Organización de Cobranzas Orcob SpA
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
El otorgamiento de servicios de cobranza extrajudicial o judicial, notificaciones, mensajería y distribución, recaudaciones y afines, por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de crédito y/o documento representativo de obligaciones, la asesoría en verificación de antecedentes de personas naturales o jurídicas; la entrega de informes comerciales y la realización de cualquiera otra actividad civil, comercial, industrial o agrícola relacionada o no con las anteriores que acuerden los socios y que no se encuentren prohibidas por la ley.
Capital
Total capital
$3.000.000
Paid-in capital
$3.000.000
Pending capital
$0
Shares
3,000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Mauricio Andrés Quintana Mardones Accionista 7.xxx.xxx-4 | 7.xxx.xxx-4 | 83% | $2.490.000 |
Evelyn Myriam Aguilera Canales Accionista 8.xxx.xxx-8 | 8.xxx.xxx-8 | 17% | $510.000 |
Administrators (1)
Mauricio Andrés Quintana Mardones
Corporate history on record
- Transformation· September 6, 2025
La sociedad Organización de Cobranzas Orcob Limitada se transforma en una sociedad por acciones denominada ORGANIZACIÓN DE COBRANZAS ORCOB SpA.
Mauricio Andrés Quintana Mardones · Evelyn Myriam Aguilera Canales
Official extract text
Ministerio del Interior MARCOS ANDRÉS DÍAZ LEÓN, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca, con oficio en Avenida Borgoño N° 14.439, local 105, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, Repertorio N° 3.487/2025, Mauricio Andrés Quintana Mardones, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, C.I. N° 7.819.642-4, y doña Evelyn Myriam Aguilera Canales, chilena, casada y separada totalmente de bienes, corredora de propiedades, C.I. N° 8.116.456-8, ambos domiciliados en Huérfanos N° 779, of. 604, Santiago, Región Metropolitana, transformaron la sociedad Organización de Cobranzas Orcob Limitada, en una sociedad por acciones, cuyas menciones esenciales son las siguientes: Razón social. “ORGANIZACIÓN DE COBRANZAS ORCOB SpA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “ORCOB SpA” para efectos de publicidad u operaciones de banco. Objeto social: El objeto de la sociedad será el otorgamiento de servicios de cobranza extrajudicial o judicial, notificaciones, mensajería y distribución, recaudaciones y afines, por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de crédito y/o documento representativo de obligaciones, la asesoría en verificación de antecedentes de personas naturales o jurídicas; la entrega de informes comerciales y la realización de cualquiera otra actividad civil, comercial, industrial o agrícola relacionada o no con las anteriores que acuerden los socios y que no se encuentren prohibidas por la ley. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $3.000.000.-, dividido en 3.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada uno y sin valor nominal, las cuales se encuentran debidamente suscritas e íntegramente pagadas por: 1) MAURICIO ANDRÉS QUINTANA MARDONES suscribe 2.490 acciones, por la suma $2.490.000.-, equivalente al 83% del capital social, con cargo a la suma de participación en el capital de la sociedad transformada, y 2) EVELYN MYRIAM AGUILERA CANALES suscribe 510 acciones, por la suma $510.000.-, equivalente al 17% del capital social, con cargo a la suma de su participación en el capital de la sociedad transformada. De este modo, queda completamente suscrito y pagado el capital de la sociedad. Administración. corresponderá a una o más personas naturales o jurídicas designadas en calidad de Administradores quienes, en este último caso actuando de manera conjunta, representarán a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo realizar todos los actos, contratos, convenciones, participar en los negocios y efectuar los tramites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad, designando en los transitorios a don Mauricio Andrés Quintana Mardones. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales, agencias, filiales, representaciones o establecimientos que pueda instalar, y de las actividades que pueda desarrollar, en cualquier otro lugar del país o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Viña del Mar, 29 de agosto de 2025.
