Sociedad Comercial Del Cerro Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$20.000.000
Paid-in capital
$10.800.000
Pending capital
$9.200.000
Shareholders (4)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 21.xxx.xxx-k | 21.xxx.xxx-k | - | $12.000.000 |
Socio 24.xxx.xxx-1 | 24.xxx.xxx-1 | - | $2.600.000 |
Socio 18.xxx.xxx-0 | 18.xxx.xxx-0 | - | $2.600.000 |
Socio 48.xxx.xxx-3 | 48.xxx.xxx-3 | - | $2.800.000 |
Administrators (2)
Corporate history on record
- Incorporation· May 3, 2013
Se constituyó la sociedad Sociedad Comercial del Cerro Limitada.
- Other act
Se incorpora un nuevo socio, Matías Gonzalez Goñi, y se modifica el entero del capital pactado.
Carlos Alberto Ezpeleta · Alejandra Maria Mercedes Goñi · Gabriela Ezpeleta · Matias Gonzalez Goñi
Official extract text
Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, CARLOS ALBERTO EZPELETA, argentino, empresario, soltero, Cédula de Identidad de Chile para Extranjeros número 21.283.730-K, ALEJANDRA MARIA MERCEDES GOÑI, argentina, empresaria, soltera, Cédula de Identidad de Chile para Extranjeros número 24.444.751-1, y GABRIELA EZPELETA, argentina, empresaria, divorciada, Documento de Identidad de Argentina Número 18.465.380 y R.U.T. Nº48.163.340-0; y MATIAS GONZALEZ GOÑI, argentino, empresario, soltero, Documento de Identidad de Argentina número 28.293.638, y R.U.T. Nº48.209.478-3; todos domiciliados para estos efectos en calle Fresia Nº260, local B, Pucón; modificaron sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL DEL CERRO LIMITADA” RUT Nº76.306.392-5, constituida escritura pública fecha 3 Mayo año 2013, en Notaría de Villarrica ante Eduardo Orellana Cabello Suplente del Titular Francisco Muñoz Flores, inscrita Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Pucón a fojas 32 N° 54 del año 2013, y publicada Diario Oficial N°40.563 fecha 20 Mayo 2013, declarando que el capital social de $20.000.000.- no ha sido enterado en su totalidad a la fecha, y que estando vigente aún el plazo de 8 años contado desde el 3 de Mayo de 2013 para enterar el total del capital comprometido por don Carlos Alberto Ezpeleta, vienen de común acuerdo en modificar el pacto social, en lo que concierne al entero del capital pactado, y debido al ingreso de un nuevo socio, por lo que se modifica cláusula Sexta sobre capital social como sigue: “SEXTO: Capital Social.- El capital social de la sociedad será la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS, que los socios enteran de la siguiente forma: a) Don CARLOS ALBERTO EZPELETA aporta la suma de $12.000.000.- la que entera con el monto de $6.000.000.- ya ingresados a la caja social, y con la suma de $6.000.000.- en dinero efectivo, al contado, en este acto, que ingresa a la caja social, b) doña ALEJANDRA MARIA MERCEDES GOÑI aporta la suma de $2.600.000.- que entera con $200.000.- ya ingresados a la caja social, y con $2.400.000.- que entera en este acto en dinero efectivo y al contado, que ingresa a la caja social, c) doña GABRIELA EZPELETA aporta la suma de $2.600.000.- que entera con el monto de $200.000.- ya ingresados a la caja social, y con $2.400.000.- que entera en este acto en dinero efectivo y al contado, que ingresa a la caja social, y d) don MATIAS GONZALEZ GOÑI aporta la suma de $2.800.000.- que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo, que ingresa a la caja social. Acuerdan los socios modificar además, la cláusula de administración de la sociedad, en el sentido que ella se ejercerá en forma indistinta por don Carlos Alberto Ezpeleta y don Matías Gonzalez Goñi, por lo que la cláusula Quinta del pacto social primitivo, queda como sigue: “QUINTO: De la Administración y uso de la Razón Social.- La administración, representación y uso de la razón social y nombre de fantasía corresponderá indistintamente a los señores Carlos Alberto Ezpeleta y Matías Gonzalez Goñi, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, representarán a la sociedad con las amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos.-“ En todo lo no modificado, los socios acuerdan que siguen efectivas y vigentes todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el pacto social primitivo.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, 21 de Diciembre de 2018.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL DEL CERRO LIMITADA
CVE 1526109
