Limited liability company76.253.627-7

Sociedad Constructora Santa Fe Limitada

MODIFICACIÓN — Jun 30, 2025

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2025-06-30View PDF (CVE 2665966)

Corporate information

Ltda
Temuco, Araucanía

Capital

Total capital

$1.005.000.000

Shareholders (2)

NameParticipation

MARIA CRISTINA SECO GONZALEZ

Socio

8.xxx.xxx-9

20%

GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO

Socio

15.xxx.xxx-2

80%

Corporate history on record

  1. Transfer of rights· June 23, 2025

    GASTON GABRIEL DE LAIRE CERDA cede el 100% de sus derechos sociales a GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO.

    GASTON GABRIEL DE LAIRE CERDA · GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO

Official extract text

Ministerio del Interior ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular agrupación comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, Temuco, certifico: Por escritura pública, otorgada ante mí de fecha 23 de Junio del año 2025, Repertorio N° 6475-25, ante mí, GASTON GABRIEL DE LAIRE CERDA, quién declara ser Chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, constructor civil, cédula de identidad número siete millones ciento quince mil noventa y seis guion ocho, domiciliado en camino a Tromen, kilometro uno coma cinco, parcela Santa Javiera, de la comuna de Temuco; doña MARIA CRISTINA SECO GONZALEZ, quien declara ser Chilena, dueña de casa, cédula de identidad número ocho millones doscientos cuarenta y siete mil treinta y siete guión nueve, casada con el primer compareciente y de su mismo domicilio; y don GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO, quien declara ser Chileno, casado y separado totalmente de bienes, constructor civil, cédula de identidad número quince millones doscientos cuarenta y tres mil doscientos ochenta y cinco guion dos, domiciliado en calle Los Urbanistas número trescientos ochenta departamento ochocientos uno torre dos, de la ciudad de Temuco; modificaron la SOCIEDAD CONSTRUCTORA SANTA FE LIMITADA, cuya última modificación está inscrita a fojas 990, N° 521 año 2022 del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Modificación de la sociedad : Las partes efectúan las siguientes modificaciones a la sociedad: Cesión Sociales de SOCIEDAD CONSTRUCTORA SANTA FE LIMITADA: Las partes efectúan las siguientes modificaciones a la sociedad: Cesión de Derechos: Por el presente instrumento, don GASTON GABRIEL DE LAIRE CERDA, quien es actualmente titular dueño del TREINTA PORCIENTO de participación en el capital de la SOCIEDAD CONSTRUCTORA SANTA FE LIMITADA, y con el consentimiento expreso de la otra socia, vende, cede y transfiere el CIEN PORCIENTO de sus derechos sociales que tiene en la sociedad, que representan el TREINTA POR CIENTO de la participación de la sociedad y capital social de dicha sociedad, a don GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO, quien los compra, acepta y adquiere para sí, por un valor total de TRESCIENTOS UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS. El cedente don GASTON GABRIEL DE LAIRE CERDA, y el cesionario, GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO, acuerdan que el precio de la cesión aquí convenida se compensa en parte con el crédito que don GASTON GABRIEL DE LAIRE CERDA adeuda a don GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO por la cantidad de SESENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS, crédito