Limited liability company76.153.485-8

Inversiones Ecosan Limitada

MODIFICACIÓN — Aug 16, 2024

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2024-08-16View PDF (CVE 2532959)

Corporate information

Ltda

Capital

Total capital

$453.899.596

Paid-in capital

$453.899.596

Shareholders (9)

NameParticipation

GERMÁN ANDRÉS OLBERTZ MARTÍNEZ

Socio

7.xxx.xxx-4

34.375%

SOLANGE PATRICIA OLBERTZ MARTÍNEZ

Socio

11.xxx.xxx-5

34.375%

TOMÁS ANDRÉS OLBERTZ SANTELICES

Socio

19.xxx.xxx-1

3.90625%

FLORENCIA IGNACIA OLBERTZ SANTELICES

Socio

20.xxx.xxx-4

3.90625%

JOSEFA ISIDORA OLBERTZ SANTELICES

Socio

20.xxx.xxx-k

3.90625%

JAVIER IGNACIO OLBERTZ SANTELICES

Socio

21.xxx.xxx-1

3.90625%

LUCAS ARTEAGA OLBERTZ

Socio

20.xxx.xxx-8

5.2083%

ANTONIA ARTEAGA OLBERTZ

Socio

20.xxx.xxx-9

5.2083%

DOMINGA ARTEAGA OLBERTZ

Socio

21.xxx.xxx-0

5.2084%

Official extract text

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaria de Santiago, con domicilio en calle Miraflores N° 178, 5° piso, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de junio de 2024, Repertorio 28.321-2024, ante mí suplente doña VERÓNICA ISABEL GONZÁLEZ DÁVILA, comparecen los socios de INVERSIONES ECOSAN LIMITADA, RUT N° 76.153.485-8, sociedad inscrita a fojas 30.011 número 22.554 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011 (la “Sociedad”); (i) doña PATRICIA INÉS MARTÍNEZ CRISTI, cédula de identidad N° 5.189.908-3, con domicilio para estos efectos en Av. El Bosque Norte 0177, Oficina 1102, Las Condes, Región Metropolitana; (ii) don TOMÁS ANDRÉS OLBERTZ SANTELICES, cédula de identidad N° 19.889.431-1, con domicilio en Parcela 9, Lote C, San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; (iii) doña FLORENCIA IGNACIA OLBERTZ SANTELICES, cédula de identidad N° 20.283.961-4, con domicilio en Parcela 9, Lote C, San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; (iv) doña JOSEFA ISIDORA OLBERTZ SANTELICES, cédula de identidad N° 20.808.478-K, con domicilio en Parcela 9, Lote C, San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; (v) don JAVIER IGNACIO OLBERTZ SANTELICES, cédula de identidad N° 21.031.300-1, con domicilio en Parcela 9, Lote C, San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; (vi) don LUCAS ARTEAGA OLBERTZ, cédula de identidad N°20.285.321-8, con domicilio en Los Espinos 4.130, Las Brisas de Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana; (vii) doña ANTONIA ARTEAGA OLBERTZ, cédula de identidad N° 20.807.694-9, con domicilio en Los Espinos 4.130, Las Brisas de Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana; (viii) doña DOMINGA ARTEAGA OLBERTZ, cédula de identidad N°21.689.918-0, con domicilio en Los Espinos 4.130, Las Brisas de Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana; (ix) don GERMÁN ANDRÉS OLBERTZ MARTÍNEZ, cédula de identidad N° 7.018.581-4, con domicilio en Parcela 9, Lote C, San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; y, (x) doña SOLANGE PATRICIA OLBERTZ MARTÍNEZ, cédula de identidad N° 11.632.312-5, con domicilio en Los Espinos 4.130, Las Brisas de Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana, quienes acuerdan modificar la Sociedad en la siguiente forma: (A) (1) doña PATRICIA INÉS MARTÍNEZ CRISTI cede y transfiere a don TOMÁS ANDRÉS OLBERTZ SANTELICES, la propiedad plena del 3,90625% de los derechos sociales en la Sociedad, en forma gratuita e irrevocable, por haberse realizado mediante donación por acto entre vivos, por mera liberalidad; (2) doña PATRICIA INÉS MARTÍNEZ CRISTI cede y transfiere a doña FLORENCIA IGNACIA OLBERTZ SANTELICES