Sociedad Comercial Minera Tresan Minerals Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La Sociedad tendrá por objeto el estudio, desarrollo, administración, prospección, investigación, reconocimiento, beneficio, producción, comercialización, exploración y explotación de propiedades, pertenencias y/o yacimientos mineros que arriende, que se le otorguen en concesión o que adquiera a cualquier título en Chile o el extranjero, incluidas sus áreas de extensión, así también como sus adyacentes y cercanas al mismo; la extracción, beneficio y procesamiento de los minerales que se obtengan de la explotación de pertenencias que comprendan yacimientos y sus áreas; denunciar, reconocer y constituir pertenencias y derechos mineros de cualquier naturaleza, sobre cualquier clase de sustancias minerales; el transporte y comercialización de los productos y subproductos provenientes del procesamiento de los minerales y el desarrollo de cualquier actividad, operación comercial o industrial relacionada con la actividad minera. Para el cumplimiento de este objeto la sociedad podrá constituir y operar plantas e instalaciones de producción, procesamiento, beneficio, y tratamiento de los productos que de ellos se extraiga, venderlos o vender estos sin beneficiarlos previamente, así como también llevar a cabo toda clase de operaciones relacionados con el mismo. La sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones que directa o indirectamente conduzcan al cumplimiento de su objetivo, tales como compraventa, arriendo, explotación, hipoteca, avío u opciones respecto de pertenencias o derechos mineros, y enajenarlos o cederlos a cualquier título; realizar preparación de terrenos, excavaciones y toda otra clase de movimientos de tierra; realizar servicios profesionales de topografía y agrimensura, realizar servicios profesionales de investigación geológica y prospección minera; sin perjuicio de las ya indicadas tales como producción, importación, exportación, compraventa, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización de los productos y/o subproductos mineros o de cualquier otro tipo ya sea por cuenta propia o ajena y de cualquier clase de bienes y demás objetos, productos manufacturados, insumos y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, propios o de terceros; la explotación, administración, producción y venta de bienes muebles corporales o incorporales, la ejecución de programas de capacitación, fomentos de tecnologías y servicios de formación técnica, administrativa y económica, incorporando la ejecución de programas de desarrollo productivo, locales, regionales y/o internacionales, prestación de asesorías y servicios de todo tipo y en general, celebrar, realizar y ejecutar todos los actos y contratos civiles, comerciales, mineros, industriales y metalúrgicos encaminados a los objetos señalados, y cualquier acto que se relaciones en la actualidad o en el futuro con todo lo anterior y que los socios acuerden y estimen pertinentes para sus fines sociales y tengan el carácter de actos de comercio, pudiendo para ello actuar bajo régimen general o especial de Zonas Francas, Zonas Libres, Almacenes de Depósito, Puertos Libres, Centros de exportación u otros regímenes aduaneros y tributarios especiales. Sin perjuicio de lo anterior, la Sociedad podrá asociarse en participación, efectuar inversiones en cooperativas o sociedades cualquiera sea su naturaleza u objeto, o constituir dichas sociedades para el cumplimiento de dicho objeto social.
Capital
Total capital
$6.000.000
Paid-in capital
$6.000.000
Pending capital
$0
Shares
6,000
Shareholders (5)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Marcelino Francisco Farah Silva Accionista 93.530.994-1 | 93.530.994-1 | 20% | - |
Accionista 6.xxx.xxx-0 | 6.xxx.xxx-0 | 24.44% | - |
Francisco Javier Arellano Poblete Accionista 8.xxx.xxx-7 | 8.xxx.xxx-7 | 20% | - |
Alejandro Alberto Barahona Neira Accionista 12.xxx.xxx-9 | 12.xxx.xxx-9 | 27.78% | - |
Accionista 12.xxx.xxx-6 | 12.xxx.xxx-6 | 7.78% | - |
Corporate history on record
- Incorporation· February 28, 2013
Constitución de Sociedad Comercial Minera Tresan Minerals Limitada.
- Transfer of rights
Marcelino Francisco Farah Silva cede 2,20% de sus derechos sociales a Francisco Javier Arellano Poblete.
Marcelino Francisco Farah Silva · Francisco Javier Arellano Poblete
- Transfer of rights
Jorge Emilio Soto Loyola cede 2,20% de sus derechos sociales a Francisco Javier Arellano Poblete.
