Inmobiliaria Osorio y Madrid Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Legal representation (4)
Official extract text
Maria Virginia Wielandt Covarrubias, Notario Suplente del titular Patricio Raby Benavente, Quinta Notaría de Santiago, Gertrudis Echenique N°30, 0ficina 44, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 02 de febrero de 2017, ante mí, Eduardo Ignacio Fuenzalida, Ignacio Eduardo Osorio Madrid, Jimena Pilar Osorio Madrid y Carolina Patricia Osorio Madrid, debidamente representados por don Gonzalo Serrano Romo, sanearon conforme las disposiciones de la Ley N° 19.499, el vicio formal de nulidad por inscripción y publicación tardía del extracto de escritura pública de modificación de Inmobiliaria Osorio y Madrid Limitada de fecha 30 de junio de 2016, complementada por escritura pública de fecha 15 de noviembre de 2016, ambas otorgadas en esta misma Notaría, cuyo extracto fuera inscrito el día 13 de diciembre de 2016 a fojas 92.125 N° 49.945 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicado en el Diario Oficial con fecha 16 de diciembre de 2016, la cual producirá sus efectos desde la fecha de dicha publicación tardía. Santiago, 08 de Febrero de 2017.- María Virginia Wielandt Covarrubias.- Notario Suplente.-
Corporate information
Capital
Total capital
$73.582.517
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 33.3% | $24.527.505 |
Socio | - | 33.3% | $24.527.505 |
Carolina Patricia Osorio Madrid Socio | - | 33.4% | $24.527.506 |
Administrators (1)
Corporate history on record
- Incorporation· January 1, 2013
Se menciona la inscripción original de la sociedad Inmobiliaria Osorio y Madrid Limitada en el año 2013.
Inmobiliaria Osorio y Madrid Limitada
- Death· June 27, 2014
Fallece intestado la socia Patricia del Pilar Madrid Rodríguez.
- Succession· October 1, 2014
Se otorga posesión efectiva de la herencia de Patricia del Pilar Madrid Rodríguez a sus herederos.
Patricia del Pilar Madrid Rodríguez · Eduardo Ignacio Osorio Fuenzalida · Ignacio Eduardo Osorio Madrid · Jimena Pilar Osorio Madrid · Carolina Patricia Osorio Madrid
- Other act· November 26, 2015
Los miembros de la sucesión de Patricia del Pilar Madrid Rodríguez practican la liquidación y partición de la herencia.
- Partner withdrew
Eduardo Ignacio Osorio Fuenzalida paga alcances con la totalidad de sus derechos y deja de ser socio.
Official extract text
Patricio Raby Benavente, Notario Público, Titular Quinta Notaría Santiago, Gertrudis Echenique 30, of. 44, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de junio de 2016, otorgada ante mi suplente, doña María Virginia Wielandt Covarrubias, complementada por escritura pública de fecha 15 de noviembre de 2016, otorgada ante mí, Eduardo Ignacio Osorio Fuenzalida, Ignacio Eduardo Osorio Madrid, Jimena Pilar Osorio Madrid y Carolina Patricia Osorio Madrid, todos domiciliados Avenida El Bosque Norte 0177, oficina 602, Las Condes, Santiago, únicos socios de Inmobiliaria Osorio y Madrid Limitada, inscrita a fojas 49.605 N° 33.069 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2013. Declaran que: Con fecha 27/06/2014 se produjo el fallecimiento intestado de la socia Patricia del Pilar Madrid Rodríguez. La posesión efectiva de los bienes quedados a su fallecimiento fue otorgada a sus herederos Eduardo Ignacio Osorio Fuenzalida, Ignacio Eduardo Osorio Madrid, Jimena Pilar Osorio Madrid y Carolina Patricia Osorio Madrid, por Resolución Exenta N° 30.270 de 01/10/2014 del Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación, Región Metropolitana, la que fue inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago en el Registro de Propiedad del año 2014 a fojas 4.094 N° 6.000. Liquidación y Partición. Por escritura