Consultora Y Comercializadora Las Raíces De Lonquimay Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 15.xxx.xxx-9 | 15.xxx.xxx-9 | 50% | $500.000 |
Socio 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | 50% | $500.000 |
Administrators (2)
Corporate history on record
- Incorporation· February 7, 2013
Se constituyó la sociedad con capital inicial de $1.000.000.
MARÍA PAZ AGUILERA NEGRÓN · JUAN ANDRÉS BARRÍA MORALES · HUGO ONEL MONTECINOS AROSTICA
- Transfer of rights· March 23, 2018
HUGO ONEL MONTECINOS AROSTICA cede la totalidad de sus derechos sociales a JUAN ANDRÉS BARRÍA MORALES.
Official extract text
MARÍA ELENA PEZOA CONTRERAS, Notario Público Agrupación comunas de Curacautín y Lonquimay, con oficio en O’Higgins N°475, Curacautín, CERTIFICO: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 23 de Marzo del 2018, Repertorio 244-18, don HUGO ONEL MONTECINOS AROSTICA, chileno, casado, Contador General, cédula nacional de identidad número catorce millones quinientos ocho mil doscientos treinta y cuatro guión K, domiciliado en calle Colón número ochocientos ochenta, de la comuna de Lonquimay; doña MARÍA PAZ AGUILERA NEGRÓN, chilena, soltera, Abogada, cédula nacional de identidad número quince millones doscientos sesenta y nueve mil cuatrocientos veintidós guión nueve, domiciliada en Avenida Bernardo O’Higgins número mil doscientos ochenta, de la comuna Lonquimay; y don JUAN ANDRÉS BARRÍA MORALES, chileno, soltero, Abogado, cédula nacional de identidad número quince millones novecientos cuarenta y tres seiscientos ochenta y cinco guión tres, domiciliado en Avenida Bernardo O’Higgins número mil doscientos ochenta, comuna Lonquimay, modificaron sociedad responsabilidad limitada que gira bajo razón social: “CONSULTORA Y COMERCIALIZADORA LAS RAÍCES DE LONQUIMAY LIMITADA”, RUT. 76.265.874-7, constituida con fecha siete de febrero del dos mil trece, ante mí, MARIA ELENA PEZOA CONTRERAS, Notario Titular de la Notaria comunal de Curacautín, anotada en el Repertorio bajo el Nº 97-13, con capital inicial de $1.000.000.- El extracto se inscribió a fojas ocho número ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curacautín del año dos mil trece, y se publicó en el Diario Oficial el día veinte de febrero del año dos mil trece.- PRESENTES MODIFICACIONES: don HUGO ONEL MONTECINOS AROSTICA, vendió, cedió y transfirió, la totalidad de sus Derechos Sociales, que corresponde al cincuenta por ciento de la sociedad, a don JUAN ANDRÉS BARRÍA MORALES, quien los compró, aceptó y adquirió para sí. El precio único y total de la cesión de los derechos cedidos precedentemente fue la suma de diez mil pesos, que el cesionario pagó al cedente al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente, haberlo recibido a su entera satisfacción y conformidad con anterioridad a ese acto, no teniendo cargo ni observación alguna que formular, haciendo presente que entre la sociedad y él no existe ninguna obligación pendiente.- Como consecuencia de la Cesión de Derechos, han quedado como únicos socios las siguientes personas con las participaciones sociales que a continuación se indican: a) doña MARÍA PAZ AGUILERA NEGRÓN, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales; y b) don JUAN ANDRÉS BARRÍA MORALES, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales.- Los actuales socios vienen en modificar los Estatutos Sociales en los siguientes términos: Se modifica: UNO. La clausula TERCERA, cambiando el domicilio social a Avenida Bernardo O’Higgins número mil doscientos ochenta, de la comuna de Lonquimay; DOS. Se modifica la clausula QUINTA, quedando de la siguiente manera: El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón de pesos, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: 1) MARÍA PAZ AGUILERA NEGRÓN, ha aportado y pagado con anterioridad a este acto el equivalente al cincuenta por ciento del capital social, mediante el aporte de Quinientos Mil pesos, y 2) JUAN ANDRÉS BARRÍA MORALES, ha aportado y pagado con anterioridad a este acto el equivalente al cincuenta por ciento del capital social, mediante el aporte de Quinientos Mil pesos; y TRES. Se modifica la clausula SÉPTIMA, de la administración de la sociedad quedando a cargo de doña MARÍA PAZ AGUILERA NEGRÓN, y de don JUAN ANDRÉS BARRÍA MORALES, quienes podrán actuar en representación de la sociedad conjunta o separadamente, según estimen conveniente.- Demás estipulaciones escritura extractada. En lo no modificado rige pacto social primitivo.- Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.- CURACAUTÍN, 03 de Abril del 2018.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
CONSULTORA Y COMERCIALIZADORA LAS RAÍCES DE LONQUIMAY LIMITADA
CVE 1377245
