Servicios De Arquitectura Y Construcción Poblete Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$10.500.000
Paid-in capital
$10.500.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
ALEJANDRO ASDRUBAL POBLETE SALAS Socio 13.xxx.xxx-8 | 13.xxx.xxx-8 | 95% | $9.975.000 |
Socio 5.xxx.xxx-0 | 5.xxx.xxx-0 | 5% | $525.000 |
Administrators (1)
ALEJANDRO ASDRUBAL POBLETE SALAS
Corporate history on record
- Incorporation· December 12, 2012
Se constituyó la sociedad Servicios de Arquitectura y Construcción Cavieres Poblete Limitada.
- Capital change· February 28, 2014
Se realizó una modificación de capital con un aumento de $10.000.000, luego saneado en este extracto.
ALEJANDRO ANÍBAL CAVIERES CASTILLO · ALEJANDRO ASDRUBAL POBLETE SALAS
- Transfer of rights· October 17, 2019
Alejandro Aníbal Cavieres Castillo cede el 10% de sus derechos sociales a Juana Salas Railén y el 90% a Alejandro Asdrubal Poblete Salas, retirándose de la sociedad.
ALEJANDRO ANÍBAL CAVIERES CASTILLO · JUANA SALAS RAILÉN · ALEJANDRO ASDRUBAL POBLETE SALAS
- Name change· October 17, 2019
La razón social cambia de Servicios de Arquitectura y Construcción Cavieres Poblete Limitada a Servicios de Arquitectura y Construcción Poblete Limitada.
- Change of administrator· October 17, 2019
La administración de la sociedad queda a cargo de Alejandro Asdrubal Poblete Salas.
- Capital change· October 17, 2019
El capital social queda fijado en $10.500.000, aportado en $9.975.000 por Alejandro Asdrubal Poblete Salas y $525.000 por Juana Salas Railén.
Official extract text
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular 43° Notaría de Santiago, Huérfanos N° 835, piso 18, Santiago, certifico: por escritura de 17 de octubre de 2019, ante mí, ALEJANDRO ANÍBAL CAVIERES CASTILLO, C.N.I. N° 14.091.395-2, domiciliado en Pasaje Los Reyes N° 12.812, comuna de El Bosque, y de paso en ésta, Región Metropolitana; ALEJANDRO ASDRUBAL POBLETE SALAS, C.N.I. N° 13.466.800-8, domiciliado en Pasaje Pablo de Rocka N° 03247, comuna de Lo Espejo, y de paso en ésta, Región Metropolitana; y JUANA SALAS RAILÉN, C.N.I. N° 5.445.409-0, domiciliada en Pasaje Pablo de Rocka N° 03223, comuna de Lo Espejo, y de paso en ésta, Región Metropolitana; acordaron saneamiento, cesión de derechos y modificación de sociedad “SERVICIOS DE ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN CAVIERES POBLETE LIMITADA”, RUT N° 76.257.779-8, constituida por escritura pública de 12 de diciembre de 2012, otorgada en la Notaría de Santiago de Félix Jara Cadot, inscrita a fojas 89.429 N° 62.779 Registro Comercio C.B.R. Santiago 2012, en los siguientes términos: UNO. De conformidad a la Ley N° 19.499, sanean el vicio formal consistente en el cumplimiento imperfecto de las menciones legales relativas a aumento de capital social, contenidas en la escritura pública de modificación de sociedad de 28 de febrero de 2014, otorgada en la Notaría de San Miguel de Julián Andrés Miranda Osses y cuyo extracto se inscribió a fojas 19.306 N° 12.019 Registro Comercio C.B.R. Santiago 2014, en las que se efectuó una equívoca descripción de los aportes pagados con ocasión del aumento de capital, señalado primeramente que éste fue aportado sólo por el socio Alejandro Aníbal Cavieres Castillo, para luego indicar correctamente que, luego de esa reforma estatutaria, ambos socios mantenían idéntica titularidad sobre los derechos sociales. Así, a partir de que de esa equívoca indicación de los aportes podrían derivarse dudas en cuanto a su determinación y, en miras a evitar una errónea comprensión de la escritura extractada, en ejercicio de la prerrogativa conferida en el cuerpo legal citado, corrigen el vicio estableciendo