Corporate information
Capital
Total capital
$3.000.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Mauricio Andrés Quintana Mardones Accionista 7.xxx.xxx-4 | 7.xxx.xxx-4 | 83% | - |
Evelyn Myriam Aguilera Canales Accionista 8.xxx.xxx-8 | 8.xxx.xxx-8 | 17% | - |
Corporate history on record
- Incorporation· June 24, 2005
Constitución de la sociedad Organización de Cobranzas Orcob Limitada.
- Transfer of rights· July 28, 2025
Evelyn Myriam Aguilera Canales cede la totalidad de sus derechos equivalentes al 17% a Mauricio Andrés Quintana Mardones.
Evelyn Myriam Aguilera Canales · Mauricio Andrés Quintana Mardones
- Transformation· July 28, 2025
La sociedad se transforma de Limitada a SpA bajo la razón social Organización de Cobranzas Orcob SpA.
Mauricio Andrés Quintana Mardones · Evelyn Myriam Aguilera Canales
- Other act· August 29, 2025
Se rescilía la cesión de derechos, modificación y transformación, dejándolas sin efecto y retrotrayendo la sociedad al estado anterior.
Mauricio Andrés Quintana Mardones · Evelyn Myriam Aguilera Canales
Official extract text
Ministerio del Interior MARCOS ANDRES DIAZ LEON, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca, con oficio en Avenida Borgoño N° 14.439, local 105, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, Repertorio N° 3486/2025, Mauricio Andrés Quintana Mardones, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, C.I. N°7.819.642-4, y doña Evelyn Myriam Aguilera Canales, chilena, casada y separada totalmente de bienes, corredora de propiedades, C.I. N°8116.456-8, ambos domiciliados en Huérfanos N°779, of. 604, Santiago, Región Metropolitana, acuerdan: Resciliación de cesión de derechos, modificación y transformación de sociedad “Organización de Cobranzas Orcob Limitada” a “Organización de Cobranzas Orcob SpA.” Primero: Que mediante escritura pública de fecha 28 de julio de 2025, otorgada en la Notaría de Viña del Mar de don Marcos Andrés Díaz León, Repertorio N°2991, cuyo extracto fue inscrito a fojas 68.644 número 26.456 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2025, y publicado en el Diario Oficial con fecha 05 de agosto de 2025, doña Evelyn Myriam Aguilera Canales vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos en la sociedad “Organización de Cobranzas Orcob Limitada”, equivalentes al 17% del capital social, a Mauricio Andrés Quintana Mardones, quien los adquirió para sí en la suma de $500.000 y que fueron pagados en el acto, en dinero en efectivo, acordando en consecuencia la modificación de la sociedad. A continuación, habiéndose reunido el 100% de los derechos sociales en el único socio, la sociedad fue transformada en una sociedad por acciones bajo la razón social “Organización de Cobranzas Orcob SpA”. Segundo: Que, a raíz de un vicio de nulidad que afecta el acto de cesión de derechos y la posterior modificación y transformación de la sociedad, los comparecientes vienen en resciliar la escritura de cesión de derechos, modificación y transformación social, de fecha 28 de julio de 2025, otorgada en la Notaría de Viña del Mar de don Marcos Andrés Díaz León, Repertorio N°2991, dejándola sin efecto en todas sus partes. Tercero: Prestaciones mutuas. Como consecuencia de la resciliación, se declara resuelto el contrato por las partes debiendo retrotraerse al estado anterior a la cesión de