Transportes Matias Limitada
Diario Oficial
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LUIS ANTONIO PINO ALCALLA, Notario Suplente del Titular don RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, para la Notaria de Molina y Sagrada Familia, con oficio en calle Independencia N° 2001, de la Comuna de Molina: Por escritura Pública de fecha 12 de Febrero del año 2021 Repertorio N° 138-2021 ante el Notario Titular: BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN y ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN, domiciliados en Molina, los comparecientes vienen en complementar escritura de SANEAMIENTO DE RATIFICACION, SANEAMIENTO Y MODIFICACION DE SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTES MATIAS LIMITADA, repertorio N°139/2021 de esta misma notaría de fecha 12 de Febrero del año 2021: PRIMERO: Mediante el presente instrumento público los comparecientes vienen en complementar la escritura pública expresada anteriormente, en la siguiente forma: “CLAUSULA PRIMERA: “La inscripción de constitución de la sociedad COMERCIAL DE TRANSPORTES MATIAS LIMITADA, rut 76.215.856-6, fue inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Molina a fojas 32, número 27 del año 2012”.-SEGUNDO: En todo lo demás continúan vigentes las estipulaciones de la escritura pública suscrita Repertorio número 139 del año 2021, otorgada ante el Notario Público de Molina don RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA.- Demás estipulaciones en escritura extractada en Molina a 09 de Marzo 2021.-
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Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN Socio | - | - | - |
Administrators (1)
Official extract text
RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Notario Público de Molina con oficio en calle Independencia 2001 comuna de Molina, certifico que con fecha 12 de enero del año 2021, ante mí, se redujo a escritura pública lo siguiente: BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN y ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN todos domiciliados para estos efectos en Calle Libertad número 1279, comuna de Molina, modificaron sociedad denominada SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTES MATIAS LIMITADA, rut 76.215.856-6, cuya constitución se inscribió a fojas 32 número 27 del año 2012, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Molina. Modificación consiste en que la Administración, Representación Legal de la Sociedad y el Uso de la Razón Social y del nombre de fantasía, que se señala en el artículo quinto del pacto social corresponderá única y exclusivamente a BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ. En lo no modificado escritura de constitución se mantiene idénticos términos. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Molina, a 13 de enero 2021.
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Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Alejandro Esteban Rojas Oyarzun Socio | - | - | - |
Administrators (1)
Corporate history on record
- Other act· January 31, 2019
Se otorgó la ratificación, saneamiento y modificación de la sociedad.
Bercy del Carmen Oyarzun Díaz · Andrea Macarena Rojas Oyarzun · Alejandro Esteban Rojas Oyarzun
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RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Notario Público Títular de Molina y Sagrada Familia, con oficio en calle Indepoendencia N° 2001, de la Comuna de Molina: Por escritura Pública de fecha 12 de Febrero del año 2021 ante mí, BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN y ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN, domiciliados en Molina, los comparecientes vienen en sanear la RATIFICACION, SANEAMIENTO Y MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTES SAN MARTIN LIMITADA, rut 76.215.856-6, de acuerdo a lo preceptuado por la ley 19.499.- PRIMERO: Mediante escritura pública de fecha 31 de Enero del año 2019, repertorio 115/2019, suscrita en la Notaría de RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Notario Público de Molina, BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN, ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN, procedieron a suscribir escritura pública de RATIFICACION, SANEAMIENTO Y MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTES SAN MARTIN LIMITADA, el extracto se publicó en el Diario Oficial Nº42.280 de fecha 14 de Febrero de 2019.- SEGUNDO.