Asesorías Y Servicios Exclamación Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
ROCÍO MARIANELLA RAMÍREZ ELGUETA Socio 16.xxx.xxx-0 | 16.xxx.xxx-0 | 99% | - |
MANUEL SALOMÓN GUILLÉN ARRIAGADA Socio 15.xxx.xxx-6 | 15.xxx.xxx-6 | 1% | - |
Corporate history on record
- Incorporation· March 23, 2012
Se constituye ASESORÍAS Y SERVICIOS EXCLAMACIÓN LIMITADA, de nombre de fantasía EXCLAMACIÓN LTDA.
- Other act· March 23, 2012
La sociedad se inscribe y publica su extracto de constitución.
- Other act· September 24, 2013
La sociedad es modificada mediante escritura pública.
- Other act· May 5, 2014
La sociedad es modificada mediante escritura pública.
- Other act· October 7, 2015
La sociedad es modificada mediante escritura pública.
- Other act· January 12, 2017
La sociedad es modificada y quedan como únicos socios Rocío Marianella Ramírez Elgueta y Karol Jesús Lucero Venegas.
ROCÍO MARIANELLA RAMÍREZ ELGUETA · KAROL JESÚS LUCERO VENEGAS
- Transfer of rights· February 27, 2018
Karol Jesús Lucero Venegas cede la totalidad de sus derechos sociales: 32% a Rocío Marianella Ramírez Elgueta y 1% a Manuel Salomón Guillén Arriagada, quien ingresa como nuevo socio.
KAROL JESÚS LUCERO VENEGAS · ROCÍO MARIANELLA RAMÍREZ ELGUETA · MANUEL SALOMÓN GUILLÉN ARRIAGADA
Official extract text
VIVIANA FIGUEROA JIMENEZ, Notario Público Suplente del Titular Santiago don ARMANDO ULLOA CONTRERAS, con oficio en Lo Barnechea, Av. La Dehesa 1450, local 15 A 2, Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí: Doña ROCÍO MARIANELLA RAMÍREZ ELGUETA, chilena, casada con separación de bienes, ingeniero comercial, C.I 16.366.729-0, domiciliada en Magnare N° 1540, oficina 404, comuna de Providencia; Don KAROL JESÚS LUCERO VENEGAS, chileno, soltero, comunicador, C.I 16.553.733-5, domiciliado en Américo Vespucio Norte N° 22, departamento 2602, comuna Las Condes, y don MANEL SALOMÓN GUILLÉN ARRIAGADA, chileno, casado con separación de bienes, publicista, C.I 15.925.600-6, domiciliado en Avenida Simón Bolívar N° 3192, comuna de Maipú. EXPONEN: ANTECEDENTES: A) Que mediante escritura pública de fecha 23/03/2012, ante don Gonzalo Sergio Mendoza Guíñez, Notario Público Suplente de doña Antonieta Mendoza Escalas Notario titular de la décima sexta Notaría y Conservador de Minas de Santiago, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada ASESORÍAS Y SERVICIOS EXCLAMACIÓN LIMITADA , la que gira con el nombre de fantasía “EXCLAMACIÓN LTDA.”, RUT 76.205.842-1, cuyo extracto se inscribió a fojas 20.609, N° 14.414 del año 2012 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición de fecha 30/03/2012; B) Modificada con fecha 24/09/2013, ante don Carlos Armando Contreras Fuentes, Notario Público Suplente de la Titular de la Quincuagésima Notaria de Santiago doña Nelly Dunlop Rudolffi, repertorio1706, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 74.524, N° 49.175 del año 2013, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición de fecha de 10/10/2013; C) Modificada con fecha 05/05/2014, ante doña Nelly Dunlop Rudolffi, Notario Público titular de la Quincuagésima Notaria de Santiago, repertorio 542, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 36.856, N° 22.989 del año 2014, y se publicó en el Diario Oficial de la Republica de Chile, en su edición de fecha 19/06/2014; D) Modificada con fecha 07/10/2015, ante doña Claudia Marcela Gómez Lucarez, Notaria pública titular de la quincuagésima notaria de Santiago, repertorio 1.639, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 76.030, N° 44.391, del año 2015, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile en su edición de fecha 05/11/2015; E) Modificada con fecha 12/01/2017, don Armando Ulloa Contreras, Notario público titular de Santiago, repertorio 161, cuyo extracto se inscribió en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 12.595, N° 7.018 del año dos 2017, y se público en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición de fecha 09/02/2017, quedando como únicos socios doña ROCÍO MARIANELLA RAMÍREZ ELGUETA y don KAROL JESÚS LUCERO VENEGAS, en adelante “la sociedad”; MODIFICACIÓN. Por este instrumento don KAROL JESÚS LUCERO VENEGAS, con la anuencia de los demás socios, se retira de la sociedad, vendiendo, cediendo y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 33% de los derechos sociales, de la siguiente forma: a.- El 32% a la socia doña ROCÍO MARIANELLA RAMÍREZ ELGUETA, quien compra y acepta para sí, en la suma de $3.000.000, que el cesionario paga al cedente, en este acto, al contado y en dinero en efectivo, declarando este ultimo haber recibido dicha cantidad a su entera satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago, b.- Y 1% a quién ingresa como nuevo socio, don MANUEL SALOMÓN GUILLÉN ARRIAGADA, quien compra y acepta para sí, en la suma de $100.000, que el cesionario paga al cedente, en este acto, al contado y en dinero en efectivo, declarando este ultimo haber recibido dicha cantidad a su entera satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago. CUMPLIMIENTO. Que los socios, dan cumplimiento a la clausula quinta de la segunda modificación de la sociedad, en lo relativo a que al haber ingreso de un nuevo socio, este ingreso debe ser aprobado por escrito por la mayoría simple de los socios de la Sociedad respecto del porcentaje que tienen en el capital social, aprobando de forma unánime el ingreso del nuevo socio don MANUEL SALOMÓN GUILLÉN ARRIAGADA, constando este acto, como aprobación suficiente por escrita para el ingreso. Como consecuencia de la venta y cesión señalada en la cláusula segunda la sociedad queda conformada por las personas y porcentajes siguientes: a.- Doña ROCÍO MARIANELLA RAMÍREZ ELGUETA, queda con una participación equivalente al noventa y nueve por ciento del capital social, y b.- Don MANUEL SALOMÓN GUILLÉN ARRIAGADA, queda con una participación equivalente a uno por ciento del capital social. Las modificaciones referidas en este instrumento regirán desde la fecha de la presente escritura. En todo lo no modificado por el presente instrumento, sigue vigente el contrato social primitivo, ya señalado. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Santiago, 27 de febrero de 2018.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
ASESORÍAS Y SERVICIOS EXCLAMACIÓN LIMITADA
CVE 1376588