derechos, modificación y transformación de sociedad, estableciéndose las prestaciones mutuas. El cesionario Mauricio Andrés Quintana Mardones recompone el patrimonio de la cedente, devolviendo el dominio de los derechos sociales transferidos, ascendentes al 17% del capital social y, doña Evelyn Myriam Aguilera Canales recompone el patrimonio del cesionario restituyendo la suma de $500.000 en dinero en efectivo, al contado y a su entera satisfacción. Cuarto: En consecuencia, cobran nuevamente plena vigencia los instrumentos públicos y se validan los títulos sociales e inscripciones previas a la inscripción de fojas 68644 numero 26456 del Registro de Comercio de Santiago del año 2025, estos son: (i) Escritura pública de constitución de sociedad, de fecha 24 junio 2005, otorgada en la Notaría de Santiago de don Aníbal Opazo Callis, inscripción a fojas 22.171 número 16.117 del Registro de Comercio de Santiago año 2005, publicado en el Diario Oficial fecha 07 julio 2005; (ii) Escritura pública de modificación de sociedad, de fecha 16 noviembre 2005, otorgada ante Notario de Santiago don Pablo Alberto González Caamaño, inscripción a fojas 43.132 número 30.686 del Registro de Comercio de Santiago año 2005, su rectificación a fojas 45.976 número 32.750 del Registro de Comercio de Santiago año 2005; (iii) Escritura pública modificación de sociedad de fecha 03 diciembre 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de don Ricardo San Martín Urrejola, inscripción a fojas 93.536 número 60.966, en el Registro de Comercio de Santiago año 2013, publicado Diario Oficial el 06 diciembre 2013; (iv) Escritura pública de modificación de sociedad de fecha 23 septiembre 2020, otorgada en la Notaría de don Luis Enrique Fischer Yavar, inscripción a fojas 61.060 número 29.138 en el Registro de Comercio de Santiago año 2020. El capital de la sociedad es la suma de $3.000.000. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 29 de agosto de 2025.
Corporate information
Corporate purpose
El otorgamiento de servicios de cobranza extrajudicial o judicial, notificaciones, mensajería y distribución, recaudaciones y afines, por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de crédito y/o documento representativo de obligaciones, la asesoría en verificación de antecedentes de personas naturales o jurídicas; la entrega de informes comerciales y la realización de cualquiera otra actividad civil, comercial, industrial o agrícola relacionada o no con las anteriores que acuerden los socios y que no se encuentren prohibidas por la Ley.
Capital
Total capital
$3.000.000
Paid-in capital
$3.000.000
Pending capital
$0
Shares
3,000
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Mauricio Andrés Quintana Mardones Accionista 7.xxx.xxx-4 | 7.xxx.xxx-4 | 100% | $3.000.000 |
Administrators (1)
Mauricio Andrés Quintana Mardones
Corporate history on record
- Transfer of rights· July 28, 2025
Evelyn Myriam Aguilera Canales cede la totalidad de sus derechos sociales a Mauricio Andrés Quintana Mardones.
Evelyn Myriam Aguilera Canales · Mauricio Andrés Quintana Mardones
- Transformation· July 28, 2025
La sociedad Organización de Cobranzas Orcob Limitada se transforma en una SpA bajo la razón social Organización de Cobranzas Orcob SpA.
Organización de Cobranzas Orcob Limitada · Organización de Cobranzas Orcob SpA.