que no ha sido pagado hasta la fecha de esta escritura, y que consta en la CLAUSULA SEGUNDA apartado dos) de la escritura de modificación de fecha veintiséis de octubre del año dos mil veintidós y anotada en el repertorio del notario Esmirna Vidal bajo el número doce mil cuatrocientos catorce guion veintidós. El saldo de DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, se pagara por don GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO a don GASTON GABRIEL DE LAIRE CERDA en el plazo de tres años, en tres cuotas iguales. En virtud de lo pactado, el cedente y el cesionario declaran que nada se adeudan por concepto alguno, otorgándose al efecto el más amplio, completo, reciproco e irrevocable finiquito, renunciando expresa y formalmente a toda acción legal, judicial o administrativa que sirva para impugnar en cualquier forma lo estipulado en esta cláusula, comprendiéndose particularmente en la renuncia las acciones resolutorias, indemnizatorias, de evicción, redhibitorias, de inoponibilidad y de cualquier otra naturaleza real o personal, mueble o inmueble. En razón de lo anterior doña MARIA CRISTINA SECO GONZALEZ, queda con el VEINTE POR CIENTO de participación en el capital social, equivalentes a la suma de DOSCIENTOS UN MILLONES DE PESOS; y don GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO, queda con el OCHENTA POR CIENTO de participación en el capital social, equivalentes a la suma de OCHOCIENTOS CUATRO MILLONES DE PESOS. En virtud de la presente cesión, don GASTON GABRIEL DE LAIRE CERDA ya no tiene participación alguna en la sociedad. Alcance de la Cesión: Se incluyen en la cesión y transferencia mencionada, todos los derechos que al cedente le corresponden en la sociedad, sea por capital, revalorizaciones, participaciones en utilidades no retiradas o por retirar, y por cualquier otro concepto o título, sin limitación ni exclusión alguna.- Extinción de Obligaciones: En virtud de lo anterior, el cedente y cesionario declaran que nada se adeudan por concepto alguno, otorgándose al efecto el más amplio, completo, reciproco e irrevocable finiquito, declarando no tener cargos, reclamos, ni observaciones que formularse recíprocamente con ocasión de la cesión de que da cuenta este instrumento, como igualmente de las operaciones realizadas por la sociedad hasta esta fecha, salvo las acciones para perseguir el pago de la cesión.- Modificaciones al Estatuto Social De acuerdo a la cesión de derechos sociales la SOCIEDAD CONSTRUCTORA SANTA FE LIMITADA, queda formada en lo sucesivo, por los socios y participación que se indican: Uno) doña MARIA CRISTINA SECO GONZALEZ, queda con el VEINTE POR CIENTO de participación en el capital social, equivalentes a la suma de DOSCIENTOS UN MILLONES DE PESOS; y Dos) don GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO, queda con el OCHENTA POR CIENTO de participación en el capital social, equivalentes a la suma de OCHOCIENTOS CUATRO MILLONES DE PESOS. Entra en Vigor de las Modificaciones: Las modificaciones acordadas en la cláusula precedente, comienzan a regir a contar de la fecha del presente instrumento.- Los comparecientes y socios de la presente sociedad, dejan constancia de que en todo lo no modificado, siguen plenamente vigentes las demás estipulaciones y cláusulas de que dan cuenta los estatutos sociales y sus modificaciones.- Se faculta a portador para inscribir.-Rut de la sociedad 76.253.627-7.- Temuco, 24 de Junio del 2025.

