Limited liability company76.254.621-3

Inversiones Itihue Limitada

MODIFICACIÓN — May 13, 2022

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2022-05-13View PDF (CVE 2127358)

Corporate information

Ltda
calle Serrano N°455
Administration: Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a María Mireya Pincheira Guajardo, quien actuando indistintamente con cualquiera de los socios, Víctor Marcelo Zúñiga Pincheira, Raúl Patricio Zúñiga Pincheira y/o Patricia Gemita Zúñiga Pincheira; y a Víctor Marcelo Zúñiga Pincheira, Raúl Patricio Zúñiga Pincheira y Patricia Gemita Zúñiga Pincheira, quienes actuando conjuntamente podrán representar a la sociedad.

Capital

Total capital

$2.745.582.818

Paid-in capital

$2.745.582.818

Shareholders (4)

NameParticipation

MARIA MIREYA PINCHEIRA GUAJARDO

Socio

1%

VICTOR MARCELO ZUÑIGA PINCHEIRA

Socio

33%

RAÚL PATRICIO ZUÑIGA PINCHEIRA

Socio

33%

PATRICIA GEMITA ZUÑIGA PINCHEIRA

Socio

33%

Corporate history on record

  1. Incorporation

    Se individualiza la sociedad INVERSIONES ITIHUE LIMITADA como inscrita en el año 2012.

    MARÍA MIREYA PINCHEIRA GUAJARDO · VICTOR MARCELO ZUÑIGA PINCHEIRA · RAUL PATRICIO ZUÑIGA PINCHEIRA

Official extract text

JACK BEHAR SARAVIA, Notario Titular de la Primera Notaría de San Carlos, Vicuña Mackenna Nº 529, San Carlos, certifica: Que, por escritura otorgada ante mí, con fecha 05 de Mayo de 2022, Repertorio N°1.388-2022, ante mí, doña MARÍA MIREYA PINCHEIRA GUAJARDO; don VICTOR MARCELO ZUÑIGA PINCHEIRA; don RAUL PATRICIO ZUÑIGA PINCHEIRA; y doña PATRICIA GEMITA ZUÑIGA PINCHEIRA, todos los anteriores domiciliados en calle Serrano N°455, comuna de San Carlos, Región de Ñuble. Los únicos y actuales socios de “INVERSIONES ITIHUE LIMITADA”, doña MARÍA MIREYA PINCHEIRA GUAJARDO; don VICTOR MARCELO ZUÑIGA PINCHEIRA; y don RAUL PATRICIO ZUÑIGA PINCHEIRA, RUT N° 76.254.621-3, Inscrita a fojas 87.775, N° 61.501 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2012 , con capital de $5.000.000, acuerdan efectuar las siguientes modificaciones: I.- AUMENTO DE CAPITAL POR REVALORIZACIÓN DE CAPITAL Y CAPITALIZACIÓN DE UTILIDADES ACUMULADAS. Los actuales y únicos socios de la sociedad, acuerdan aumentar el capital de ésta, de la suma de $5.000.000 a la suma de $1.830.327.648, es decir, en la suma de $1.825.327.648, correspondiendo la suma de $1.827.648 a revalorización del capital social y la suma de $1.823.500.000 con cargo a la capitalización de utilidades retenidas entre los ejercicios de los años 2014 a 2018. íntegramente suscrito y pagado en los porcentajes de participación que corresponden a cada socio en el capital. II.- AUMENTO DE CAPITAL POR APORTE. Los actuales y únicos socios, acuerdan aumentar el capital de la sociedad, de la suma de $1.830.327.648 a la suma de $2.745.582.818, esto es, en la suma de $915.255.170, que son aportados y pagados de la siguiente manera: a) Doña MARÍA MIREYA PINCHEIRA GUAJARDO, quien aporta la suma de $9.200.000 de la manera que se acuerda en escritura que se extracta; y b) Doña PATRICIA GEMITA ZUÑIGA PINCHEIRA, quien aporta la suma de $906.055.170, de la forma que se acuerda en escritura que se extracta. En consecuencia, ingresa a la sociedad como socia doña PATRICIA GEMITA ZUÑIGA PINCHEIRA. III.- MODIFICACIÓN SOCIAL. Como consecuencia del aumento de capital referido precedente, los actuales y únicos socios vienen en modificar la Cláusula Quinta de los Estatutos de la Sociedad, la que se reemplaza por la siguiente: “QUINTO: Capital Social y Aportes. El capital de la sociedad es la suma de $2.745.582.818, íntegramente suscrito y pagado en la siguiente forma y proporción: a) doña MARIA MIREYA PINCHEIRA GUAJARDO, aporta la suma de $27.503.276, equivalentes al 1% de los derechos sociales, íntegramente suscrito y pagado de la manera que se indica a continuación: i)La suma de $18.303.276, pagados con anterioridad a este acto; y ii) la suma de $9.200.000, que serán pagados en el plazo de cinco años contados desde la fecha del presente instrumento. b) don VICTOR MARCELO ZÚÑIGA PINCHEIRA, aporta la suma de $906.012.186, equivalentes al 33% de los derechos sociales, íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha; c) don RAÚL PATRICIO ZÚÑIGA PINCHEIRA, aporta la suma de $906.012.186, equivalentes al 33% de los derechos sociales, íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha y; d) doña PATRICIA GEMITA ZUÑIGA PINCHEIRA, aporta la suma de $906.055.170, equivalentes al 33% de los derechos sociales, íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: i) con la suma de $144.598.735, íntegramente suscrito y pagados con el aporte de los inmuebles de que da cuenta el presente instrumento; ii) con la suma de $400.000.000, íntegramente suscrito y que ha pagado al contado y en dinero efectivo con esta misma fecha; y iii) con la suma de $361.456.435, que serán pagados en el plazo de cinco años contados desde la fecha del presente instrumento. Los socios reiteran que limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes”. IV.- OTRAS MODIFICACIONES. Los únicos y actuales socios de la sociedad “INVERSIONES ITIHUE LIMITADA” ya individualizados, de común acuerdo vienen en modificar la Cláusula Cuarta de los Estatutos de la Sociedad, relativa a la Administración, en el sentido que la Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a las personas y en la forma que a continuación se señala: a) Corresponderá a doña MARIA MIREYA PINCHEIRA GUAJARDO, quien actuando indistintamente con cualquiera de los socios, don VICTOR MARCELO ZÚÑIGA PINCHEIRA, don RAÚL PATRICIO ZÚÑIGA PINCHEIRA y/o doña PATRICIA GEMITA ZUÑIGA PINCHEIRA, podrán representar a la sociedad con todas y cada una de las facultades contenidas en la Cláusula Cuarta de los Estatutos Sociales, sin limitación alguna; y b) Corresponderá a don VICTOR MARCELO ZÚÑIGA PINCHEIRA, don RAÚL PATRICIO ZÚÑIGA PINCHEIRA y a doña PATRICIA GEMITA ZUÑIGA PINCHEIRA, quienes, actuando conjuntamente, podrán representar a la sociedad con todas y cada una de las facultades contenidas en la Cláusula Cuarta de los Estatutos Sociales, sin limitación alguna. Se regula suplencia en caso de falta o impedimento de uno de los administradores, en escritura que se extracta. Demás Modificaciones no susceptibles de ser extractadas constan en escritura. Jack Behar Saravia, Notario Público Titular.- San Carlos, Mayo 11 de 2022.-

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  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES ITIHUE LIMITADA

    CVE 2127358

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