Transportes Cmc Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
giro de su denominación
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 10% | - |
COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA MIANCAFS SpA Socio | - | 90% | - |
Administrators (1)
Legal representation (2)
RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT
Corporate history on record
- Incorporation· November 30, 2011
Se constituyó Transportes CMC Limitada.
- Partner joined· November 23, 2012
La sociedad ingresó nuevas socias.
- Other act· November 8, 2019
Se modificó la sociedad en cuanto a sus socios.
- Transfer of rights· March 4, 2021
Ricardo Antonio Farías Feucht cede el 100% de sus derechos sociales; CMC Administración y Gestión Empresarial SpA cede su participación a Miguel Ángel Carbajal Flores.
RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT · CMC ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL SpA · MIGUEL ANGEL CARBAJAL FLORES
Official extract text
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público, Titular de la 27º Notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: por escritura pública, hoy, ante mí, don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, según se acreditó, químico farmacéutico, por sí y en representación, según se acreditó, de la sociedad CMC ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL SpA, nombre de fantasía CMC SpA, empresa del giro de su denominación, ambos con domicilio en Pasaje Aguirre número 1.158, comuna de Quinta Normal, ciudad de Santiago; y don MIGUEL ÁNGEL CARBAJAL FLORES, de nacionalidad Peruana, divorciado, factor de comercio, por sí y en representación, según se acreditó, de la sociedad MIANCAFS CONSULTORES SpA, hoy COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA MIANCAFS SpA, empresa del giro de su denominación, ambos con domicilio en Avenida 5 de Abril número 4.454, oficina 31, comuna de Estación Central, ciudad de Santiago, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada, “TRANSPORTES CMC LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 30-11-2011.-, otorgada en la Notaría de Santiago, de don Pablo Alberto González Caamaño, cuyo extracto se inscribió a fojas 73.237.-, número 53.558.-, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2011, y se publicó en el Diario Oficial dentro del plazo legal. Con fecha 23-11-2012, mediante escritura pública, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Linda Scarlett Bosch Jiménez, los socios modificaron la sociedad ingresando nuevas socias, cuyo extracto se inscribió a fojas 85.045.-, número 59.543.-, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2012, y se publicó en el Diario Oficial dentro de plazo legal. Con fecha 08-11-2019, mediante escritura pública otorgada ante doña Margarita Moreno Zamorano, Notario Público Interino de la 27º Notaría de Santiago, se modificó la sociedad en cuanto a los socios de la misma, dicha modificación se inscribió en extracto a fojas 90.960.-, número 44.710.-, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019, y se publicó en el Diario Oficial dentro de plazo legal; CESIÓN DE DERECHOS: Uno) don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, vende, cede y transfiere el 100% de su participación o derechos sociales en la sociedad ya individualizada, porcentaje que corresponde al 98,33% de los derechos sociales del cedente en la sociedad ya individualizada, de la siguiente forma: a) el 90% de sus derechos sociales ya señalados en la sociedad a MIANCAFS CONSULTORES SpA, hoy COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA MIANCAFS SpA, quien adquiere, compra y acepta para sí su administrador los derechos sociales antes mencionados; b) el 8,33% de sus derechos sociales ya señalados en la sociedad a don MIGUEL ANGEL CARBAJAL FLORES, quien adquiere, compra y acepta para sí los derechos sociales antes mencionados; Dos) CMC ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL SpA, vende, cede y transfiere a través de su Administrador el 100% de su participación o derechos sociales en la sociedad ya individualizada, porcentaje que corresponde al 1,67% de los derechos sociales del cedente en la sociedad ya individualizada a don MIGUEL ANGEL CARBAJAL FLORES, quien adquiere, compra y acepta para si los derechos sociales antes mencionados; PRECIO: Respecto de la cesión señalada en el número Uno) letra a) anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de USD$135.000.