-Mediante el presente instrumento público, los comparecientes vienen en sanear y subsanar un error de digitación de la escritura pública de RATIFICACION, SANEAMIENTO Y MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTES SAN MARTIN LIMITADA, la cual en su cláusula cuarta, y por un error involuntario de digitación, señala lo siguiente: “por este acto los comparecientes en esta escritura pública vienen en dejar constancia que la administración social continua y queda radicada en doña Bercy del Carmen Oyarzun Díaz C.I. 8.781.399-1”. Tal y como lo señala el artículo 9 inciso final de la ley de saneamiento de sociedades N° 19.499: “Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso primero, en cualquier momento podrán subsanarse estos errores mediante escritura pública suscrita por alguna de las personas a que se refiere el artículo 3°, letra a), inciso segundo, o alguno de los administradores de la sociedad.”, es por lo antes expuesto es que por este acto venimos en sanear y subsanar un error de digitación que afecta a la escritura pública de RATIFICACION, SANEAMIENTO Y MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTES SAN MARTIN LIMITADA, en el sentido de señalar expresamente que en la cláusula cuarta debiese decir lo siguiente: “por este acto los comparecientes en esta escritura pública vienen, de común acuerdo, en señalar que la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad le corresponderá al socio doña Bercy del Carmen Oyarzun Díaz C.I. 8.781.399-1.- TERCERO.- En todo lo demás la escritura señalada en el número anterior, queda plenamente vigente.- CUARTO.- La escritura social mencionada en esta escritura de saneamiento, no se inserta por ser conocida del compareciente.- QUINTO.- Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura pública para requerir y firmar las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que sean procedentes.- Demás estipulaciones en escritura extractada en Molina a 18 de febrero 2021.
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Administrators (1)
Corporate history on record
- Other act· January 31, 2019
Se otorgó escritura pública de ratificación, saneamiento y modificación de la sociedad.
Bercy del Carmen Oyarzun Díaz · Andrea Macarena Rojas Oyarzun · Alejandro Esteban Rojas Oyarzun
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RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Notario Público Titular de Molina y Sagrada Familia, con oficio en calle Independencia N° 2001, de la Comuna de Molina: Por escritura Pública de fecha 12 de Febrero del año 2021 ante mí, BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN y ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN, domiciliados en Molina, los comparecientes vienen en sanear la RATIFICACION, SANEAMIENTO Y MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTES SAN MARTIN LIMITADA, rut 76.215.856-6, de acuerdo a lo preceptuado por la ley 19.499.- PRIMERO: Mediante escritura pública de fecha 31 de Enero del año 2019, repertorio 115/2019, suscrita en la Notaría de RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Notario Público de Molina, BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN, ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN, procedieron a suscribir escritura pública de RATIFICACION, SANEAMIENTO Y MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTES SAN MARTIN LIMITADA, el extracto se publicó en el Diario Oficial Nº42.280 de fecha 14 de Febrero de 2019.- SEGUNDO.-Mediante el presente instrumento público, los comparecientes vienen en sanear y subsanar un error de digitación de la escritura pública de RATIFICACION, SANEAMIENTO Y MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTES SAN MARTIN LIMITADA, la cual en su cláusula cuarta, y por un error involuntario de digitación, señala lo siguiente: “por este acto los comparecientes en esta escritura pública vienen en dejar constancia que la administración social continua y queda radicada en doña Bercy del Carmen Oyarzun Díaz C.I. 8.781.399-1”. Tal y como lo señala el artículo 9 inciso final de la ley de saneamiento de sociedades N° 19.499: “Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso primero, en cualquier momento podrán subsanarse estos errores mediante escritura pública suscrita por alguna de las personas a que se refiere el artículo 3°, letra a), inciso segundo, o alguno de los administradores de la sociedad.”, es por lo antes expuesto es que por este acto venimos en sanear y subsanar un error de digitación que afecta a la escritura pública de RATIFICACION, SANEAMIENTO Y MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTES SAN MARTIN LIMITADA, en el sentido de señalar expresamente que en la cláusula cuarta debiese decir lo siguiente: “por este acto los comparecientes en esta escritura pública vienen, de común acuerdo, en señalar que la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad le corresponderá al socio doña Bercy del Carmen Oyarzun Díaz C.I. 8.781.399-1.- TERCERO.- En todo lo demás la escritura señalada en el número anterior, queda plenamente vigente.- CUARTO.- La escritura social mencionada en esta escritura de saneamiento, no se inserta por ser conocida del compareciente.- QUINTO.- Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura pública para requerir y firmar las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que sean procedentes.- Demás estipulaciones en escritura extractada en Molina a 18 de febrero 2021.