Jorge Emilio Soto Loyola · Francisco Javier Arellano Poblete
- Transfer of rights
Orlando Guillermo Soto Loyola cede 7,78% de sus derechos sociales a Jorge Patricio Rivera Uribe.
- Transfer of rights
Orlando Guillermo Soto Loyola cede 4,44% de sus derechos sociales a Jorge Emilio Soto Loyola.
- Transfer of rights
Orlando Guillermo Soto Loyola cede la totalidad de sus derechos sociales restantes a Alejandro Alberto Barahona Neira.
Orlando Guillermo Soto Loyola · Alejandro Alberto Barahona Neira
- Transfer of rights
Jorge Patricio Rivera Uribe cede 5,34% de sus derechos sociales a Francisco Javier Arellano Poblete.
Jorge Patricio Rivera Uribe · Francisco Javier Arellano Poblete
- Transfer of rights
Jorge Patricio Rivera Uribe cede 3,34% de sus derechos sociales a Alejandro Alberto Barahona Neira.
Jorge Patricio Rivera Uribe · Alejandro Alberto Barahona Neira
- Transformation
La sociedad se transforma de Ltda. a SpA.
SOCIEDAD COMERCIAL MINERA TRESAN MINERALS LIMITADA
Official extract text
ABNER POZA MATUS, Notario Público, Serrano 191, Iquique; Certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, MARCELINO FRANCISCO FARAH SILVA, chileno, divorciado, ingeniero mecánico, C.I.N° 9.3530.994-1, domiciliado en calle Manuel Antonio Matta N° 2757, Depto. 1603, Iquique; JORGE EMILIO SOTO LOYOLA, chileno, técnico mecánico, casado, C.I.N° 6.762.198-0, domiciliado en calle Orella N° 1089, Iquique; ORLANDO GUILLERMO SOTO LOYOLA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, administrador de empresas, C.I.N° 10.137.718-0, domiciliado en Avenida Primera Sur N° 2652 C, Dpto. 302, Condominio Las Terrazas, Iquique; FRANCISCO JAVIER ARELLANO POBLETE, chileno, soltero, ingeniero constructor naval, C.I.N° 8.996.924-7, domiciliado en Av. Proyectada N° 2140, Depto. 1504, Edificio Alerce, Iquique; ALEJANDRO ALBERTO BARAHONA NEIRA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil metalúrgico, C.I.N° 12.612.573-9, domiciliado en Pasaje Dolores N° 3394, Iquique; y JORGE PATRICIO RIVERA URIBE, chileno, soltero, ingeniero en control de gestión, C.I.N° 12.760.300-6, domiciliado en Av. Francisco Bilbao N° 4150, Depto. 2102, Edificio Las Gaviotas, Iquique; modifican “SOCIEDAD COMERCIAL MINERA TRESAN MINERALS LIMITADA” ó “TRESAN MINERALS LTDA.”, Rut. N° 76.259.767-5, capital social ascendente a $6.000.000.-, constituida por escritura pública 28 Febrero 2013, Notaría Iquique Néstor Araya Blazina, inscrita a fojas 467 vta. N° 425, Registro Comercio Iquique 2013; modificada según inscripción de fojas 2143 vta. N° 1892, Registro Comercio Iquique 2013.- Modificaciones consisten: Marcelino Francisco Farah Silva, vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales equivalentes al 2,20% del haber total a Francisco Javier Arellano Poblete.- Por su parte, Jorge Emilio Soto Loyola, vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales equivalentes al 2,20% del haber total a Francisco Javier Arellano Poblete.- Por su parte, Orlando Guillermo Soto Loyola, vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales equivalentes al 7,78% del haber total a Jorge Patricio Rivera Uribe.- Asimismo, Orlando Guillermo Soto Loyola, vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales, equivalentes al 4,44% del haber total a Jorge Emilio Soto Loyola.- Asimismo, Orlando Guillermo Soto Loyola, vende, cede y transfiere totalidad de sus derechos sociales restantes, equivalentes al 7,78% del haber total a Alejandro Alberto Barahona Neira.- Por su parte, Jorge Patricio Rivera Uribe, vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales equivalentes al 5,34% del haber total a Francisco Javier Arellano Poblete.- Asimismo, Jorge Patricio Rivera Uribe, vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales equivalentes al 3,34% del haber total a Alejandro Alberto Barahona Neira.- En consecuencia, quedan como únicos socios, Marcelino Francisco Farah Silva, Jorge Emilio Soto Loyola, Francisco Javier Arellano Poblete, Alejandro Alberto Barahona Neira, y Jorge Patricio Rivera Uribe, dueños del 20%, 24,44%, 20%, 27,78%, y 7,78% del haber social, respectivamente.