Limited liability company76.192.506-7

Negrete Portaccio Arquitectura Y Construcción Limitada

MODIFICACIÓN — Dec 23, 2021

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2021-12-23View PDF (CVE 2061153)

Corporate information

Ltda

Shareholders (2)

NameParticipation

EDUARDO ANDRES NEGRETE GALAZ

Socio

12.xxx.xxx-3

90%

MARÍA ROCÍO VALENZUELA VITERI

Socio

15.xxx.xxx-5

10%

Corporate history on record

  1. Incorporation· May 30, 2012

    Se constituye la sociedad Negrete Portaccio Arquitectura y Construcción Limitada.

    CLAUDIA LORENA NEGRETE GALAZ · PIER ALEXANDRO PORTACCIO GUZMAN · EDUARDO ANDRES NEGRETE GALAZ · MARIA ROCIO VALENZUELA VITERI

  2. Transfer of rights· November 9, 2021

    Claudia Lorena Negrete Galaz cede el 100% de sus derechos a Eduardo Andres Negrete Galaz y Pier Alexandr[o] Portaccio Guzman cede sus derechos a Eduardo Andres Negrete Galaz y María Rocío Valenzuela Viteri.

    CLAUDIA LORENA NEGRETE GALAZ · PIER ALEXANDRO PORTACCIO GUZMAN · EDUARDO ANDRES NEGRETE GALAZ · MARIA ROCIO VALENZUELA VITERI

  3. Name change· November 9, 2021

    La sociedad cambia su nombre a Constructora Florencia Limitada.

Official extract text

Andrés Felipe Rietourd Alvarado, Notario Público, Titular 36° Notaria de Santiago, con oficio en La Concepción n°65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, rectifica extracto de modificación de sociedad “NEGRETE PORTACCIO ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA”, rol único tributario n° 76.192.506-7, por escritura 09 de noviembre del 2021, publicada Diario Oficial N°43.117 de fecha 01 de diciembre del año 2021. Dicha publicación contiene la omisión de señalar la nueva participación de los socios en virtud de la cesión de derechos y modificación, por ello a fin de rectificar y dar cuenta de aquello, se debe entender de la manera que sigue el extracto de la modificación de sociedad, “Andrés Felipe Rietourd Alvarado, Notario Público, Titular 36° Notaria de Santiago, con oficio en La Concepción n°65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifica por escritura pública de 9 de noviembre del año 2021, ante mí, CLAUDIA LORENA NEGRETE GALAZ, chilena, casada, de profesión arquitecto, cédula nacional de Identidad número 11.836.130-K, don PIER ALEXANDRO PORTACCIO GUZMAN, español, casado, de profesión Arquitecto, cédula de identidad extranjeros número 23.739.645-6 ambos domiciliados en Los Molinos ochocientos setenta y dos de la comuna de Vitacura; y don EDUARDO ANDRES NEGRETE GALAZ, chileno, de profesión Arquitecto, cedula nacional de identidad 12. 046.838-3 y MARIA ROCIO VALENZUELA VITERI, chilena casada y separada de bienes, periodista, cédula nacional de identidad número 15.376.456-5, ambos domiciliados en calle Celestina número 10542 comuna de Santiago, modificaron sociedad responsabilidad limitada NEGRETE PORTACCIO ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA, rut 76.192.506-7, sociedad fue constituida por escritura pública otorgada ante el Notario de Santiago, don Alberto Mozo Aguilar, con fecha 30 de mayo del año 2012, inscribiéndose su extracto a fojas 38517 número 27135 del Registro de Comercio de Santiago, del año 2012, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y publicado en el Diario Oficial de fecha 13 de junio dos mil 2012, en sentido 1.- CLAUDIA LORENA NEGRETE GALAZ, vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento de la participación social y don PIER ALEXANDRO PORTACCIO GUZMAN, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al treinta y tres coma treinta y tres por ciento de la participación social de la manera que sigue: a) Doña CLAUDIA LORENA NEGRETE GALAZ, vende, cede y transfiere a EDUARDO ANDRES NEGRETE GALAZ, el cien por ciento de los derechos y acciones que le corresponden en la sociedad, quien los compra, acepta y adquiere para sí, el referido porcentajes de participación social y propiedad de la compañía, en la suma de $2.000.000, pagado de contado y en este acto por el cesionario y recibidos por la cedente a su entera y total satisfacción; y b) don PIER ALEXANDRO PORTACCIO GUZMAN, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al treinta y tres coma treinta y tres por ciento de la participación social de la manera que sigue: PIER ALEXANDRO PORTACCIO GUZMAN, vende, cede y transfiere a EDUARDO ANDRES NEGRETE GALAZ, el setenta por ciento de los derechos y acciones que le corresponden en la sociedad y vende, cede y transfiere a doña MARÍA ROCÍO VALENZUELA VITERI, el treinta por ciento de los derechos y acciones que le corresponden en la sociedad, quienes los compran, aceptan y adquieren para sí, los referidos porcentajes de participación social y propiedad de la compañía, en el precio por parte de EDUARDO ANDRES NEGRETE GALAZ, en la suma de $1.400.000 y por parte de MARÍA ROCÍO VALENZUELA VITERI, en la suma de $600.000, respectivamente, pagados de contado y en este acto por los cesionarios y recibidos por la cedente a su entera y total satisfacción. 2.- La participación social en virtud de la modificación de la sociedad es de la siguiente manera EDUARDO ANDRES NEGRETE GALAZ, con el noventa por ciento (90%) de los derechos y acciones en la sociedad y doña MARÍA ROCIO VALENZUELA VITERI, con el diez por ciento (10%) de los derechos y acciones en la sociedad. 3.- Que, el nombre de la sociedad será CONSTRUCTORA FLORENCIA LIMITADA, manteniéndose el rol único tributario de la sociedad y demás estipulaciones contenidas en sus estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 16 diciembre 2021.-