- (ciento treinta y cinco mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica), equivalentes a la fecha del presente instrumento a la suma de $98.621.550.- (noventa y ocho millones seiscientos veintiún mil quinientos cincuenta pesos), suma de dinero pagada con anterioridad a la celebración del presente acto o contrato, respecto de lo cual el cedente declara estar total y absolutamente conforme con el precio acordado y ya pagado sin reclamo alguno que formular al respecto; respecto de la cesión señalada en el número Uno) letra b) anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de USD$12.495.- doce mil cuatrocientos noventa y cinco dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalentes a la fecha del presente instrumento a la suma de $9.127.972,35.- (nueve millones ciento veintisiete mil novecientos setenta y dos coma treinta y cinco pesos), suma de dinero pagada con anterioridad a la celebración del presente acto o contrato, respecto de lo cual el cedente declara estar total y absolutamente conforme con el precio acordado y ya pagado sin reclamo alguno que formular al respecto; respecto de la cesión señalada en el número Dos) anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de USD$2.505.- (dos mil quinientos cinco dólares de los Estados Unidos de Norteamérica), equivalentes a la fecha del presente instrumento a la suma de $1.829.977,65- (un millón ochocientos veintinueve mil novecientos setenta y siete coma sesenta y cinco pesos), suma de dinero pagada con anterioridad a la celebración del presente acto o contrato, respecto de lo cual el cedente declara estar total y absolutamente conforme con el precio acordado y ya pagado sin reclamo alguno que formular al respecto. Como consecuencia de la cesión de derechos que dan cuenta las cláusulas precedentes, se modifica el pacto social en el sentido que los únicos y actuales socios de la sociedad “TRANSPORTES CMC LIMITADA”, son: don MIGUEL ANGEL CARBAJAL FLORES, dueño de un 10% de los derechos sociales; y la sociedad MIANCAFS CONSULTORES SpA, hoy COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA MIANCAFS SpA dueña de un 90% de los derechos sociales; ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Además, los actuales y únicos socios, conforme a lo dispuesto en la cláusula anterior, acuerdan que la administración, representación y uso de la razón social la ejercerá en forma exclusiva el socio don MIGUEL ANGEL CARBAJAL FLORES, conforme a las facultades establecidas en la cláusula quinta de la escritura pública de constitución de sociedad ya citada; NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: Los actuales y únicos socios, conforme a lo dispuesto en la cláusula quinta de la escritura extractada, acuerdan modificar el nombre o razón social de la sociedad, pasando a denominarse como MIANCAFS SPACE LIMITADA. En lo no modificado, siguen plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en pacto social constitutivo. Santiago 04 de Marzo 2021.
Corporate information
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT Socio | - | 98.33% | - |
CMC ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL SpA Socio | - | 1.67% | - |
Administrators (1)
RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT
Legal representation (1)
RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT
Corporate history on record
- Incorporation· November 30, 2011
Constitución de TRANSPORTES CMC LIMITADA.
- Partner joined· November 23, 2012
Se modificó la sociedad ingresando nuevas socias.
- Transfer of rights
MARCELA CONSTANZA FARÍAS LISPERGUIER cede el 100% de su participación; 15% a RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT y 1,67% a CMC ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL SpA.
MARCELA CONSTANZA FARÍAS LISPERGUIER · RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT · CMC ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL SpA
- Transfer of rights
CAMILA ANDREA FARÍAS LISPERGUIER cede el 100% de su participación a RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT.
CAMILA ANDREA FARÍAS LISPERGUIER · RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT
- Transfer of rights
CAROLINA XIMENA FARÍAS LISPERGUIER cede el 100% de su participación a RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT.
