Limited liability company76.132.918-9

Gestech Limitada

MODIFICACIÓN — Aug 22, 2018

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2018-08-22View PDF (CVE 1450019)

Corporate information

Ltda
Alonso de Córdova N°5.900, oficina 402
Duration: 5 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años
Administration: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente al o los mandatarios designados para tales efectos y de común acuerdo por los socios

Capital

Total capital

$3.000.000

Paid-in capital

$3.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

José Tomás Infante Correa

Socio

65%

SERVICIOS J Y P LIMITADA

Socio

35%

Administrators (1)

Legal representation (1)

Corporate history on record

  1. Other act

    Se relata que GESTECH LIMITADA está inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago al año 2011.

    GESTECH LIMITADA

Official extract text

LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, Notario Público titular 20° Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo N° 4990, Comuna Las Condes, Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de esta fecha, ante mí, SOCIEDAD VALGESTA INVERSIONES LIMITADA, domiciliada en esta ciudad en Alonso de Córdova N°5.900, oficina 402, comuna de Las Condes y JOSÉ TOMÁS INFANTE CORREA, por sí y en representación de SERVICIOS J Y P LIMITADA, ambos domiciliados en Avenida del Parque N°5339, oficina 307, comuna de Huechuraba modificaron sociedad “GESTECH LIMITADA”, inscrita a fojas 5234, N°4020 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011, en el siguiente sentido: SOCIEDAD VALGESTA INVERSIONES LIMITADA, vende, cede y transfiere a SERVICIOS J Y P LIMITADA, quien compra, adquiere y recibe para sí la totalidad de su participación en la Sociedad que corresponde al 35% de los derechos sociales en la suma de $15.000.000, pagados íntegramente al contado y en dinero efectivo. A consecuencia de la cesión de derechos celebrada, se retira de la SOCIEDAD VALGESTA INVERSIONES LIMITADA, quedando como únicos y actuales socios de “GESTECH LIMITADA” don JOSÉ TOMÁS INFANTE CORREA y SERVICIOS J Y P LIMITADA quienes acordaron en introducir las siguientes modificaciones al pacto social: Uno.) Se reemplaza la Cláusula Primera del Pacto Social por la siguiente: “PRIMERO: El nombre o razón social de la Sociedad será “SERVICIOS Y COMERCIAL GESTECH LIMITADA”, pudiendo usar también como nombres de fantasía el de “GESTECH LIMITADA” o “GESTECH LTDA.”; Dos.) Se modifica también la Cláusula Tercera de la Sociedad relativa a la administración, en el sentido de establecer que la administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad corresponderá exclusivamente al o los mandatarios designados para tales efectos y de común acuerdo por los socios. En cumplimiento con lo anterior, los socios designan de común acuerdo como apoderado de la Sociedad a don José Tomás Infante Correa, quien podrá representarla con todas y cada una de las facultades descritas en la Cláusula Tercera del Pacto Social y sin limitación alguna; Tres.) Se reemplaza la Cláusula Cuarta de los Estatutos de la Sociedad por la siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $3.000.000, que se ha aportado de la siguiente forma: a) Don JOSÉ TOMÁS INFANTE CORREA aportó la suma de $1.950.000, equivalentes a un 65% de los derechos sociales, monto ya enterado al contado y en dinero efectivo en la caja social y; b) SERVICIOS J Y P LIMITADA aportó la suma de $1.050.000, equivalentes a un 35% de los derechos sociales, monto ya enterado al contado y en dinero efectivo en la caja social” y; Cuatro.) Se reemplaza la Cláusula Octava del Pacto Social por la siguiente: “OCTAVO: La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años a contar desde esta fecha, prorrogándose automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, si ninguno de los socios manifestare intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del período que estuviere vigente. Asimismo, deberá darse aviso por escrito por carta certificada despachada por Notario Público a los otros socios, de su intención de no perseverar en el contrato de sociedad, la ausencia de cualesquiera de estos requisitos hará que la renuncia sea inoponible a los demás socios.” En lo no modificado rige estatuto social, especialmente en lo referido a la responsabilidad de los socios limitada al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 5 de julio de 2018.

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