Stock company by shares76.236.764-5

3c Ray SpA

MODIFICACIÓN — Aug 12, 2020

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2020-08-12View PDF (CVE 1798120)

Corporate information

SpA
Avenida Irarrázaval número dos mil ochocientos veintiuno, oficina dos cientos catorce
Administration: Representación legal a cargo de un administrador

Capital

Total capital

$900.000

Shares

900

Shareholders (2)

NameParticipation

JAIME ALONSO HENRIQUEZ MATURANA

Accionista

50%

ANGELA CELESTE BARRERA MANRIQUEZ

Accionista

50%

Administrators (1)

Corporate history on record

  1. Incorporation· August 23, 2012

    Se constituye originalmente la sociedad.

  2. Other act· February 28, 2017

    Los estatutos de la sociedad son modificados.

  3. Transfer of rights· August 6, 2020

    María Catalina Estévez Marqués vende el 100% de sus acciones a Jaime Alonso Henriquez Maturana.

    MARÍA CATALINA ESTÉVEZ MARQUÉS · JAIME ALONSO HENriquez MATURANA

  4. Transfer of rights· August 6, 2020

    Camila Belén Figueroa Navarro vende el 50% de sus acciones a Jaime Alonso Henriquez Maturana y el 50% a Angela Celeste Barrera Manriquez.

    CAMILA BELÉN FIGUEROA NAVARRO · JAIME ALONSO HENRIQUEZ MATURANA · ANGELA CELESTE BARRERA MANRIQUEZ

  5. Transfer of rights· August 6, 2020

    Catalina Alejandra Ortega Schettino vende el 100% de sus acciones a Angela Celeste Barrera Manriquez.

    CATALINA ALEJANDRA ORTEGA SCHETTINO · ANGELA CELESTE BARRERA MANRIQUEZ

  6. Change of administrator· August 6, 2020

    Jaime Alonso Henriquez Maturana asume la administración y representación legal de la sociedad.