- Y transforman “SOCIEDAD COMERCIAL MINERA TRESAN MINERALS LIMITADA” ó “TRESAN MINERALS LTDA.” en sociedad por acciones Ley 20.190 bajo siguientes estatutos: Nombre: “SOCIEDAD COMERCIAL MINERA TRESAN MINERALS SpA” nombre fantasía “TRESAN MINERALS SpA”.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto el estudio, desarrollo, administración, prospección, investigación, reconocimiento, beneficio, producción, comercialización, exploración y explotación de propiedades, pertenencias y/o yacimientos mineros que arriende, que se le otorguen en concesión o que adquiera a cualquier título en Chile o el extranjero, incluidas sus áreas de extensión, así también como sus adyacentes y cercanas al mismo; la extracción, beneficio y procesamiento de los minerales que se obtengan de la explotación de pertenencias que comprendan yacimientos y sus áreas; denunciar, reconocer y constituir pertenencias y derechos mineros de cualquier naturaleza, sobre cualquier clase de sustancias minerales; el transporte y comercialización de los productos y subproductos provenientes del procesamiento de los minerales y el desarrollo de cualquier actividad, operación comercial o industrial relacionada con la actividad minera. Para el cumplimiento de este objeto la sociedad podrá constituir y operar plantas e instalaciones de producción, procesamiento, beneficio, y tratamiento de los productos que de ellos se extraiga, venderlos o vender estos sin beneficiarlos previamente, así como también llevar a cabo toda clase de operaciones relacionados con el mismo. La sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones que directa o indirectamente conduzcan al cumplimiento de su objetivo, tales como compraventa, arriendo, explotación, hipoteca, avío u opciones respecto de pertenencias o derechos mineros, y enajenarlos o cederlos a cualquier título; realizar preparación de terrenos, excavaciones y toda otra clase de movimientos de tierra; realizar servicios profesionales de topografía y agrimensura, realizar servicios profesionales de investigación geológica y prospección minera; sin perjuicio de las ya indicadas tales como producción, importación, exportación, compraventa, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización de los productos y/o subproductos mineros o de cualquier otro tipo ya sea por cuenta propia o ajena y de cualquier clase de bienes y demás objetos, productos manufacturados, insumos y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, propios o de terceros; la explotación, administración, producción y venta de bienes muebles corporales o incorporales, la ejecución de programas de capacitación, fomentos de tecnologías y servicios de formación técnica, administrativa y económica, incorporando la ejecución de programas de desarrollo productivo, locales, regionales y/o internacionales, prestación de asesorías y servicios de todo tipo y en general, celebrar, realizar y ejecutar todos los actos y contratos civiles, comerciales, mineros, industriales y metalúrgicos encaminados a los objetos señalados, y cualquier acto que se relaciones en la actualidad o en el futuro con todo lo anterior y que los socios acuerden y estimen pertinentes para sus fines sociales y tengan el carácter de actos de comercio, pudiendo para ello actuar bajo régimen general o especial de Zonas Francas, Zonas Libres, Almacenes de Depósito, Puertos Libres, Centros de exportación u otros regímenes aduaneros y tributarios especiales.- Sin perjuicio de lo anterior, la Sociedad podrá asociarse en participación, efectuar inversiones en cooperativas o sociedades cualquiera sea su naturaleza u objeto, o constituir dichas sociedades para el cumplimiento de dicho objeto social.- Artículo Tercero: El domicilio de la sociedad es la ciudad de IQUIQUE dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de IQUIQUE, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero.- Administración: Corresponderá a cualquiera de los socios indistintamente, debiendo actuar al menos tres de los socios.- Capital: $6.000.000.- dividido en 6.000 acciones, nominativas, sin valor nominal misma serie, completamente suscrito y pagado.- Duración: Indefinida.- Domicilio: Iquique.- Demás estipulaciones escritura extractada.- IQUIQUE, 16 Enero 2017.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL MINERA TRESAN MINERALS LIMITADA
CVE 1175025
