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Serrano y Asociados Abogados Consultores SpA

MODIFICACIÓN — Jun 17, 2022

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2022-06-17View PDF (CVE 2145007)

Corporate information

SpA
Luis Thayer Ojeda 166, piso 6

Capital

Total capital

$1.000.000

Shares

1,000

Shareholders (3)

NameParticipation

Andrea Nashla Zalaquett Casanova

Accionista

15.xxx.xxx-4

-

Felipe Andrés Rafael Serrano Marcet

Accionista

15.xxx.xxx-k

-

Cristóbal Daniel Marimón Mourgues

Accionista

15.xxx.xxx-1

-

Official extract text

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público, titular de Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con domicilio en Agustinas N° 1070 segundo piso, certifico: Por escritura pública de fecha de fecha 8 de junio de 2022, Andrea Nashla Zalaquett Casanova, C.I. Nº 15.365.305-4, Felipe Andrés Rafael Serrano Marcet, C.I. Nº 15.385.498-K y Cristóbal Daniel Marimón Mourgues, C.I. Nº 15.783.647-1, todos domiciliados para estos efectos en Luis Thayer Ojeda 166, piso 6, Providencia, modificaron Serrano y Asociados Abogados Consultores SpA, RUT 76.247.430-K, inscrita a fojas 78.424 Nº 54.558 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012, en el siguiente sentido: (I) Se reemplazó íntegramente el artículo quinto de los estatutos por el siguiente: "Artículo Quinto. Capital. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie. El capital no se entenderá modificado de pleno derecho cada vez que la junta de accionistas apruebe el balance del ejercicio, manteniéndose el capital estatutario. En forma previa a efectuar aumentos de capital, no será necesario capitalizar utilidades ni proceder a revalorización alguna." (II) Se reemplazó íntegramente el artículo sexto de los estatutos por el siguiente: "Artículo Sexto. Oferta de compra de acciones. En el caso de que exista más de un accionista, ninguno de ellos podrá ofrecer vender, enajenar o transferir sus acciones o sus derechos a terceros sin el previo consentimiento por escrito de los demás accionistas que representen al menos el diez por ciento de las acciones emitidas con derecho a voto. En cualquiera de todos los casos, los accionistas tendrán el derecho preferente de compra de las acciones y sus derechos del accionista que quisiera ofrecer, vender, enajenar o transferir sus acciones." Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 10 de junio de 2022.

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