pública de fecha 26/11/2015, otorgada en la Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente, los miembros de la Sucesión de doña Patricia del Pilar Madrid Rodríguez, acordaron y practicaron la partición de la herencia intestada en los términos y condiciones señalados en dicha escritura. Adicionalmente se expone lo siguiente: Según consta de los estatutos de la sociedad, éstos no contemplaban a la fecha del fallecimiento de la causante, cláusula de continuidad con los herederos del socio fallecido. Que sin perjuicio de lo anterior, atendido que la sociedad objeto de modificación es una sociedad familiar donde los demás socios son las mismas personas que suceden al socio fallecido, no importando su fallecimiento el ingreso de un nuevo socio en la propiedad del capital social, se acuerda dar plena vigencia a la sociedad Inmobiliaria Osorio y Madrid, no habiendo oposición alguna de los actuales socios, renunciando éstos a cualquier reclamo o acción posterior. En razón de lo anterior, se modifica el artículo décimo de los estatutos sociales, quedando éste como sigue: “Artículo Décimo: la sociedad se disolverá anticipadamente por acuerdo unánime de los socios o por cualquiera otra causa legal. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de fallecimiento de uno de los socios, la sociedad continuará con los herederos de éste”. Asimismo, por acuerdo de los herederos, la totalidad de los derechos en Inmobiliaria Osorio y Madrid Limitada que pertenecían al causante, correspondientes a un 30% de los derechos sociales, fueron asignados por partes iguales a las hijuelas correspondientes a don Ignacio Eduardo Osorio Madrid, Jimena Pilar Osorio Madrid y Carolina Patricia Osorio Madrid. Asimismo, en la misma escritura, producto de alcances propios de una partición, don Eduardo Ignacio Osorio Fuenzalida pagó los alcances producidos en favor de los demás herederos con la totalidad de sus derechos en la sociedad Inmobiliaria Osorio y Madrid Limitada, de modo que deja de ser socio y sus derechos se reparten entre los demás socios, en la forma señalada en escritura de partición referida. En razón de lo anterior los actuales y únicos socios de Inmobiliaria Osorio y Madrid Limitada son las siguientes personas: a) don Ignacio Eduardo Osorio Madrid, dueño del 33,3% de los derechos sociales; b) doña Jimena Pilar Osorio Madrid, dueña del 33,3% de los derechos sociales; y c) doña Carolina Patricia Osorio Madrid, dueña del 33,4% de los derechos sociales. Así, los actuales y únicos socios de Inmobiliaria Osorio y Madrid Limitada, de común acuerdo modifican al efecto el artículo quinto de los estatutos sociales, quedando éste como sigue: “QUINTO: el capital social asciende a la suma de $73.582.517.-, y es aportado por los socios de la siguiente manera: a) don IGNACIO EDUARDO OSORIO MADRID aportó $24.527.505.-, equivalente a un 33,3% de los derechos sociales; b) doña JIMENA PILAR OSORIO MADRID aportó $24.527.505.-, equivalente a un 33,3% de los derechos sociales; y c) CAROLINA PATRICIA OSORIO MADRID aportó $24.527.506.-, equivalente a un 33,4% de los derechos sociales”. Por último, se modifica la cláusula séptima de los estatutos sociales en el sentido de establecer que la administración social corresponderá al socio don Ignacio Eduardo Osorio Madrid, quien actuando individualmente, y anteponiendo a su firma la razón social podrá representar a la sociedad con las facultades indicadas en escritura extractada. En todo lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales. Santiago, 12 de diciembre de 2016.- P. Raby B. N.P.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
Inmobiliaria Osorio y Madrid Limitada
CVE 1182516
- MODIFICACIÓN
Inmobiliaria Osorio y Madrid Limitada
CVE 1150854