la propiedad plena del 3,90625% de los derechos sociales en la Sociedad, en forma gratuita e irrevocable, por haberse realizado mediante donación por acto entre vivos, por mera liberalidad; (3) doña PATRICIA INÉS MARTÍNEZ CRISTI cede y transfiere a doña JOSEFA ISIDORA OLBERTZ SANTELICES la propiedad plena del 3,90625% de los derechos sociales en la Sociedad, en forma gratuita e irrevocable, por haberse realizado mediante donación por acto entre vivos, por mera liberalidad; (4) doña PATRICIA INÉS MARTÍNEZ CRISTI cede y transfiere a don JAVIER IGNACIO OLBERTZ SANTELICES la propiedad plena del 3,90625% de los derechos sociales en la Sociedad, en forma gratuita e irrevocable, por haberse realizado mediante donación por acto entre vivos, por mera liberalidad; (5) doña PATRICIA INÉS MARTÍNEZ CRISTI cede y transfiere a don LUCAS ARTEAGA OLBERTZ la propiedad plena del 5,2083% de los derechos sociales en la Sociedad, en forma gratuita e irrevocable, por haberse realizado mediante donación por acto entre vivos, por mera liberalidad; (6) doña PATRICIA INÉS MARTÍNEZ CRISTI cede y transfiere a doña ANTONIA ARTEAGA OLBERTZ la propiedad plena del 5,2083% de los derechos sociales en la Sociedad, en forma gratuita e irrevocable, por haberse realizado mediante donación por acto entre vivos, por mera liberalidad; y (7) doña PATRICIA INÉS MARTÍNEZ CRISTI cede y transfiere a doña DOMINGA ARTEAGA OLBERTZ la propiedad plena del 5,2084% de los derechos sociales en la Sociedad, en forma gratuita e irrevocable, por haberse realizado mediante donación por acto entre vivos, por mera liberalidad. En atención a la donación antes señalada, se retira de la sociedad doña PATRICIA INÉS MARTÍNEZ CRISTI. (B) Como consecuencia de lo anterior, se modifica el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos, reemplazándose por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la cantidad de cuatrocientos cincuenta y tres millones ochocientos noventa y nueve mil quinientos noventa y seis pesos que los socios han íntegramente pagado y aportado a la caja social con anterioridad en las siguientes proporciones: don GERMÁN ANDRÉS OLBERTZ MARTÍNEZ, en un treinta y cuatro coma trescientos setenta y cinco por ciento; doña SOLANGE PATRICIA OLBERTZ MARTÍNEZ, en un treinta y cuatro coma trescientos setenta y cinco por ciento; don TOMÁS ANDRÉS OLBERTZ SANTELICES, en un tres coma nueve cero seis dos cinco por ciento; doña FLORENCIA IGNACIA OLBERTZ SANTELICES, en un tres coma nueve cero seis dos cinco por ciento; doña JOSEFA ISIDORA OLBERTZ SANTELICES, en un tres coma nueve cero seis dos cinco por ciento; don JAVIER IGNACIO OLBERTZ SANTELICES, en un tres coma nueve cero seis dos cinco por ciento; don LUCAS ARTEAGA OLBERTZ, en un cinco coma dos cero ocho tres por ciento; a doña ANTONIA ARTEAGA OLBERTZ, en un cinco coma dos cero ocho tres por ciento y; doña DOMINGA ARTEAGA OLBERTZ, en un cinco coma dos cero ocho cuatro por ciento. Los aportes han ingresado en caja social a entera y reciproca satisfacción de los socios. Los socios limitan su responsabilidad al monto de los capitales pagados por cada cual.” En todo lo no modificado, continúan plenamente válidas y vigentes las demás estipulaciones del estatuto de la Sociedad, especialmente la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Capital: $453.899.596. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 09 de agosto de 2024.

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  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES ECOSAN LIMITADA

    CVE 2532959

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