AmendmentDiario Oficial · 2022-11-07View PDF (CVE 2212457)

Corporate information

Ltda
camino a Tromen, kilometro uno coma cinco, parcela Santa Javiera

Capital

Total capital

$1.005.000.000

Shareholders (3)

NameParticipation

GASTON GABRIEL DE LAIRE CERDA

Socio

1.xxx.xxx-8

30%

MARIA CRISTINA SECO GONZALEZ

Socio

8.xxx.xxx-9

20%

GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO

Socio

15.xxx.xxx-2

50%

Corporate history on record

  1. Transfer of rights· October 26, 2022

    GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO cede el 37,5% de sus derechos sociales a GASTON GABRIEL DE LAIRE CERDA.

    GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO · GASTON GABRIEL DE LAIRE CERDA

  2. Capital change· October 26, 2022

    Se aumenta el capital social desde $790.000.000 a $1.005.000.000.

    SOCIEDAD CONSTRUCTORA SANTA FE LIMITADA

Official extract text

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público Titular Agrupación Comunas Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con domicilio Antonio Varas 979 Temuco, Certifico: Por escritura pública de fecha 26.10.2022 repertorio 12.414-22, ante mí GASTON GABRIEL DE LAIRE CERDA, quién declara ser Chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, constructor civil, cédula de identidad número siete millones ciento quince mil noventa y seis guion ocho, domiciliado en camino a Tromen, kilometro uno coma cinco, parcela Santa Javiera, de la comuna de Temuco; doña MARIA CRISTINA SECO GONZALEZ, quien declara ser Chilena, dueña de casa, cédula de identidad número ocho millones doscientos cuarenta y siete mil treinta y siete guión nueve, casada con el primer compareciente y de su mismo domicilio; y don GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO, quien declara ser Chileno, casado y separado totalmente de bienes, constructor civil, cédula de identidad número quince millones doscientos cuarenta y tres mil doscientos ochenta y cinco guion dos, domiciliado en calle Los Urbanistas número trescientos ochenta departamento ochocientos uno torre dos, de la ciudad de Temuco; modificaron la SOCIEDAD CONSTRUCTORA SANTA FE LIMITADA, cuya última modificación está inscrita a fojas 880 vta, N° 533 año 2019 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Modificación de la sociedad : Las partes efectúan las siguientes modificaciones a la sociedad: Uno) Aumento de Capital: Los socios de común acuerdo aumentan el capital en la cantidad de doscientos quince millones de pesos, de los cuales ciento sesenta y ocho millones ochocientos veinte mil novecientos cincuenta y siete pesos son provenientes de las utilidades del ejercicio del año dos mil veinte, y la cantidad de cuarenta y seis millones ciento setenta y nueve mil cuarenta y tres pesos provienen de “revalorización del capital propio”, por lo tanto, en virtud de esto se aumenta el capital social, actualmente de SETECIENTOS NOVENTA MILLONES DE PESOS, a la suma MIL CINCO MILLONES DE PESOS incremento que no proviene de aportes, si no que proviene de utilidades de la sociedad correspondiente al año dos mil veinte, y de revalorización de capital propio, quedando en definitiva un capital social de MIL CINCO MILLONES DE PESOS. Dos) Cesión de Derechos: Por el presente instrumento, don GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO, quien es actualmente titular dueño del OCHENTA POR CIENTO de participación en el capital de la SOCIEDAD CONSTRUCTORA SANTA FE LIMITADA, y con el consentimiento expreso del otro socio, vende, cede y transfiere el TREINTA Y SIETE COMA CINCO POR CIENTO de sus derechos sociales, que representan el TREINTA POR CIENTO del capital social de dicha sociedad, a don GASTON GABRIEL DE LAIRE CERDA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, por un valor total de TRESCIENTOS UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS. El cedente, don GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO, y el cesionario, don GASTON GABRIEL DE LAIRE CERDA, acuerdan por este acto que el precio de la cesión aquí convenida se compensa, en parte, con el crédito que don GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO adeuda a don GASTON GABRIEL DE LAIRE CERDA por la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES DE PESOS, crédito que no ha sido pagado hasta la fecha de esta escritura, y que consta en la CLAUSULA SEGUNDA de la escritura de modificación de fecha quince de julio del año dos mil diecinueve y anotada en el repertorio del notario Carlos Alarcón bajo el número cuatro mil cuatrocientos seis guion dos mil diecinueve. El saldo de SESENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS, se pagara por don GASTON GABRIEL DE LAIRE CERDA a don GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO en el plazo de tres años, en tres cuotas iguales. En virtud de lo pactado, el cedente y el cesionario declaran que nada se adeudan por concepto alguno, otorgándose al efecto el más amplio, completo, reciproco e irrevocable finiquito, renunciando expresa y formalmente a toda acción legal, judicial o administrativa que sirva para impugnar en cualquier forma lo estipulado en esta cláusula, comprendiéndose particularmente en la renuncia las acciones resolutorias, indemnizatorias, de evicción, redhibitorias, de inoponibilidad y de cualquier otra naturaleza real o personal, mueble o inmueble. En razón de lo anterior, don GASTON GABRIEL DE LAIRE CERDA, queda con el TREINTA POR CIENTO de participación en el capital social, equivalentes a la suma de TRESCIENTOS UN MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS doña MARIA CRISTINA SECO GONZALEZ, queda con el VEINTE POR CIENTO de participación en el capital social, equivalentes a la suma de DOSCIENTOS UN MILLONES DE PESOS; y don GASTON ADOLFO DE LAIRE SECO, queda con el CINCUENTA POR CIENTO de participación en el capital social, equivalentes a la suma de QUINIENTOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS.- Las modificaciones acordadas, comienzan a regir a contar de la fecha del presente instrumento.- Los comparecientes y socios de la presente sociedad, dejan constancia de que en todo lo no modificado, siguen plenamente vigentes las demás estipulaciones y cláusulas de que dan cuenta los estatutos sociales y sus modificaciones.- Se faculta a portador para inscribir.- Rut de la sociedad 76.253.627-7.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco, a 28 de Octubre del 2022.

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  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD CONSTRUCTORA SANTA FE LIMITADA

    CVE 2665966

  2. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD CONSTRUCTORA SANTA FE LIMITADA

    CVE 2212457

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