Individual limited liability company76.232.888-7

Inmobiliaria Ute Henker Empresa Individual De Responsabilidad Limitada

MODIFICACIÓN — Apr 5, 2018

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2018-04-05View PDF (CVE 1376608)

Corporate information

SpA
San Pedro de la Paz, Biobío

Capital

Total capital

$130.470.000

Paid-in capital

$130.470.000

Pending capital

$0

Shares

13,047

Shareholders (1)

NameParticipation

ROSEMARIE UTE HENKER

Accionista

10.xxx.xxx-5

100%

Corporate history on record

  1. Incorporation· June 25, 2012

    Se constituye Inmobiliaria Ute Henker Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.

    ROSEMARIE UTE HENKER

  2. Transformation· October 31, 2017

    La empresa se transforma en Inmobiliaria Ute Henker Sociedad por Acciones.

    ROSEMARIE UTE HENKER

Official extract text

Ramón García Carrasco, Notario Público Titular de Concepción, Rengo 444, certifica: por escritura pública de esta fecha 28/03/2018 ante mí, doña ROSEMARIE UTE HENKER, alemana, ingeniería electrónica, soltera, cédula de identidad para extranjeros diez millones noventa y nueve mil doscientos cuarenta y ocho guión cinco, domiciliada en San Pedro de la Paz, callejón Lagunillas Alto mil ochocientos setenta, saneo sociedad INMOBILIARIA UTE HENKER SOCIEDAD POR ACCIONES, RUT N°76.232.888-7, que en su origen fue INMOBILIARIA UTE HENKER EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, constituida por escritura pública de veinticinco de junio del año dos mil doce, ante el notario de Concepción, Ernesto Valenzuela Norambuena, inscrito extracto en el Registro de Comercio de San Pedro de la Paz del año dos mil doce a fojas doscientos sesenta y uno número doscientos siete, y publicada en el diario oficial con fecha treinta de junio del año dos mil doce, esta sociedad fue transformada, en la sociedad INMOBILIARIA UTE HENKER SOCIEDAD POR ACCIONES, por escritura pública de fecha treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete, otorgada ante el notario público de Concepción, Ramón García Carrasco. Transformación cuyo extracto se inscribió a fojas doscientos cuarenta, número ciento setenta y cuatro, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de San Pedro de la Paz, correspondiente al año dos mil diecisiete, y publicado en el Diario Oficial de fecha siete de noviembre del año dos mil diecisiete. Por el presente acto, su única accionista, cumpliendo con los requisitos de la Ley N°19.499 viene en practicar saneamiento de la escritura de fecha treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete antes referida, en lo referente al capital social expresado, por lo que en su cláusula quinta, debe decir: “El capital de la sociedad asciende a la cantidad única y total de ciento treinta millones cuatrocientos setenta mil pesos, dividido en trece mil cuarenta y siete acciones nominativas, sin valor nominal, de una sola serie, sin privilegios, o preferencias de ninguna clase, y todas de igual valor, esto es diez mil pesos cada una de ellas. Las acciones serán nominativas y su suscripción así como el precio de colación de cada una de ellas y la forma de pago de la suscripción, deberán constar por escrito. Queda autorizada la sociedad para que la emisión de acciones se haga sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El Registro de Accionistas será llevado en la forma que autoriza el artículo cuatrocientos treinta y uno del Código de Comercio, y le serán aplicables supletoriamente las normas que la Ley dieciocho mil cuarenta y seis y su reglamento establecen para el Registro de Accionistas. Sólo se tendrá como accionista de la sociedad a quienes aparezcan inscritos como tales en el respectivo Registro de Accionistas de la sociedad. A la sociedad no le corresponde pronunciarse sobre la transferencia de acciones y estará obligada a inscribir, sin más trámites, los traspasos que se le presenten siempre que éstos se ajusten a las formalidades mínimas que prescribe el Reglamento y a las siguientes disposiciones de estos Estatutos: en los traspasos de acciones deberá constar la declaración del cesionario en el sentido que conoce la normativa legal que regula este tipo social, el estatuto social y la protección que en ellos puedan o no existir respecto del interés de los accionistas.” Y, asimismo en su Artículo Primero Transitorio, debe decir: “El capital social pactado de CIENTO TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL PESOS se suscribió y pagó por la constituyente en su totalidad”. En lo no modificado queda vigente pacto social original.- Concepción, abril 2 de 2018.

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    INMOBILIARIA UTE HENKER EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

    CVE 1376608

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