Agrícola E Inversiones Rinconada SpA
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (4)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
EDGARDO ELÍAS FONSECA RIQUELME Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR Socio | - | - | $2.000.000 |
Corporate history on record
- Incorporation· May 3, 2013
Se constituye INMOBILIARIA, INVERSIONES Y AGRÍCOLA SANTA GISELA LIMITADA en Temuco.
- Transfer of rights· November 22, 2014
GISELA ORMI BELMAR MEJIAS cede la totalidad de sus derechos sociales a CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR.
Official extract text
JESSICA ACUÑA GÓMEZ, Notario Público Interino de Temuco, oficio Claro Solar 831, Temuco, certifico por escritura fecha 10/12/2020, ante mí, Repertorio 6161-2020, don EDGARDO ELÍAS FONSECA RIQUELME, ELÍAS EDGARDO FONSECA BELMAR, CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR y doña GISELA ORMI BELMAR MEJIAS todos domicilados en calle Paula Jaraquemada número 01081, sanearon y rectificaron la escritura pública de modificación de INMOBILIARIA, INVERSIONES Y AGRÍCOLA SANTA GISELA LIMITADA, ahora AGRÍCOLA E INVERSIONES RINCONADA SPA, la escritura de modificación de fecha catorce de octubre del año dos mil catorce otorgada ante el notario don CARLOS ALARCON RAMIREZ, cuarta notaría de la ciudad de Temuco y anotada en el repertorio número seis mil doscientos veinticinco guion dos mil catorce, especialmente en las clausulas TERCERA y QUINTA además de rectificar el extracto, quedando dichas clausulas y el extracto definitivo de dicha escritura de la siguiente forma: RECTIFICACIÓN CLAUSULA TERCERA “TERCERO: El precio de la cesión de los derechos sociales es la cantidad de dos millones de pesos. La nueva socia, doña CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR, paga la cantidad de doscientos mil pesos, pagados por esta en este momento al contado y en dinero en efectivo, y el saldo de un millón ochocientos mil pesos en el plazo de diez años.” RECTIFICACIÓN CLAUSULA QUINTA “QUINTO Los socios don EDGARDO ELIAS FONSECA RIQUELME, ELÍAS EDGARDO FONSECA BELMAR y doña CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR declaran en este acto continuar con el giro de la sociedad tal y como estaba a la fecha de la presente cesión” RECTIFICACIÓN EXTRACTO.- Que el compareciente viene en rectificar el extracto de la escritura rectificada, extracto publicado en el diario oficial en la edición cuarenta mil novecientos noventa e inscrito en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas mil setecientos setenta y tres número mil trescientos veintiocho correspondiente al año dos mil catorce. Al igual que antes, se viene en rectificar solo el nombre de la socia CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR, ya que en el extracto rectificado se omitió señalar su segundo nombre. Por lo tanto en este acto los comparecientes vienen en rectificar el extracto señalado, quedando este de la siguiente forma: “Temuco veintisiete de octubre del año dos mil catorce se me ha requerido practicar la siguiente inscripción: EXTRACTO: CARLOS ALARCON RAMIREZ, Notario Público Titular, Temuco A. Bello novecientos once, certifica: Por escritura pública otorgada ante mi hoy, GISELA ORMI BELMAR MEJIAS, EDGARDO ELÍAS FONSECA RIQUELME, ELÍAS EDGARDO FONSECA BELMAR y CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR, todos con domicilio en calle Paula Jaraquemada número cero mil ochenta y uno, Temuco modificaron sociedad “INMOBILIARIA, INVERSIONES Y AGRÍCOLA SANTA GISELA LIMITADA”, constituida escritura tres mayo dos mil trece, ante Notario Temuco Jorge Tadres Hales, inscrita fajas mil ciento treinta y tres número ochocientos noventa y ocho, Registro Comercio Temuco, del año dos mil trece, publicada en el Diario Oficial el día nueve de mayo del dos mil trece. Modificada. Con fecha veintidós de noviembre del año dos mil trece.- Actual Modificación: CESIÓN DE DERECHOS: Doña GISELA ORMI BELMAR MEJIAS vienen en cederle la totalidad de los derechos sociales que tiene sobre la sociedad “INMOBILIARIA, INVERSIONES Y AGRICOLA SANTA GISELA LIMITADA”, a doña CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR, en virtud de esta cesión la ex socia doña GISELA ORMI BELMAR MEJIAS queda total y absolutamente desvinculada de la sociedad y no tendrá participación alguna en esta. PRECIO DE LA CESIÓN. El precio de la cesión de los derechos sociales es la cantidad de dos millones de pesos. La nueva socia, doña CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR, paga la cantidad de doscientos mil pesos, en la fecha de la escritura extractada en dinero en efectivo y el saldo de un millones ochocientos mil pesos en el plazo de diez años contados de la escritura extractada. SANEAMIENTO DE VICIO DE NULIDAD EN CUANTO AL PLAZO. El compareciente sanea el vicio que existe por haber transcurrido el plazo entre la modificación y la rectificación, manifestando su voluntad de que se inscriba. En lo no modificado rige pacto social.- Demás estipulaciones consta en escritura pública extractada. Doy fe.- Temuco, 15 de diciembre 2020.