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Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | - | - |
Socio | - | - | - |
Alejandro Esteban Rojas Oyarzun Socio | - | - | - |
Administrators (1)
Corporate history on record
- Other act· January 31, 2019
Se otorgó escritura pública de ratificación, saneamiento y modificación de la sociedad.
Bercy del Carmen Oyarzun Diaz · Andrea Macarena Rojas Oyarzun · Alejandro Esteban Rojas Oyarzun
Official extract text
RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Notario Público de Molina y Sagrada Familia, con oficio en calle Independencia N° 2001, de la Comuna de Molina: Por escritura Pública de fecha 12 de Febrero del año 2021 ante mí, BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN y ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN, domiciliados en Molina, los comparecientes vienen en sanear la RATIFICACION, SANEAMIENTO Y MODIFICACIÓN DE COMERCIAL DE TRANSPORTES MATIAS LIMITADA, rut 76.215.856-6, de acuerdo a lo preceptuado por la ley 19.499.- PRIMERO: Mediante escritura pública de fecha 31 de Enero del año 2019, repertorio 114/2019, suscrita en la Notaría de RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Notario Público de Molina, BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN, ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN, procedieron a suscribir escritura pública de RATIFICACION, SANEAMIENTO Y MODIFICACIÓN DE COMERCIAL DE TRANSPORTES MATIAS LIMITADA, el extracto se publicó en el Diario Oficial Nº42.280 de fecha 14 de Febrero de 2019.- SEGUNDO.-Mediante el presente instrumento público, los comparecientes vienen en sanear y subsanar un error de digitación de la escritura pública de RATIFICACION, SANEAMIENTO Y MODIFICACIÓN DE COMERCIAL DE TRANSPORTES MATIAS LIMITADA, la cual en su cláusula cuarta, y por un error involuntario de digitación, señala lo siguiente: “por este acto los comparecientes en esta escritura pública vienen en dejar constancia que la administración social continua y queda radicada en doña Bercy del Carmen Oyarzun Díaz C.I. 8.781.399-1”. Tal y como lo señala el artículo 9 inciso final de la ley de saneamiento de sociedades N° 19.499: “Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso primero, en cualquier momento podrán subsanarse estos errores mediante escritura pública suscrita por alguna de las personas a que se refiere el artículo 3°, letra a), inciso segundo, o alguno de los administradores de la sociedad.”, es por lo antes expuesto es que por este acto venimos en sanear y subsanar un error de digitación que afecta a la escritura pública de RATIFICACION, SANEAMIENTO Y MODIFICACIÓN DE COMERCIAL DE TRANSPORTES MATIAS LIMITADA, en el sentido de señalar expresamente que en la cláusula cuarta debiese decir lo siguiente: “por este acto los comparecientes en esta escritura pública vienen, de común acuerdo, en señalar que la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad le corresponderá al socio doña Bercy del Carmen Oyarzun Díaz C.I. 8.781.399-1.- TERCERO.- En todo lo demás la escritura señalada en el número anterior, queda plenamente vigente.- CUARTO.- La escritura social mencionada en esta escritura de saneamiento, no se inserta por ser conocida del compareciente.- QUINTO.- Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura pública para requerir y firmar las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que sean procedentes.- Demás estipulaciones en escritura extractada en Molina a 18 de febrero 2021.
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- MODIFICACIÓN
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CVE 1908827
- MODIFICACIÓN
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CVE 1904580
- MODIFICACIÓN
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CVE 1902452
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTES SAN MARTIN LIMITADA
CVE 1902437
- MODIFICACIÓN
Sociedad Comercial de Transportes San Martín Limitada
CVE 1902456
