Limited liability company76.140.579-9

Sondajes y Servicios a la Minería Elio Hernán Bastías Figueroa y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — Jan 25, 2017

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2017-01-25View PDF (CVE 1173227)

Corporate information

Ltda
Administration: La administración de la sociedad y uso de la razón social le corresponderá a Amanda Luz del Carmen Matus Núñez y a Marcela Paz Bastías Matus, conjunta o separadamente

Capital

Total capital

$139.084.284

Shareholders (5)

NameParticipation

Amanda Luz del Carmen Matus Núñez

Socio

50%

Marcela Paz Bastías Matus

Socio

12.5%

Elio Ivan Bastías Matus

Socio

12.5%

Sebastian Jacobo Bastías Matus

Socio

12.5%

María José Bastías Matus

Socio

12.5%

Administrators (2)

Corporate history on record

  1. Incorporation· October 22, 2012

    Se constituyó la sociedad Sondajes y Servicios a la Minería Elio Hernán Bastías Figueroa y Compañía Limitada.

  2. Death· December 13, 2016

    Falleció Elio Hernán Bastías Figueroa, socio y único representante legal de la sociedad.

    Elio Hernán Bastías Figueroa · Elio Hernán Bastías Figueroa

  3. Succession

    El Registro Civil reconoció como únicos herederos a Amanda Luz del Carmen Matus Núñez y a Marcela Paz, Elio Ivan, Sebastian Jacobo y María José Bastías Matus.

    Amanda Luz del Carmen Matus Núñez · Marcela Paz Bastías Matus · Elio Ivan Bastías Matus · Sebastian Jacobo Bastías Matus · María José Bastías Matus