Corporate information
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
EDGARDO ELIAS FONSECA RIQUELME Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR Socio | - | - | - |
Corporate history on record
- Incorporation· May 3, 2013
Constitución de INMOBILIARIA, INVERSIONES Y AGRÍCOLA SANTA GISELA LIMITADA.
- Transfer of rights· November 22, 2014
Gisela Ormi Belmar Mejias cede la totalidad de sus derechos sociales a Carolina Valeria Fonseca Belmar.
Official extract text
JESSICA ACUÑA GOMEZ, Notario Público Interino de Temuco, Oficio Claro Solar 831, Temuco, certifico por escritura pública ante mí, el 11 de noviembre de 2020, don GUSTAVO ADOLFO BECERRA ARÉVALO, domiciliado en calle General Aldunate número 719 oficina 801, saneo y rectificó la escritura pública de modificación de INMOBILIARIA, INVERSIONES Y AGRÍCOLA SANTA GISELA LIMiTADA, ahora AGRÍCOLA E INVERSIONES RINCONADA SPA, la escritura de modificación de fecha catorce de octubre del año dos mil catorce otorgada ante el notario don CARLOS ALARCON RAMIREZ, cuarta notaría de la ciudad de Temuco y anotada en el repertorio número seis mil doscientos veinticinco guion dos mil catorce, especialmente en las clausulas TERCERA y QUINTA además de rectificar el extracto, quedando dichas clausulas y el extracto definitivo de dicha escritura de la siguiente forma: RECTIFICACIÓN CLAUSULA TERCERA “TERCERO: El precio de la cesión de los derechos sociales es la cantidad de dos millones de pesos. La nueva socia, doña CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR, paga la cantidad de doscientos mil pesos, pagados por esta en este momento al contado y en dinero en efectivo, y el saldo de un millón ochocientos mil pesos en el plazo de diez años.” RECTIFICACIÓN CLAUSULA QUINTA “QUINTO Los socios don EDGARDO ELIAS FONSECA RIQUELME, ELÍAS EDGARDO FONSECA BELMAR y doña CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR declaran en este acto continuar con el giro de la sociedad tal y como estaba a la fecha de la presente cesión” RECTIFICACIÓN EXTRACTO.- Que el compareciente viene en rectificar el extracto de la escritura rectificada, extracto publicado en el diario oficial en la edición cuarenta mil novecientos noventa e inscrito en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas mil setecientos setenta y tres número mil trescientos veintiocho correspondiente al año dos mil catorce. Al igual que antes, se viene en rectificar solo el nombre de la socia CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR, ya que en el extracto rectificado se omitió señalar su segundo nombre. Por lo tanto en este acto el compareciente viene en rectificar el extracto señalado, quedando este de la siguiente forma: “Temuco veintisiete de octubre del año dos mil catorce se me ha requerido practicar la siguiente inscripción: EXTRACTO: CARLOS ALARCON RAMIREZ, Notario Público Titular, Temuco A. Bello novecientos once, certifica: Por escritura pública otorgada ante mi hoy, GISELA ORMI BELMAR MEJIAS, EDGARDO ELÍAS FONSECA RIQUELME, ELÍAS EDGARDO FONSECA BELMAR y CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR, todos con domicilio en calle Paula Jaraquemada número cero mil ochenta y uno, Temuco modificaron sociedad “INMOBILIARIA, INVERSIONES Y AGRÍCOLA SANTA GISELA LIMITADA”, constituida escritura tres mayo dos mil trece, ante Notario Temuco Jorge Tadres Hales, inscrita fajas mil ciento treinta y tres número ochocientos noventa y ocho, Registro Comercio Temuco, del año dos mil trece, publicada en el Diario Oficial el día nueve de mayo del dos mil trece. Modificada. Con fecha veintidós de noviembre del año dos mil trece.- Actual Modificación: CESIÓN DE DERECHOS: Doña GISELA ORMI BELMAR MEJIAS vienen en cederle la totalidad de los derechos sociales que tiene sobre la sociedad “INMOBILIARIA, INVERSIONES Y AGRICOLA SANTA GISELA LIMITADA”, a doña CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR, en virtud de esta cesión la ex socia doña GISELA ORMI BELMAR MEJIAS queda total y absolutamente desvinculada de la sociedad y no tendrá participación alguna en esta. PRECIO DE LA CESIÓN. El precio de la cesión de los derechos sociales es la cantidad de dos millones de pesos. La nueva socia, doña CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR, paga la cantidad de doscientos mil pesos, en la fecha de la escritura extractada en dinero en efectivo y el saldo de un millones ochocientos mil pesos en el plazo de diez años contados de la escritura extractada. SANEAMIENTO DE VICIO DE NULIDAD EN CUANTO AL PLAZO. El compareciente sanea el vicio que existe por haber transcurrido el plazo entre la modificación y la rectificación, manifestando su voluntad de que se inscriba. En lo no modificado rige pacto social.- Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Temuco 17 de noviembre 2020.-
Corporate information
Shareholders (4)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
EDGARDO ELÍAS FONSECA RIQUELME Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR Socio | - | - | - |
Corporate history on record
- Incorporation· May 3, 2013
Constitución de la sociedad Inmobiliaria, Inversiones y Agrícola Santa Gisela Limitada.
