Alguerno Y Alguerno Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
AURORA DEL CARMEN DIAZ PIZARRO Socio 7.xxx.xxx-2 | 7.xxx.xxx-2 | 60% | $2.400.000 |
Socio 13.xxx.xxx-k | 13.xxx.xxx-k | 40% | $1.000.000 |
Administrators (1)
AURORA DEL CARMEN DIAZ PIZARRO
Corporate history on record
- Transfer of rights· July 4, 2023
ÁLVARO ALEXIS OSSES ALGUERNO cede el 60% de sus derechos sociales a AURORA DEL CARMEN DIAZ PIZARRO.
ÁLVARO ALEXIS OSSES ALGUERNO · AURORA DEL CARMEN DIAZ PIZARRO
- Transfer of rights· July 4, 2023
ÁLVARO ALEXIS OSSES ALGUERNO cede el 15% de sus derechos sociales a RODRIGO AUGUSTO ALGUERNO DIAZ.
ÁLVARO ALEXIS OSSES ALGUERNO · RODRIGO AUGUSTO ALGUERNO DIAZ
- Transfer of rights· July 4, 2023
CARMEN GLORIA ALGUERNO ARAYA cede el total de su participación social a RODRIGO AUGUSTO ALGUERNO DIAZ.
CARMEN GLORIA ALGUERNO ARAYA · RODRIGO AUGUSTO ALGUERNO DIAZ
- Partner withdrew· July 4, 2023
Se retiran ÁLVARO ALEXIS OSSES ALGUERNO y CARMEN GLORIA ALGUERNO ARAYA, quedando como socios AURORA DEL CARMEN DIAZ PIZARRO y RODRIGO AUGUSTO ALGUERNO DIAZ.
ÁLVARO ALEXIS OSSES ALGUERNO · CARMEN GLORIA ALGUERNO ARAYA · AURORA DEL CARMEN DIAZ PIZARRO · RODRIGO AUGUSTO ALGUERNO DIAZ
- Change of administrator· July 4, 2023
La administración pasa a AURORA DEL CARMEN DIAZ PIZARRO, quien actuará anteponiendo su nombre y firma a la razón social.
Official extract text
GLORIA DEL PILAR JÁCOME SEPÚLVEDA, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces de Pirque con oficio en Camino El Llano N°10 Locales 13 y 14, Pirque Certifico que por escritura pública con fecha 04/07/2023, repertorio 413, ante mí, compareció: don ÁLVARO ALEXIS OSSES ALGUERNO, C.I. 16.121.997-5, doña CARMEN GLORIA ALGUERNO ARAYA, C.I. 8.190.192-9, don RODRIGO AUGUSTO ALGUERNO DIAZ. C.I.: 13.700.710-k, doña AURORA DEL CARMEN DIAZ PIZARRO. C.I.: 7.520.962-2, todos domiciliados en Avenida alcalde Hernán Prieto número mil novecientos uno, parcela nueve, Lote tres, comuna de Pirque. Modificaron la sociedad " ALGUERNO Y ALGUERNO LIMITADA", RUT N° 76.159.250-5 inscrita a fojas 28.514 Número 21.165 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2004, en los siguientes términos: a) uno. ÁLVARO ALEXIS OSSES ALGUERNO vendió, cedió y transfirió el 60% de su participación en los derechos sociales de la Sociedad a doña AURORA DEL CARMEN DIAZ PIZARRO, quien compró, aceptó y adquirió para sí, dichos derechos. El precio de la venta y cesión de derechos es la suma única y exclusiva de $2.400.000, que el comprador pagó en el acto y en dinero efectivo, declarando el vendedor y cedente haber recibido dicha suma a su entera satisfacción. dos. - ÁLVARO ALEXIS OSSES ALGUERNO vendió, cedió y transfirió el 15% de su participación en los derechos sociales de la Sociedad a don RODRIGO AUGUSTO ALGUERNO DIAZ, quien compró, aceptó y adquirió para sí, dichos derechos. El precio de la venta y cesión de derechos es la suma única y exclusiva de $600.000, que el comprador pagó en el acto y en dinero efectivo, declarando el vendedor y cedente haber recibido dicha suma a su entera satisfacción. Tres. CARMEN GLORIA ALGUERNO ARAYA vendió, cedió y transfirió el total de su participación en los derechos sociales de la Sociedad consistentes en un 25% del capital social a don RODRIGO AUGUSTO ALGUERNO DIAZ, quien compró, aceptó y adquirió para sí, dichos derechos. El precio de la venta y cesión de derechos es la suma única y exclusiva de $1.000.000, que la compradora pagó en el acto y en dinero efectivo, declarando el vendedor