Limited liability company76.146.786-7

Prestaciones Médicas Igalan y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — Feb 10, 2017

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2017-02-10View PDF (CVE 1181347)

Corporate information

Ltda
Santo Domingo, Valparaíso
Administration: indistinta por cualquiera de los socios

Shareholders (3)

NameParticipation

ALEJANDRO ANDRÉS SÁEZ CEBALLOS

Socio

-

JULIE ANDREA ZAMBRANO ALVARADO

Socio

95%

PÍA FRANCISCA NÚÑEZ HUIDOBRO

Socio

5%

Corporate history on record

  1. Incorporation· January 1, 2011

    Se inscribe la constitución de la sociedad en el Registro de Comercio de Santiago.

  2. Other act· January 1, 2013

    Se inscribe una modificación social en el Registro de Comercio de Santiago.

  3. Other act· January 1, 2015

    Se inscribe otra modificación social en el Registro de Comercio de Santiago.

  4. Transfer of rights· January 10, 2017

    Alejandro Andrés Sáez Ceballos vende y cede el total de sus derechos a Pía Francisca Núñez Huidobro, quien adquiere el 5% de participación, retirándose de la sociedad.

    ALEJANDRO ANDRÉS SÁEZ CEBALLOS · PÍA FRANCISCA NÚÑEZ HUIDOBRO

  5. Change of administrator· January 10, 2017

    Se modifica la administración para que corresponda indistintamente a cada uno de los socios.

    JULIE ANDREA ZAMBRANO ALVARADO · PÍA FRANCISCA NÚÑEZ HUIDOBRO

Official extract text

Humberto Quezada Moreno, Notario Público 26ª. Notaría de Santiago, Huérfanos 835 2do. Piso, Certifica: Por escritura hoy ante mí, Don ALEJANDRO ANDRÉS SÁEZ CEBALLOS y ; Doña JULIE ANDREA ZAMBRANO ALVARADO ambos domiciliados en calle Santo Domingo número 748, departamento número 1705, Santiago y DOÑA PÍA FRANCISCA NÚÑEZ HUIDOBRO, domiciliada en Millaray Poniente 180 , Maipú; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “Prestaciones Médicas Igalan y Compañía Limitada“ en los siguientes sentidos: Uno ) Don ALEJANDRO ANDRÉS SÁEZ CEBALLOS VENDE y cede y transfiere A DOÑA PÍA FRANCISCA NÚÑEZ HUIDOBRO quien compra , acepta y adquiere para sí, el total de sus derechos en la sociedad del total de los derechos sociales. El precio de la cesión es de la suma de $1.500.000, pagado al contado y en dinero efectivo. Consecuencia de la cesión de derecho antes referida, se retira de la sociedad don ALEJANDRO ANDRÉS SÁEZ CEBALLOS quedando las participaciones de cada uno conformadas del siguiente modo: a) PÍA FRANCISCA NUÑEZ HUIDOBRO un 5% y b) DOÑA JULIE ANDREA ZAMBRANO ALVARADO, un 95% ambos del total de los derechos sociales; Dos) la administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá indistintamente a cada uno de los socios. En consecuencia, cada uno de los socios referidos, actuando separadamente, tendrá todas y cada una de las facultades de la cláusula sexta del pacto social. Además, se deja expresa constancia de cada uno de los socios de la compañía, podrá realizar toda clase de actos y firma toda clase de documentos, aunque no estén taxativamente señalados en la cláusula sin más limitaciones que las de no enajenar los bienes raíces, ni otorgar finanzas y cauciones, casos para los cuales se precisara de la comparecencia de ambos socios. Tres) reiteran que las utilidades y pérdidas sociales se distribuirán entre los socios a prorrata de sus participaciones en la sociedad. Extracto escritura constitución inscrito fojas 12.755, Nro. 9.586, del Registro comercio de Santiago de 2011. Modificación social fojas 93.894, N° 61.202, del registro de comercio de Santiago del año 2013, Modificación social fojas 22.447, N° 13.416 del Registro de Comercio de Santiago del años 2015. Demás Estipulaciones en escritura extractada, Santiago el 10 de Enero de 2017.

AmendmentDiario Oficial · 2017-01-20View PDF (CVE 1170561)

Corporate information

Ltda
Administration: indistinta por cualquiera de los socios

Shareholders (2)

NameParticipation

PÍA FRANCISCA NÚÑEZ HUIDOBRO

Socio

5%

JULIE ANDREA ZAMBRANO ALVARADO

Socio

95%

Corporate history on record

  1. Incorporation· January 1, 2011

    Se inscribe la constitución de la sociedad en 2011.

  2. Other act· January 1, 2013

    Se practica una modificación social inscrita en 2013.

  3. Other act· January 1, 2015

    Se practica una modificación social inscrita en 2015.

Official extract text

Humberto Quezada Moreno, Notario Público 26ª. Notaría de Santiago, Huérfanos 835 2do. Piso, Certifica: Por escritura hoy ante mí, Don ALEJANDRO ANDRÉS SÁEZ CEBALLOS y ; Doña JULIE ANDREA ZAMBRANO ALVARADO ambos domiciliados en calle Santo Domingo número 748, departamento número 1705, Santiago y DOÑA PÍA FRANCISCA NÚÑEZ HUIDOBRO, domiciliada en Millaray Poniente 180 , Maipú; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “Prestaciones médicas Y compañía limitada “ en los siguientes sentidos: Uno ) Don ALEJANDRO ANDRÉS SÁEZ CEBALLOS VENDE y cede y transfiere A DOÑA PÍA FRANCISCA NÚÑEZ HUIDOBRO quien compra , acepta y adquiere para sí, el total de sus derechos en la sociedad del total de los derechos sociales. El precio de la cesión es de la suma de $1.500.000, pagado al contado y en dinero efectivo. Consecuencia de la cesión de derecho antes referida, se retira de la sociedad don ALEJANDRO ANDRÉS SÁEZ CEBALLOS quedando las participaciones de cada uno conformadas del siguiente modo: a) PÍA FRANCISCA NUÑEZ HUIDOBRO un 5% y b) DOÑA JULIE ANDREA ZAMBRANO ALVARADO, un 95% ambos del total de los derechos sociales; Dos) la administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá indistintamente a cada uno de los socios. En consecuencia, cada uno de los socios referidos, actuando separadamente, tendrá todas y cada una de las facultades de la cláusula sexta del pacto social. Además, se deja expresa constancia de cada uno de los socios de la compañía, podrá realizar toda clase de actos y firma toda clase de documentos, aunque no estén taxativamente señalados en la cláusula sin más limitaciones que las de no enajenar los bienes raíces, ni otorgar finanzas y cauciones, casos para los cuales se precisara de la comparecencia de ambos socios. Tres) reiteran que las utilidades y pérdidas sociales se distribuirán entre los socios a prorrata de sus participaciones en la sociedad. Extracto escritura constitución inscrito fojas 12.755, Nro. 9.586, del Registro comercio de Santiago de 2011. Modificación social fojas 93.894, N° 61.202, del registro de comercio de Santiago del año 2013, Modificación social fojas 22.447, N° 13.416 del Registro de Comercio de Santiago del años 2015. Demás Estipulaciones en escritura extractada, Santiago el 10 de Enero de 2017.

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  1. MODIFICACIÓN

    Prestaciones Médicas Igalan y Compañía Limitada

    CVE 1181347

  2. MODIFICACIÓN

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