Transportes Flores Y Compañía Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
JORGE FRANCISCO FLORES RODRÍGUEZ Socio | - | 50% | - |
Socio | - | 50% | - |
Administrators (2)
JORGE FRANCISCO FLORES RODRÍGUEZ
Corporate history on record
- Transfer of rights· March 3, 2020
Fabián Roberto Flores Largo cede el 25% de sus derechos a Jorge Francisco Flores Rodríguez por $500.000.
FABIÁN ROBERTO FLORES LARGO · JORGE FRANCISCO FLORES RODRÍGUEZ
- Transfer of rights· March 3, 2020
Rodrigo Andres Flores Largo cede el 25% de sus derechos a Gladys Ofelia Largo Guzmán por $500.000.
Official extract text
JUAN FACUSE HERESI, Notario Público de Santiago, Titular de la Primera Notaría de Macul, con Oficio Gregorio de la Fuente Nº 3143, certifico: Que por escritura de fecha, 03 de marzo de 2020, ante mí, los señores JORGE FRANCISCO FLORES RODRÍGUEZ, GLADYS OFELIA LARGO GUZMÁN, FABIÁN ROBERTO FLORES LARGO, y RODRIGO ANDRES FLORES LARGO, todos domiciliados en Avenida Las Torres número seis mil setecientos veinticinco, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada "TRANSPORTES FLORES Y COMPAÑÍA LIMITADA", sentido que: Uno.- Don FABIÁN ROBERTO FLORES LARGO, dueño del 25% de la totalidad de los derechos sociales de la sociedad "TRANSPORTES FLORES Y COMPAÑÍA LIMITADA" y teniendo el consentimiento de los socios restantes y de la sociedad, vende, cede y transfiere el 25% de la totalidad de los derechos sociales a don JORGE FRANCISCO FLORES RODRÍGUEZ, quien compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $500.000. Dos.- Don RODRIGO ANDRES FLORES LARGO, dueño del 25% de la totalidad de los derechos sociales de la sociedad "TRANSPORTES FLORES Y COMPAÑÍA LIMITADA" y teniendo el consentimiento de los socios restantes y de la sociedad, vende, cede y transfiere el 25% de la totalidad de los derechos sociales a doña GLADYS OFELIA LARGO GUZMÁN, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $500.000. Tres.- En virtud de las cesiones de derechos, quedan como únicos socios de la sociedad "TRANSPORTES FLORES Y COMPAÑÍA LIMITADA", don JORGE FRANCISCO FLORES RODRÍGUEZ, con un 50% de la totalidad de los derechos sociales y GLADYS OFELIA LARGO GUZMÁN, con un 50% de la totalidad de los derechos sociales, quienes acuerdan reemplazar la cláusula segunda de los estatutos en el sentido que la administración y el uso de la razón social corresponderá a los señores JORGE FRANCISCO FLORES RODRÍGUEZ, y GLADYS OFELIA LARGO GUZMÁN, en forma individual o separada, con amplias facultades. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por el presente instrumento, se mantienen vigentes las demás cláusulas del pacto social. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 05 de marzo de 2020.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
TRANSPORTES FLORES Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 1739126