y cedente haber recibido dicha suma a su entera satisfacción. b) Como consecuencia de la cesión de derechos que da cuenta escritura extractada, se produce el retiro de don ÁLVARO ALEXIS OSSES ALGUERNO y de doña CARMEN GLORIA ALGUERNO ARAYA, quedando como únicos socios de la sociedad; (i) doña AURORA DEL CARMEN DIAZ PIZARRO, con un 60% de la participación social, y (ii) don RODRIGO AUGUSTO ALGUERNO DIAZ con un 40% de la participación social. c) Los actuales socios viene en modificar la administración de la sociedad, indicando que, a partir de esta fecha, corresponderá a doña AURORA DEL CARMEN DIAZ PIZARRO quien, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, la obligarán y actuará con cada una de las facultades indicadas en los estatutos, las cuales se dan por expresamente reproducidas. - Demás cláusulas constan en escritura extractada. - Rep.413/2023 Pirque, 06/07/2023. DOY FE.
Corporate information
Capital
Total capital
$4.000.000
Official extract text
GLADYS HERNÁNDEZ MANZANO, Notario Público Interino de Puente Alto con asiento en Pirque y oficio en Camino El Llano N°10 Locales 13 y 14, Pirque Certifico que con fecha 13/02/2020, ante mi compareció: don ERICK JULIO ALGUERNO ARAYA, chileno, empresario, casado, con domicilio en calle Alcalde Hernán Prieto número mil novecientos uno, Parcela nueve, lote uno, comuna de Pirque; doña CARMEN GLORIA ALGUERNO ARAYA, chilena, divorciada, contador auditor, domiciliada en Alcalde Hernán Prieto mil novecientos uno, Parcela nueve Lote Tres, comuna de Pirque; y don ÁLVARO ALEXIS OSSES ALGUERNO, chileno, comerciante, soltero, con domicilio en Alcalde Hernán Prieto número mil novecientos uno, Lote tres, comuna de Pirque; exponen: Que por escritura pública de fecha 26/11/2019, ante Gladys del Carmen Hernández Manzano, Notario Público Interino de Pirque, los comparecientes modificaron sociedad de responsabilidad limitada, razón social “ALGUERNO Y ALGUERNO LIMITADA”, cuya constitución rola inscrita a fojas veintiocho mil quinientos catorce número veintiún mil ciento sesenta y cinco, correspondiente al Registro de Comercio de Santiago del año dos mil cuatro, y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha dieciséis de septiembre del año dos mil catorce, la cual tiene un capital inicial de 4.000.000.- Que dicha modificación de fecha veintiséis de noviembre del año dos mil diecinueve no fue inscrita en el Registro de Comercio dentro del plazo que la ley establece. Por este acto y en virtud de lo establecido en el Artículo Tercero de la Ley Diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, los comparecientes vienen en sanear la nulidad por vicios formales de la modificación indicada de la siguiente manera: El extracto de constitución de la sociedad mencionada no se inscribió dentro del plazo estipulado por ley como obligatorio para la misma, por lo que por medio de la presente escritura de saneamiento, ratifican la escritura de modificación de sociedad ALGUERNO Y ALGUERNO LIMITADA, en los mismos términos y condiciones en los que fue otorgada y con los mismos fines específicos señalados en dicho instrumento.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rep.29/2020 Pirque, 18/02/2020. DOY FE.-
Corporate information
Capital
Total capital
$4.000.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 25% | - |
Socio | - | 75% | - |
Administrators (1)
Corporate history on record
- Incorporation· September 6, 2004
Se constituye la sociedad ALGUERNO Y ALGUERNO LIMITADA, hoy PRO SERVICIOS CALIFICADOS LTDA.