CAROLINA XIMENA FARÍAS LISPERGUIER · RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT
Official extract text
Margarita Moreno Zamorano, Abogado Notario Público Interino de la 27º Notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: por escritura de fecha 08/11/2019, Repertorio Nº 21.602/2019, ante mí, Don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, con domicilio para estos efectos en calle Teniente Montt N° 1962, departamento 504, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, por sí y en representación, de la sociedad "CMC ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL SpA”, nombre de fantasía "CMC SpA", esta última con domicilio en Pasaje Aguirre número mil ciento cincuenta y ocho, comuna de Quinta Normal, ciudad de Santiago; doña MARCELA CONSTANZA FARÍAS LISPERGUIER, doña CAMILA ANDREA FARÍAS LISPERGUIER, ambas con domicilio en Parcela N° 142, Condominio Polo 1 Manquehue, Sector Chicureo, comuna de Colina, ciudad de Santiago; y doña CAROLINA XIMENA FARÍAS LISPERGUIER, con domicilio en calle Carlos Antúnez N° 1.869, departamento 208, block 19, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada, “TRANSPORTES CMC LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 30-11-2011.-, otorgada en la Notaría de Santiago, de don Pablo Alberto González Caamaño, cuyo extracto se inscribió a fojas 73.237.-, número 53.558.-, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2011, y se publicó en el Diario Oficial dentro del plazo legal. Con fecha 23-11-2012, mediante escritura pública, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Linda Scarlett Bosch Jiménez, los socios modificaron la sociedad ingresando nuevas socias, cuyo extracto se inscribió a fojas 85.045.-, número 59.543.-, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2012, y se publicó en el Diario Oficial dentro de plazo legal; Cesión de derechos: Uno) doña MARCELA CONSTANZA FARÍAS LISPERGUIER, vende, cede y transfiere el 100% de su participación o derechos sociales en la sociedad ya individualizada, porcentaje que corresponde al 16,67% de los derechos sociales del cedente en la sociedad ya individualizada, de la siguiente forma: a) el 15% de sus derechos sociales ya señalados en la sociedad a don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, quien adquiere, compra y acepta para si los derechos sociales antes mencionados; b) el 1,67% de sus derechos sociales ya señalados en la sociedad a la empresa "CMC ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL SpA”, nombre de fantasía "CMC SpA", quien adquiere, compra y acepta para sí su representante legal los derechos sociales antes mencionados; Dos) doña CAMILA ANDREA FARÍAS LISPERGUIER, vende, cede y transfiere el 100% de su participación o derechos sociales en la sociedad ya individualizada, porcentaje que corresponde al 16,66% de los derechos sociales del cedente en la sociedad ya individualizada a don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, quien adquiere, compra y acepta para si los derechos sociales antes mencionados; y Tres) doña CAROLINA XIMENA FARÍAS LISPERGUIER, vende, cede y transfiere el 100% de su participación o derechos sociales en la sociedad ya individualizada, porcentaje que corresponde al 16,67% de los derechos sociales del cedente en la sociedad ya individualizada a don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, quien adquiere, compra y acepta para si los derechos sociales antes mencionados; Precio: Respecto de la cesión señalada en el número Uno) letra a) de la cláusula anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de $23.500.000.-, y se pagará en la forma estipulada en la escritura extractada, el cedente declara estar total y absolutamente conforme con la forma de pago del precio acordado; respecto de la cesión señalada en el número Uno) letra b) de la cláusula anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de $1.500.000.-, y se pagará en la forma estipulada en la escritura extractada, el cedente declara estar total y absolutamente conforme con la forma de pago del precio acordado; respecto de la cesión señalada en el número Dos) de la cláusula anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de $25.000.000.-, y se pagará en la forma estipulada en la escritura extractada, el cedente declara estar total y absolutamente conforme con la forma de pago del precio acordado; respecto de la cesión señalada en el número Tres) de la cláusula anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de $25.000.000.-, y se pagará en la forma estipulada en la escritura extractada, el cedente declara estar total y absolutamente conforme con la forma de pago del precio acordado. Como consecuencia de la cesión de derechos que dan cuenta las cláusulas precedentes, se modifica el pacto social en el sentido que los únicos y actuales socios de la sociedad “TRANSPORTES CMC LIMITADA”, son: don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, dueño de un 98,33% de los derechos sociales; y la sociedad "CMC ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL SpA”, nombre de fantasía "CMC SpA", dueña de un 1,67% de las derechos sociales; Administración, representación y uso de la razón social: Además, los actuales y únicos socios, conforme a lo dispuesto en la cláusula anterior, acuerdan que la administración, representación y uso de la razón social la seguirá ejerciendo en forma exclusiva el socio don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, conforme a lo establecido en la cláusula quinta de la escritura pública de constitución de sociedad ya citada. En lo no modificado, siguen plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en pacto social constitutivo. Santiago 13 DE Noviembre del 2019.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
TRANSPORTES CMC LIMITADA
CVE 1908200
- MODIFICACIÓN
TRANSPORTES CMC LIMITADA
CVE 1691730