AmendmentDiario Oficial · 2021-12-01View PDF (CVE 2050166)

Corporate information

Ltda
Los Molinos ochocientos setenta y dos
Administration: La administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a EDUARDO ANDRES NEGRETE GALAZ

Shareholders (2)

NameParticipation

EDUARDO ANDRES NEGRETE GALAZ

Socio

12.xxx.xxx-3

66.67%

MARIA ROCIO VALENZUELA VITERI

Socio

15.xxx.xxx-5

33.33%

Administrators (1)

EDUARDO ANDRES NEGRETE GALAZ

12.xxx.xxx-3Administrador

Official extract text

ANDRÉS FELIPE RIETOURD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaria de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 9 de noviembre del año 2021, Repertorio N° 25.930-2021 ante mí, CLAUDIA LORENA NEGRETE GALAZ, chilena, casada, de profesión arquitecto, cédula nacional de Identidad número 11.836.130-K, don PIER ALEXANDRO PORTACCIO GUZMAN, español, casado, de profesión Arquitecto, cédula de identidad extranjeros número 23.739.645-6 ambos domiciliados en Los Molinos ochocientos setenta y dos de la comuna de Vitacura; y don EDUARDO ANDRES NEGRETE GALAZ, chileno, de profesión Arquitecto, cedula nacional de identidad 12. 046.838-3 y MARIA ROCIO VALENZUELA VITERI, chilena casada y separada de bienes, periodista, cédula nacional de identidad número 15.376.456-5, ambos domiciliados en calle Celestina número 10542 comuna de Santiago, modificaron sociedad responsabilidad limitada NEGRETE PORTACCIO ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA, rut 76.192.506-7, inscrita a fojas 38517 número 27135 del Registro de Comercio de Santiago, del año 2012, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y publicado en el Diario Oficial de fecha 13 de junio dos mil 2012, en sentido 1.- CLAUDIA LORENA NEGRETE GALAZ, vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento de la participación social y don PIER ALEXANDRO PORTACCIO GUZMAN, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al treinta y tres coma treinta y tres por ciento de la participación social de la manera que sigue: a) Doña CLAUDIA LORENA NEGRETE GALAZ, vende, cede y transfiere a EDUARDO ANDRES NEGRETE GALAZ, el cien por ciento de los derechos y acciones que le corresponden en la sociedad, quien los compra, acepta y adquiere para sí, el referido porcentajes de participación social y propiedad de la compañía, en la suma de $2.000.000, pagado de contado y en este acto por el cesionario y recibidos por la cedente a su entera y total satisfacción; y b) don PIER ALEXANDRO PORTACCIO GUZMAN, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al treinta y tres coma treinta y tres por ciento de la participación social de la manera que sigue: PIER ALEXANDRO PORTACCIO GUZMAN, vende, cede y transfiere a EDUARDO ANDRES NEGRETE GALAZ, el setenta por ciento de los derechos y acciones que le corresponden en la sociedad y vende, cede y transfiere a doña MARÍA ROCÍO VALENZUELA VITERI, el treinta por ciento de los derechos y acciones que le corresponden en la sociedad, quienes los compran, aceptan y adquieren para sí, los referidos porcentajes de participación social y propiedad de la compañía, en el precio por parte de EDUARDO ANDRES NEGRETE GALAZ, en la suma de $1.400.000 y por parte de MARÍA ROCÍO VALENZUELA VITERI, en la suma de $600.000, respectivamente, pagados de contado y en este acto por los cesionarios y recibidos por la cedente a su entera y total satisfacción. 2.- en sentido que la administración y uso razón social corresponderá exclusivamente a EDUARDO ANDRES NEGRETE GALAZ y 3.- Que, el nombre de la sociedad será CONSTRUCTORA FLORENCIA LIMITADA, manteniéndose el rol único tributario de la sociedad y demás estipulaciones contenidas en sus estatutos. Demás cláusulas constan escritura extractada. Santiago 12 noviembre 2021.

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  1. MODIFICACIÓN

    NEGRETE PORTACCIO ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA

    CVE 2061153

  2. MODIFICACIÓN

    Negrete Portaccio Arquitectura y Construcción Limitada

    CVE 2050166

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