Arriagada Y Rivas Compañía Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$64.750.000
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
LIDIA ELCIRA ARRIAGADA GONZALEZ Socio | - | 69.19% | - |
RICARDO GABRIEL RIVAS ARRIAGADA Socio | - | 15.4% | - |
VERONICA CECILIA RIVAS ARRIAGADA Socio | - | 15.4% | - |
Administrators (1)
RICARDO GABRIEL RIVAS ARRIAGADA
Corporate history on record
- Incorporation· March 30, 2001
Constitución de ARRIAGADA Y RIVAS COMPAÑÍA LIMITADA.
- Other act· October 17, 2003
Modificación societaria previa no detallada en el extracto.
- Other act· January 30, 2009
Modificación societaria previa no detallada en el extracto.
- Change of administrator· December 19, 2013
Modificación societaria previa con cláusula de administración citada en el extracto.
- Other act· March 17, 2015
Modificación societaria previa no detallada en el extracto.
- Transfer of rights
PEDRO JUAN RIVAS RODRIGUEZ cede la totalidad de sus derechos equivalentes al 33,5% a RICARDO GABRIEL RIVAS ARRIAGADA y VERONICA CECILIA RIVAS ARRIAGADA.
PEDRO JUAN RIVAS RODRIGUEZ · RICARDO GABRIEL RIVAS ARRIAGADA · VERONICA CECILIA RIVAS ARRIAGADA
Official extract text
TEODORO PATRICIO DURAN PALMA, abogado, Notario Público, titular de la 5° Notaría de Talca, domiciliado en Calle 1 Norte N° 888, de la ciudad de Talca, Certifica: Por escritura Pública, suscrita hoy, ante mí Doña LIDIA ELCIRA ARRIAGADA GONZALEZ, don PEDRO JUAN RIVAS RODRIGUEZ, ambos domiciliados en Villa Olavarría, calle 2 Norte casa N° 19 de la comuna de Talca, y; don RICARDO GABRIEL RIVAS ARRIAGADA, domiciliado en Villa Olavarría, calle 2 Norte casa N° 19 de la comuna de Talca; doña VERONICA CECILIA RIVAS ARRIAGADA, y don ALEJANDRO ANTONIO MENDEZ YAÑEZ ambos domiciliados en Longitudinal Sur Km. 275, Las Rosas, comuna de San Javier, modificaron “ARRIAGADA Y RIVAS COMPAÑÍA LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 30/03/2.001, otorgada en la Notaría de Talca, ante el Notario Público don Adolfo Pino Parra, y cuyo extracto se inscribió a fojas 247 número 132 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca correspondiente al año 2001, modificada: A) Por escritura pública de fecha 17/10/2003, suscrita en la Notaría de Talca, ante don Adolfo Pino Parra, y cuyo extracto se inscribió a fojas 1.143 N° 575, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca correspondiente al año 2003, B) Por escritura pública de fecha 30/01/2009, suscrita en la Notaría de Talca, ante don Adolfo Pino Parra, y cuyo extracto se inscribió a fojas 235 N° 106, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca correspondiente al año 2009, C) Por escritura pública de fecha 19/12/2013, suscrita en la Notaría de Talca, ante el Notario interino don Jose Marcelo Adasme Bravo, y cuyo extracto se inscribió a fojas 64 N° 28, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca correspondiente al año 2014, y D) Por escritura pública de fecha 17/03/2015, suscrita en la Notaría de Talca, ante don Luis Alberto Herrera Díaz, Notario Suplente del Titular don Teodoro Durán Palma y cuyo extracto se inscribió a fojas 691 N° 261, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca correspondiente al año 2015. Actualmente con un capital de $64.750.000, en el siguiente sentido: 1) PEDRO JUAN RIVAS RODRIGUEZ, cede la totalidad de sus derechos, equivalentes al 33,5% en partes iguales, a don RICARDO GABRIEL RIVAS ARRIAGADA y doña VERONICA CECILIA RIVAS ARRIAGADA. En consecuencia quedan como únicos socios de la sociedad, doña LIDIA ELCIRA ARRIAGADA GONZALEZ con un 69,19% de los derechos sociales, don RICARDO GABRIEL RIVAS ARRIAGADA y doña VERONICA CECILIA RIVAS ARRIAGADA, ambos con un 15,4% de los derechos sociales respectivamente; y 2) Modifican la cláusula 5° del pacto social reemplazándola por “QUINTO: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio RICARDO GABRIEL RIVAS ARRIAGADA, de manera que, anteponiendo a su firma la razón social antes indicada, representará y obligará a la sociedad judicial y extrajudicialmente, en todos los actos, contratos, convenciones, negocios o gestiones que estime convenientes ejecutar para el mejor cumplimiento de los fines sociales. De esta forma representará a la sociedad con las más amplias facultades que se encuentran sindicadas en la cláusula quinta de la escritura de modificación de la sociedad de fecha diecinueve de diciembre del año dos mil trece, las que se dan por enteramente reproducidas una a una”.- En lo no modificado por el presente instrumento se mantienen vigentes demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Talca, 18 de mayo de 2018.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
ARRIAGADA Y RIVAS COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 1404699