    JAIME ALONSO HENRIQUEZ MATURANA

Official extract text

GUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Suplente de la 48 Notaría Santiago, Avenida Apoquindo 3.076, oficina 601, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 06 de Agosto de 2020, Repertorio 6.094/2020, ante mí: doña MARÍA CATALINA ESTÉVEZ MARQUÉS, chilena, cirujano dentista, casada, y separada totalmente de bienes, domiciliada en Avenida Irarrázaval número dos mil ochocientos veintiuno, oficina dos cientos catorce, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; doña CAMILA BELÉN FIGUEROA NAVARRO, chilena, cirujano dentista, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada en Avenida Irarrázaval número dos mil ochocientos veintiuno, oficina dos cientos catorce, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; doña CATALINA ALEJANDRA ORTEGA SCHETTINO, chilena, cirujano dentista, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada en Avenida Irarrázaval número dos mil ochocientos veintiuno, oficina dos cientos catorce, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; don JAIME ALONSO HENRIQUEZ MATURANA, de nacionalidad chilena, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero en informática, domiciliado en Llico número mil sesenta y siete, departamento ciento veintiuno, comuna de San Miguel, Región Metropolitana de Santiago, y doña ANGELA CELESTE BARRERA MANRIQUEZ, de nacionalidad chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, cirujano dentista, con domicilio en calle Llico número mil sesenta y siete departamento ciento veintiuno, comuna San Miguel, Región Metropolitana, modificaron la participación accionaria de la Sociedad “3C RAY SpA”. RUT 76.236.764-5; ANTECEDENTES. 1) La Sociedad fue constituida por instrumento privado de fecha veintitrés de agosto del año dos mil doce, otorgado en la notaria de Santiago de don Patricio Raby Benavente, y protocolizado bajo el Repertorio número diez mil ochocientos noventa y dos del año dos mil doce. Un extracto de dicho instrumento fue inscrito a fojas cincuenta y nueve mil ochocientos cuarenta y dos número cuarenta y un mil seiscientos cincuenta y nueve del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil doce y publicado en el Diario Oficial con fecha veintinueve de agosto del año dos mil doce. 2) Los Estatutos de la Sociedad fueron modificados escritura pública de fecha veintiocho de febrero de dos mil diecisiete, Repertorio número dos mil doscientos setenta, otorgada en la Notaría de Santiago de don Humberto Santelices Narducci, un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas veinticinco mil seiscientos veintiséis número catorce mil doscientos veintitrés del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil diecisiete y publicado en el Diario Oficial con fecha veintisiete de marzo de dos mil diecisiete. VENTA DE LAS ACCIONES DE LA SOCIEDAD. Uno. i.- Por el presente acto, doña María Catalina Estévez Marqués, vende, cede y trasfiere a don JAIME ALONSO HENRIQUEZ MATURANA, quien compra, acepta y adquiere para sí, trescientas Acciones de la Sociedad y que representan el cien por ciento de las Acciones que la vendedora es titular, en los términos y condiciones que por el presente instrumento se convienen y que más adelante se detallarán, ii.- El precio único y total de la venta de las Acciones de la Sociedad, es la suma de nueve millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos, esto es treinta y dos mil doscientos veintidós pesos por cada una de las Acciones que se venden por el presente instrumento. Dos. i.- Por el presente acto, doña Camila Belén Figueroa Navarro, vende, cede y trasfiere a don JAIME ALONSO HENRIQUEZ MATURANA quien compra, acepta y adquiere para sí, ciento cincuenta Acciones de la Sociedad y que representan el cincuenta por ciento de las Acciones que la vendedora es titular, en los términos y condiciones que por el presente instrumento se convienen y que más adelante se detallarán, ii.- El precio único y total de la venta de las Acciones de la Sociedad, es la suma de cuatro millones ochocientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos, esto es treinta y dos mil doscientos veintidós pesos por cada una de las Acciones que se venden por el presente instrumento, iii.- Por el presente acto, doña Camila Belén Figueroa Navarro, vende, cede y trasfiere a doña ANGELA CELESTE BARRERA MANRIQUEZ quien compra, acepta y adquiere para sí, ciento cincuenta Acciones de la Sociedad y que representan el cincuenta por ciento de las Acciones que la vendedora es titular, en los términos y condiciones que por el presente instrumento se convienen y que más adelante se detallarán, iv.- El precio único y total de la venta de las Acciones de la Sociedad, es la suma de cuatro millones ochocientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos, esto es treinta y dos mil doscientos veintidós pesos por cada una de las Acciones que se venden por el presente instrumento . Tres. i.- Por el presente acto, doña Catalina Alejandra Ortega Schettino, vende cede y trasfiere a doña ANGELA CELESTE BARRERA MANRIQUEZ, quien compra, acepta y adquiere para sí, trescientas Acciones de la Sociedad y que representan el cien por ciento de las Acciones que la vendedora es titular, en los términos y condiciones que por el presente instrumento se convienen y que más adelante se detallarán, ii.- El precio único y total de la venta de las Acciones de la Sociedad, es la suma de nueve millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos, esto es treinta y dos mil doscientos veintidós pesos por cada una de las Acciones que se venden por el presente instrumento. Cuatro. i.- Con todo, y en razón de lo dispuesto en las cláusulas anteriores, la sociedad actualmente queda definitivamente conformada por los siguientes accionistas, y con la proporción de acciones en dominio que a continuación se indica: a) don JAIME ALONSO HENRIQUEZ MATURANA, con la cantidad de cuatrocientos cincuenta acciones en dominio, correspondiente al cincuenta por ciento del capital social y cincuenta por ciento de las utilidades sociales; b) doña ANGELA CELESTE BARRERA MANRIQUEZ, con la cantidad de cuatrocientos cincuenta acciones en dominio, correspondiente al cincuenta por ciento del capital social y cincuenta por ciento de las utilidades sociales CAPITAL: $900.000. MODIFICACIÓN REPRESENTANTE LEGAL: La Administración de la Sociedad estará a cargo de don JAIME ALONSO HENRIQUEZ MATURANA quien anteponiendo a su firma el nombre o razón social representará a la sociedad con las mas amplias facultades, obligándola válidamente en toda clase de actos y contratos. En todo lo no modificado queda vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones constan escritura extractada. SANTIAGO, 07 de Agosto de 2020.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    3C RAY SpA

    CVE 1798120

Corporate relationships

CompanyPersonDiario OficialFormer relationship (ended)