Official extract text

CAMILO VALENZUELA RIVEROS, Notario Santiago, Titular 1ª Notaría Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 19 de Enero de 2017, ante mí, Repertorio 324/2017: AMANDA LUZ DEL CARMEN MATUS NÚÑEZ, domiciliada en Parcela cinco A, Lo Mardones, La Palma Quillota, Valparaíso; MARCELA PAZ BASTÍAS MATUS, domiciliada en Avenida Casa de Piedra Trece, Casa treinta y ocho, Colina; ELIO IVAN BASTÍAS MATUS, domiciliado en Ambrosio Valdés dos mil trescientos treinta y cinco, San Agustín, Coquimbo; SEBASTIÁN JACOBO BASTÍAS MATUS, domiciliado en Avenida veintiuno de Mayo cuatrocientos cincuenta y seis, Quillota, Valparaíso; y MARÍA JOSÉ BASTÍAS MATUS, domiciliada en Lo Mardones, Parcela cinco, Quillota, Valparaíso, modificaron sociedad "Sondajes y Servicios a la Minería Elio Hernán Bastías Figueroa y Compañía Limitada”, rol único tributario número setenta y seis millones ciento cuarenta mil quinientos setenta y nueve guion nueve, constituida por escritura pública de fecha veintidós de octubre del año dos mil doce, suscrita ante la Notario Público Titular Lidia María Chahuan Issa de las comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quillota a fojas cuatrocientos setenta y tres número trescientos ochenta y siete del año dos mil doce, en lo siguiente: 1) Es del caso que el trece de diciembre del dos mil dieciséis falleció don Elio Hernán Bastías Figueroa, socio y único representante legal de la sociedad citada. El Registro Civil reconoció como únicos herederos a los comparecientes, Amanda Luz del Carmen Matus Núñez, en calidad de cónyuge y Marcela Paz, Elio Ivan, Sebastian Jacobo, y María José todos ellos Bastías Matus, en calidad de hijos.- 2) Don Elio Hernán Bastías Figueroa era propietario del setenta y cinco por ciento del capital social. En mérito de lo anterior, teniendo presente las normas de la sucesión intestada, y considerando que don Elio Hernán Bastías Figueroa y Amanda Luz del Carmen Matus Núñez estaban casados en régimen de separación de bienes, los comparecientes serán socios de "Sondajes y Servicios a la Minería Elio Hernán Bastías Figueroa y Compañía Limitada” en los porcentajes que se indican a continuación: a) doña Amanda Luz del Carmen Matus Núñez con un cincuenta por ciento del capital social, esto es la suma de sesenta y nueve millones quinientos cuarenta y dos mil ciento cuarenta y dos pesos, de los cuales aportó el veinticinco por ciento al momento de constituir la sociedad y el otro veinticinco por ciento lo adquirió por sucesión por causa de muerte de su cónyuge; b) Marcela Paz Bastías Matus con el doce coma cinco por ciento, equivalentes a diecisiete millones trescientos ochenta y cinco mil quinientos treinta y cinco, coma cinco pesos que los adquirió por sucesión por causa de muerte de su padre; c) Elio Ivan Bastías Matus con el doce coma cinco por ciento, equivalentes a diecisiete millones trescientos ochenta y cinco mil quinientos treinta y cinco, coma cinco pesos que los adquirió por sucesión por causa de muerte de su padre; d) Sebastian Jacobo Bastías Matus con el doce coma cinco por ciento, equivalentes a diecisiete millones trescientos ochenta y cinco mil quinientos treinta y cinco, coma cinco pesos que los adquirió por sucesión por causa de muerte de su padre; y e) María José Bastías Matus con el doce coma cinco por ciento, equivalentes a diecisiete millones trescientos ochenta y cinco mil quinientos treinta y cinco, coma cinco pesos que los adquirió por sucesión por causa de muerte de su padre.- 3) los socios comparecientes acuerdan realizar las siguientes modificaciones al estatuto social: UNO) En su artículo segundo, reemplazar la razón social por Sondajes y Servicios a la Minería Elio Bastías Limitada; DOS) En su artículo cuarto modificarlo en el sentido que la administración de la sociedad y uso de la razón social le corresponderá a doña Amanda Luz del Carmen Matus Núñez y a doña Marcela Paz Bastías Matus, quienes podrán actuar conjunta o separadamente en la forma y con las facultades que establece el Estatuto social en su artículo cuarto; TRES) Reemplazar su artículo quinto por el siguiente: “QUINTO.- CAPITAL.- El capital de la sociedad será la suma de ciento treinta y nueve millones ochenta y cuatro mil doscientos ochenta y cuatro pesos que se aportan como sigue: a) doña Amanda Luz del Carmen Matus Núñez con un cincuenta por ciento del capital social, esto es la suma de sesenta y nueve millones quinientos cuarenta y dos mil ciento cuarenta y dos pesos, de los cuales aportó el veinticinco por ciento al momento de constituir la sociedad y el otro veinticinco por ciento lo adquirió por sucesión por causa de muerte de su cónyuge; b) Marcela Paz Bastías Matus con el doce coma cinco por ciento, equivalentes a diecisiete millones trescientos ochenta y cinco mil quinientos treinta y cinco, coma cinco pesos que los adquirió por sucesión por causa de muerte de su padre; c) Elio Ivan Bastías Matus con el doce coma cinco por ciento, equivalentes a diecisiete millones trescientos ochenta y cinco mil quinientos treinta y cinco, coma cinco pesos que los adquirió por sucesión por causa de muerte de su padre; d) Sebastian Jacobo Bastías Matus con el doce coma cinco por ciento, equivalentes a diecisiete millones trescientos ochenta y cinco mil quinientos treinta y cinco, coma cinco pesos que los adquirió por sucesión por causa de muerte de su padre; y e) María José Bastías Matus con el doce coma cinco por ciento, equivalentes a diecisiete millones trescientos ochenta y cinco mil quinientos treinta y cinco, coma cinco pesos que los adquirió por sucesión por causa de muerte de su padre; CUATRO) En el artículo undécimo modificarlo en el sentido que los beneficios o pérdidas que resultaren se distribuirán entre los socios a prorrata de sus respectivas participaciones; CINCO) El artículo décimo tercero sustituirlo por el siguiente: “RETIROS.- Los socios fijarán de común acuerdo las cantidades que periódicamente podrán retirar a cuenta de futuras utilidades.”.- Las demás cláusulas del estatuto original se mantienen inalterables.- Santiago, 19 de enero de 2017.-cr

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