- Other act· September 24, 2014
La sociedad es modificada por escritura pública.
- Other act· August 24, 2015
La sociedad es nuevamente modificada por escritura pública.
- Transfer of rights
Erick Julio Algerno Araya vende el 75% de sus derechos sociales a Álvaro Alexis Osses Algerno.
- Partner withdrew
Erick Julio Algerno Araya deja de tener participación en la sociedad.
- Change of administrator
La administración y uso de la razón social queda exclusivamente en Carmen Gloria Algerno Araya.
Official extract text
GLADYS HERNÁNDEZ MANZANO, Notario Público Interino de Puente Alto con asiento en Pirque y oficio en Camino El Llano N°10 Locales 13 y 14, Pirque Certifico que con fecha 26/11/2019, ante mi compareció: don ERICK JULIO ALGUERNO ARAYA, chileno, empresario, casado, con domicilio en calle Alcalde Hernán Prieto N°1901, Parcela 9, lote 1, comuna de Pirque; doña CARMEN GLORIA ALGUERNO ARAYA, chilena, divorciada, contador auditor, domiciliada en Alcalde Hernán Prieto 1901, Parcela 9 Lote 3, comuna de Pirque; y don ÁLVARO ALEXIS OSSES ALGUERNO, chileno, comerciante, soltero, con domicilio en Alcalde Hernán Prieto número 1901, Lote 3, comuna de Pirque; exponen: Que por escritura pública de fecha 06/09/2004, ante don Eugenio Camus Mesa, Notario Público Titular de Puente Alto, Inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 28514 número 21165, correspondiente al año 2004, se constituyó una Sociedad de Responsabilidad Limitada cuya razón social es “ALGUERNO Y ALGUERNO LIMITADA” R.U.T. N°76.159.250 guion 5, cuyo nombre de fantasía es PRO SERVICIOS CALIFICADOS LTDA., con un capital inicial de $4.000.000.-; Modificada con fecha 24/09/2014 bajo el Repertorio número 211, ante doña Paola Deborah Stack Lara, Notario Público Titular de Pirque, Modificación inscrita a fojas 74258, número 45203 del Registro de Comercio del año 2014 en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y modificada por escritura pública de fecha 24/08/2015, otorgada ante Paola Deborah Stack Lara, Notario Público Titular de Puente Alto, con asiento en Pirque, bajo el repertorio 366, la que se inscribió a fojas 62778 número 36741 del Registro de Comercio de Santiago del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y de la cual son al día de hoy únicos y actuales socios doña CARMEN GLORIA ALGUERNO ARAYA como titular del 25% y don ERICK JULIO ALGUERNO ARAYA, como titular del 75% de participación social. Por este acto don ERICK JULIO ALGUERNO ARAYA, vende la totalidad de su participación en la sociedad que corresponde al 75% por ciento de la participación social, a don ÁLVARO ALEXIS OSSES ALGUERNO, quien acepta, compra y adquiere para sí.- TERCERO: El precio total de la cesión es la suma de $3.000.000.-, el que fue pagado en dinero efectivo y al contado por el cesionario con anterioridad a la celebración de este acto y que el cedente declara haber recibido a su más entera conformidad y satisfacción. De esta manera don ERICK JULIO ALGUERNO ARAYA, deja de tener participación en la sociedad, quedando como únicos y actuales socios don ÁLVARO ALEXIS OSSES ALGUERNO, con un 75% de los derechos sociales y doña CARMEN GLORIA ALGUERNO ARAYA, con un 25% de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia de sus respectivos aportes.- Por este acto vienen los socios en modificar la administración y uso de la razón social que a partir de hoy será exclusivamente de doña CARMEN GLORIA ALGUERNO ARAYA.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rep.376/2019 Pirque, 03/12/2019. DOY FE.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
ALGUERNO Y ALGUERNO LIMITADA
CVE 2348698
- MODIFICACIÓN
ALGUERNO Y ALGUERNO LIMITADA
CVE 1738647
- MODIFICACIÓN
ALGUERNO Y ALGUERNO LIMITADA
CVE 1694050
