Limited liability company76.376.547-4

Inversiones Santander Giaretti Limitada

MODIFICACIÓN — Jan 19, 2023

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2023-01-19View PDF (CVE 2256389)

Corporate information

Ltda
Domingo Tocornal 254

Capital

Total capital

$36.000.000

Paid-in capital

$36.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (3)

NameParticipation

Gabriel Ramón Santander Giaretti

Socio

25%

Cecilia del Pilar Santander Giaretti

Socio

25%

María Ximena Santander Giaretti

Socio

50%

Official extract text

Jorge Rehbein Ohaco, Notario Público Titular Notaría Puente Alto, Balmaceda 279, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 29 de diciembre de 2022, Gabriel Ramón Santander Giaretti, Cecilia del Pilar Santander Giaretti, María Ximena Santander Giaretti y Juan Manuel Santander Giaretti, todos domiciliado en Domingo Tocornal 254, Puente Alto, modificaron estatutos "Inversiones Santander Giaretti Limitada", Rut. N° 76.376.547-4, inscrita en extracto a fs. 9094, N°5769, Registro Comercio de Santiago año 2014. Modificación consiste en retiro voluntario de socio Juan Manuel Santander Giaretti, dueño de un 25% del total del interés social, quien cedió su participación a: María Ximena Santander Giaretti en $3.000.000, quedando como únicos socios Gabriel Ramón Santander Giaretti con un 25% del interés social, Cecilia del Pilar Santander Giaretti con un 25% del interés social y María Ximena Santander Giaretti con un 50% del interés social restante. Valor total de la cesión $3.000.000. Consecuencia de modificación se sustituye artículo 1°, se complementa clausula cuarta y agrega nueva facultad veinticuatro a los administradores y representantes legales; y se modifica cláusula 15° que extracto: “PRIMERO: Socios y constitución. Se forma entre don Gabriel Ramón Santander Giaretti, doña Cecilia del Pilar Santander Giaretti y doña María Ximena Santander Giaretti una sociedad de responsabilidad limitada, de conformidad con las normas señaladas en la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores, Código de Comercio, Código Civil y demás normas legales y reglamentarias que sean aplicables, y en especial, por las del siguiente pacto social"; “Veinticuatro) Autocontratación. En el ejercicio de las atribuciones conferidas a los socios administradores y representantes de la sociedad, estos podrán autocontratar consigo mismo, sea que actúen por sí o en representación de terceras personas”; “DÉCIMO QUINTO: Redistribución de interés social y del capital. El capital de la sociedad es la suma de treinta y seis millones de pesos, que los socios han aportado y pagado íntegramente en la siguiente proporción: a) don Gabriel Ramón Santander Giaretti aporta la suma de nueve millones de pesos, equivalentes al veinticinco por ciento del total del interés social, cantidad ya enterada y que ha sido recibida a satisfacción por la sociedad; b) doña Cecilia del Pilar Santander Giaretti aporta la suma de nueve millones de pesos, equivalentes al veinticinco por ciento del total del interés social, cantidad ya enterada y que ha sido recibida a satisfacción por la sociedad; y c) doña María Ximena Santander Giaretti aporta la suma de dieciocho millones de pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del total del interés social, cantidad ya enterada y que ha sido recibida a satisfacción por la sociedad.”. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos de “Inversiones Santander Giaretti Limitada”, especialmente en lo relativo a la responsabilidad limitada de los socios. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puente Alto,12 Enero de 2023. Repertorio 1711- 2022. Autorizo el presente documento de Conformidad al Artículo 402 C.O.T.

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