Official extract text
Ministerio del Interior MARCOS ANDRES DIAZ LEON, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca, con oficio en Avenida Borgoño número catorce mil cuatrocientos treinta y nueve, local ciento cinco, certifica: Que, por escritura pública de fecha 28 de julio de 2025, ante mí, Mauricio Andrés Quintana Mardones, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, C.I. N°7.819.642-4, y doña Evelyn Myriam Aguilera Canales, chilena, casada y sepa-rada totalmente de bienes, corredora de propiedades, C.I. N°8116.456-8, ambos domiciliados en Huérfanos N°779, Of. 604, Santiago, Región Metropolitana, modificaron la sociedad Organización de Cobranzas Orcob Limitada, acordando lo siguiente: uno) La cesión, venta y transferencia de la totalidad de los derechos que corresponde a Evelyn Myriam Aguilera Canales equivalentes al 17% de los derechos sociales, a don Mauricio Andrés Quintana Mardones, quedando este último como único socio con un 100% de los derechos sociales, y; dos) En consecuencia, el único y actual socio acuerda transformar la sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones, cuyas menciones esenciales son las siguientes: Razón social. “ORGANIZACIÓN DE COBRANZAS ORCOB SpA.” pudiendo usar el nombre de fantasía “ORCOB SpA.” para efectos de publicidad u operaciones de banco. Objeto social. El objeto de la sociedad será el otorgamiento de servicios de cobranza extrajudicial o judicial, notificaciones, mensajería y distribución, recaudaciones y afines, por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de crédito y/o documento representativo de obligaciones, la asesoría en verificación de antecedentes de personas naturales o jurídicas; la entrega de informes comerciales y la realización de cualquiera otra actividad civil, comercial, industrial o agrícola relacionada o no con las anteriores que acuerden los socios y que no se encuentren prohibidas por la Ley. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $3.000.000, dividido en 3.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada uno y sin valor nominal, las cuales se encuentran debidamente suscritas e íntegramente pagadas por don MAURICIO ANDRÉS QUIN-TANA MARDONES, con cargo a la suma correspondiente a su participación en el capital de la sociedad Organización de Cobranzas Orcob Limitada. De este modo, queda completamente suscrito y pagado el capital de la sociedad. Administración. corresponderá a una o más personas naturales o jurídicas designadas en calidad de Administradores quienes, en este último caso actuando de manera conjunta, representarán a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo realizar todos los actos, contratos, convenciones, participar en los negocios y efectuar los tramites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad, designando en los transitorios a don Mauricio Andrés Quintana Mardones. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales, agencias, filiales, representaciones o establecimientos que pueda instalar, y de las actividades que pueda desarrollar, en cualquier otro lugar del país o en el extranjero. Duración. La sociedad tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Reñaca, Viña del Mar, a 29 de julio 2025.
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Administrators (1)
Mauricio Andrés Quintana Mardones
Official extract text
PATRICIA BAHAMONDE VEGA, Notario Público Suplente de LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, con oficio en 12 Norte N° 785, piso 3, Edificio Pamplona, Viña del Mar, certifico: Por escritura de fecha 23/09/2020, ante mí, don MAURICIO ANDRÉS QUINTANA MARDONES, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cedula nacional de identidad N°7.819.642-4, y doña EVELYN MYRIAM AGUILERA CANALES, chilena, corredora de propiedades, casada y separada totalmente de bienes, cedula nacional de identidad N°8.116.456-8, ambos domiciliados en calle Huérfanos 786, Oficina 1200, comuna de Santiago, Región Metropolitana, modificaron ORGANIZACIÓN DE COBRANZA ORCOB LIMITADA, en la cláusula relativa a la representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social, en tal sentido don Mauricio Andrés Quintana Mardones, en su calidad de representante y administrador de la sociedad, podrá constituir fianzas y codeudorias solidarias. En virtud de ello en este instrumento se modifica y sustituyen los acápites QUINCE y VEINTIUNO de la cláusula séptima del estatuto de la sociedad por las siguientes: “SEPTIMO: La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a don Mauricio Andrés Quintana Mardones, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Al efecto y sin que la enumeración que sigue importe limitación de facultades, podrá: (…) QUINCE: Aceptar y constituir toda clase de cauciones reales o personales, incluso podrá constituir fianzas y codeudorias solidarias; y toda clase de garantías, a favor y en contra de la sociedad. (…) VEINTIUNO: Girar, suscribir, aceptar novar, prorrogar, y revalidar, avalar, endosar en dominio, cobro o garantía, depositar, protestar, descontar, cancelar, cobrar, trasferir, extender y disponer en cualquier forma de cheques, letras de cambio pagares, vales y demás documentos mercantiles o bancarios, sean nominados, a la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera, asimismo podrá otorgar fianzas y constituir codeudorias solidarias, y ejercitar todas las acciones que a la sociedad correspondan en relación con tales documentos.”. Demás modificaciones en escritura extractada. En Viña del Mar, a 23 de septiembre de 2020.
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CVE 2696892
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CVE 2696895
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CVE 2681456
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