que los aportes efectuados para materializar dicho aumento de capital, ascendente a la suma de $10.000.000, fueron enterados por ambos socios en iguales proporciones, es decir, en razón de $5.000.000 por cada uno, manteniendo así la paridad en cuanto a la titularidad sobre los derechos sociales. DOS. Cesiones de derechos sociales: A) ALEJANDRO ANÍBAL CAVIERES CASTILLO, vende, cede y transfiriere el 10% de sus derechos sociales, correspondiente al 5% del total de derechos sociales, a JUANA SALAS RAILÉN, quien acepta, compra y adquiere para sí en $1.500.000, pagado al contado en este acto. B) ALEJANDRO ANÍBAL CAVIERES CASTILLO, vende, cede y transfiriere el 90% de sus derechos sociales, correspondiente al 45% del total de derechos sociales, a ALEJANDRO ASDRUBAL POBLETE SALAS, quien acepta, compra y adquiere para sí en $13.500.000, pagado mediante la asunción de la obligación dineraria que por igual suma tiene este último para con la sociedad “SERVICIOS DE ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN CAVIERES POBLETE LIMITADA”, con ocasión de la compraventa de bienes muebles celebrada ellos, la que en lo sucesivo será de único y exclusivo cargo del cesionario, habiendo por ambas partes las intención expresa de producir novación y quedando por tanto extinguida la obligación de pago de los derechos societarios. C) En consecuencia, se retira de la sociedad ALEJANDRO ANÍBAL CAVIERES CASTILLO, quedando como únicos socios de “SERVICIOS DE ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN CAVIERES POBLETE LIMITADA”, ALEJANDRO ASDRUBAL POBLETE SALAS y JUANA SALAS RAILÉN, cuyos derechos sociales a partir de esta fecha se distribuyen de la siguiente forma: (i) Con el 95% de los derechos sociales para el socio ALEJANDRO ASDRUBAL POBLETE SALAS. (ii) Con el 5% de los derechos sociales para la socia JUANA SALAS RAILÉN.- TRES. Los actuales únicos socios, ALEJANDRO ASDRUBAL POBLETE SALAS y JUANA SALAS RAILÉN, introducen reformas al pacto social: I. Se modifica cláusula SEGUNDA de los estatutos, relativa a la razón social, la que en lo sucesivo pasará a denominarse “SERVICIOS DE ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN POBLETE LIMITADA”, manteniendo su actual sigla comercial o nombre de fantasía. De esta forma, todas las alusiones en los estatutos sociales relativas a “SERVICIOS DE ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN CAVIERES POBLETE LIMITADA”, en lo sucesivo deberán entenderse referidas a la nueva razón social, “SERVICIOS DE ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN POBLETE LIMITADA”. II. Se modifica cláusula CUARTA de los estatutos sociales, referente a administración y uso de la razón social, estableciendo que corresponderá a ALEJANDRO ASDRUBAL POBLETE SALAS, quien actuará con amplias facultades. III. Se modifica cláusula QUINTA de los estatutos sociales, relativa a la composición del capital social, cuyo nuevo texto pasa a ser el siguiente: “QUINTO. CAPITAL SOCIAL Y PARTICIPACIÓN. El capital de la sociedad es la suma de $10.500.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: A. El socio, don ALEJANDRO ASDRUBAL POBLETE SALAS, aporta la suma de $9.975.000, equivalente al 95% del capital social, íntegramente pagado e ingresado en la caja social. B. La socia, doña JUANA SALAS RAILÉN, aporta la suma de $525.000, equivalente al 5% del capital social, íntegramente pagado e ingresado en la caja social”. En lo no modificado se mantiene plenamente vigente estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de noviembre de 2019.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SERVICIOS DE ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN POBLETE LIMITADA
CVE 1689587