- Transfer of rights· November 22, 2014
Gisela Ormi Belmar Mejías cede la totalidad de sus derechos sociales a Carolina Valeria Fonseca Belmar.
- Other act
Se rectifica el segundo nombre de la socia Carolina Valeria Fonseca Belmar en el extracto publicado.
Official extract text
JESSICA ACUÑA GOMEZ, Notario Público Interino de Temuco, Oficio Claro Solar 831, Temuco, certifico por escritura pública ante mí, hoy, don GUSTAVO ADOLFO BECERRA ARÉVALO, domiciliado en calle General Aldunate número 719 oficina 801, Temuco, rectificó la escritura pública de modificación de INMOBILIARIA, INVERSIONES Y AGRÍCOLA SANTA GISELA LIMTADA, ahora AGRÍCOLA E INVERSIONES RINCONADA SPA, la escritura de modificación de fecha catorce de octubre del año dos mil catorce otorgada ante el notario don CARLOS ALARCON RAMIREZ, cuarta notaría de la ciudad de Temuco y anotada en el repertorio número seis mil doscientos veinticinco guion dos mil catorce, especialmente en las clausulas TERCERA y QUINTA además de rectificar el extracto, quedando dichas clausulas y el extracto definitivo de dicha escritura de la siguiente forma: RECTIFICACIÓN CLAUSULA TERCERA “TERCERO: El precio de la cesión de los derechos sociales es la cantidad de dos millones de pesos. La nueva socia, doña CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR, paga la cantidad de doscientos mil pesos, pagados por esta en este momento al contado y en dinero en efectivo, y el saldo de un millón ochocientos mil pesos en el plazo de diez años.” RECTIFICACIÓN CLAUSULA QUINTA “QUINTO Los socios don EDGARDO ELIAS FONSECA RIQUELME, ELÍAS EDGARDO FONSECA BELMAR y doña CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR declaran en este acto continuar con el giro de la sociedad tal y como estaba a la fecha de la presente cesión” RECTIFICACIÓN EXTRACTO.- Que el compareciente viene en rectificar el extracto de la escritura rectificada, extracto publicado en el diario oficial en la edición cuarenta mil novecientos noventa e inscrito en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas mil setecientos setenta y tres número mil trescientos veintiocho correspondiente al año dos mil catorce. Al igual que antes, se viene en rectificar solo el nombre de la socia CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR, ya que en el extracto rectificado se omitió señalar su segundo nombre. Por lo tanto en este acto el compareciente viene en rectificar el extracto señalado, quedando este de la siguiente forma: “Temuco veintisiete de octubre del año dos mil catorce se me ha requerido practicar la siguiente inscripción: EXTRACTO: CARLOS ALARCON RAMIREZ, Notario Público Titular, Temuco A. Bello novecientos once, certifica: Por escritura pública otorgada ante mi hoy, GISELA ORMI BELMAR MEJIAS, EDGARDO ELÍAS FONSECA RIQUELME, ELÍAS EDGARDO FONSECA BELMAR y CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR, todos con domicilio en calle Paula Jaraquemada número cero mil ochenta y uno, Temuco modificaron sociedad “INMOBILIARIA, INVERSIONES Y AGRÍCOLA SANTA GISELA LIMITADA”, constituida escritura tres mayo dos mil trece, ante Notario Temuco Jorge Tadres Hales, inscrita fajas mil ciento treinta y tres número ochocientos noventa y ocho, Registro Comercio Temuco, del año dos mil trece, publicada en el Diario Oficial el día nueve de mayo del dos mil trece. Modificada. Con fecha veintidós de noviembre del año dos mil trece.- Actual Modificación: CESIÓN DE DERECHOS: Doña GISELA ORMI BELMAR MEJIAS vienen en cederle la totalidad de los derechos sociales que tiene sobre la sociedad “INMOBILIARIA, INVERSIONES Y AGRICOLA SANTA GISELA LIMITADA”, a doña CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR, en virtud de esta cesión la ex socia doña GISELA ORMI BELMAR MEJIAS queda total y absolutamente desvinculada de la sociedad y no tendrá participación alguna en esta. PRECIO DE LA CESIÓN. El precio de la cesión de los derechos sociales es la cantidad de dos millones de pesos. La nueva socia, doña CAROLINA VALERIA FONSECA BELMAR, paga la cantidad de doscientos mil pesos, en la fecha de la escritura extractada en dinero en efectivo y el saldo de un millones ochocientos mil pesos en el plazo de diez años contados de la escritura extractada. En lo no modificado rige pacto social.- Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Temuco 15 de octubre 2020.-
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