos sociales de que es dueño sobre la sociedad.- III) don IGNACIO VALDÉS PÉREZ, dueño del VEINTICINCO POR CIENTO (25%). de los derechos sociales, viene en vender, ceder y transferir de común acuerdo a don SEBASTIÁN NIBALDO FUENZALIDA CAMILO, la TOTALIDAD de los derechos sociales de que es dueño sobre la sociedad. El precio de las cesiones es: A) La suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRECIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS ($3.333.335.-), valor que doña ALEJANDRA MIQUEL ROI, paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la “SOCIEDAD AGRÍCOLA SAN GUILLERMO S.A.”, representada por don SERGIO ESTANISLAO LARRAÍN MÁRQUEZ, recibirlo a su entera conformidad y que nada se le adeuda; B) La suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRECIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS ($3.333.335.-), valor que don SEBASTIÁN NIBALDO FUENZALIDA CAMILO, paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando don PATRICIO ALBERTO VALDÉS PÉREZ recibirlo a su entera conformidad y que nada se le adeuda; C) La suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRECIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS ($3.333.335), valor que don SEBASTIÁN NIBALDO FUENZALIDA CAMILO, paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando don IGNACIO VALDÉS PÉREZ recibirlo a su entera conformidad y que nada se le adeuda. En virtud de todo lo obrado quedan como únicos socios de la sociedad: Don SEBASTIÁN NIBALDO FUENZALIDA CAMILO, con un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la participación social y doña ALEJANDRA MIQUEL ROI con un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la participación social respectivamente, que se reflejan tanto en el capital social, en el reparto de utilidades y en la concurrencia a las eventuales pérdidas sociales. Queda en consecuencia limitada la responsabilidad de cada cual al monto de los respectivos aportes.- los actuales socios vienen en modificar el pacto social, en el sentido de señalar que: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don SEBASTIÁN NIBALDO FUENZALIDA CAMILO y doña ALEJANDRA MIQUEL ROI, quienes actuando en forma conjunta o separada podrán, en la forma señalada en la escritura extractada, ejercer las facultades que allí se indican. En lo no modificado quedan vigentes todas las disposiciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada Repertorio Nº1669/2018.- Curicó, 26 de Junio de 2018.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    AGRÍCOLA SAM LIMITADA

    CVE 1422229

Corporate relationships

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