Limited liability company76.118.630-2

Proyectos De Comunicaciones Y Electrónica Limitada

MODIFICACIÓN — Mar 16, 2023

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2023-03-16View PDF (CVE 2286415)

Corporate information

Ltda
Concepción, Biobío
Duration: indefinida
Administration: La representación legal, administración y facultades de uso de la razón social corresponderá a ambos socios conjunta o separadamente

Capital

Total capital

$1.000.000

Shareholders (2)

NameParticipation

PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR

Socio

18.xxx.xxx-4

66.67%

FRANCISCO JAVIER ORLANDO BECERRA GUBELIN

Socio

15.xxx.xxx-3

33.33%

Administrators (2)

Corporate history on record

  1. Incorporation· May 29, 2004

    Se inscribe la constitución original de la sociedad.

  2. Transfer of rights· March 10, 2023

    PAZ DESIREE TROMBERT JAIME cede el 100% de sus derechos sociales a PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR.

    PAZ DESIREE TROMBERT JAIME · PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR

  3. Transfer of rights· March 10, 2023

    MAURICIO MARCELO DÍAZ ITURBE cede el 16,67% de sus derechos sociales a PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR.

    MAURICIO MARCELO DÍAZ ITURBE · PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR

  4. Transfer of rights· March 10, 2023

    MAURICIO MARCELO DÍAZ ITURBE cede el 33,33% restante de sus derechos sociales a FRANCISCO JAVIER ORLANDO BECERRA GUBELIN y se retira de la sociedad.

    MAURICIO MARCELO DÍAZ ITURBE · FRANCISCO JAVIER ORLANDO BECERRA GUBELIN

  5. Change of administrator· March 10, 2023

    Se modifica la administración, quedando la representación legal y administración a cargo de ambos socios conjunta o separadamente.

    PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR · FRANCISCO JAVIER ORLANDO BECERRA GUBELIN

  6. Capital change· March 10, 2023

    Se mantiene el capital estatutario vigente en $1.000.000.

Official extract text

JUAN CARLOS SAN MARTIN MOLINA, Abogado, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Concepción, con oficio en esta ciudad, San Martín Nº906, certifica: por escritura pública de fecha 10 de marzo de 2023, anotada bajo el Repertorio Nº746-2023, COMPARECIÓ ANTE MÍ, doña PAZ DESIREE TROMBERT JAIME, RUT 10.408.944-5; don MAURICIO MARCELO DÍAZ ITURBE, RUT 6.882.779-5; ambos domiciliados en calle Guadarrama Nº1.107, Las Condes, Región Metropolitana; don PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR, RUT 18.412.408-4, domiciliado calle Colcura Nº850, Villa Llacolén, San Pedro de la Paz; y don FRANCISCO JAVIER ORLANDO BECERRA GUBELIN, RUT 15.671.557-3, domiciliado calle Orompello Nº573, Concepción; modificaron sociedad PROYECTOS DE COMUNICACIONES Y ELECTRÓNICA LIMITADA, RUT 76.118.630-2, capital estatutario vigente $1.000.000.- extracto inscrito a fs. 17.160 Nº12.921 del Reg. de Comercio de Santiago 2004; publicado diario oficial 29/05/2004; en las siguientes materias: (A) PAZ DESIREE TROMBERT JAIME, se retira de la sociedad cediendo 100% de sus derechos sociales a don PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR, quien se incorpora en su misma calidad y derechos; precio $7.000.000.- pagados al contado.- (B) MAURICIO MARCELO DÍAZ ITURBE, cede 16,67% de la totalidad de sus derechos sociales (originalmente 50%), a PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR, quien se incorpora en su misma calidad y derechos; precio $2.333.000.- pagados al contado.- (C) MAURICIO MARCELO DÍAZ ITURBE, cede restante 33,33% de sus derechos sociales a FRANCISCO JAVIER ORLANDO BECERRA GUBELIN, con lo cual se retira de la sociedad al haber cedido 100% de sus derechos sociales; precio $4.667.000.- pagados al contado.- (D) Nueva Composición Social: don PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR, participación de 2/3 de las utilidades y pérdidas; y don FRANCISCO JAVIER ORLANDO BECERRA GUBELIN, participación de 1/3 de las utilidades y pérdidas.- (E) Se modifica Título Primero, cláusula cuarta: domicilio legal de la sociedad será Concepción.- (F) Se sustituye en el Título Primero, cláusula quinta por siguiente texto: “La sociedad a contar de esta fecha tendrá duración indefinida. Cualquiera de los socios podrá ponerle término a la sociedad dando aviso a su consocio mediante aviso que conste en escritura expedido y notificado con una antelación mínima de ciento ochenta días, y por los demás medios que establece la Ley”.- (G) Se modifica Título tercero, cláusula octava: la representación legal, administración y facultades de uso de la razón social corresponderá a ambos socios don PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR y don FRANCISCO JAVIER ORLANDO BECERRA GUBELIN, pudiendo obrar conjunta o separadamente con amplias facultades. Se elimina íntegramente el numeral 33 de enumeración de facultades.- (H) Se modifica Título quinto, cláusula décimo cuarta: se designa árbitro arbitrador.- (I) Se sustituye en Título quinto, cláusula décimo séptima, por siguiente texto: “Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, y de todas las convenciones aquí pactadas, los comparecientes fijan domicilio en la ciudad de Concepción.-” En todo lo no intervenido subsiste estatuto original.- Demás menciones escritura extractada.- Concepción, marzo 14 de 2023. Doy fe. su.

AmendmentDiario Oficial · 2023-03-16View PDF (CVE 2286325)

Corporate information

Ltda
Concepción, Biobío
Duration: indefinida
Administration: La representación legal, administración y facultades de uso de la razón social corresponderá a ambos socios, conjunta o separadamente.

Capital

Total capital

$1.000.000

Shareholders (2)

NameParticipation

PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR

Socio

18.xxx.xxx-4

66.6667%

FRANCISCO JAVIER ORLANDO BECERRA GUBELIN

Socio

15.xxx.xxx-3

33.3333%

Administrators (2)

PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR

18.xxx.xxx-4Administrador

Official extract text

JUAN CARLOS SAN MARTIN MOLINA, Abogado, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Concepción, con oficio en esta ciudad, San Martín Nº906, certifica: por escritura pública de fecha 10.03.2023, Repertorio Nº743-2023, COMPARECIÓ ANTE MÍ, doña PAZ DESIREE TROMBERT JAIME, RUT 10.408.944-5; don MAURICIO MARCELO DÍAZ ITURBE, RUT 6.882.779-5; ambos domiciliados en calle Guadarrama Nº1.107, Las Condes, Región Metropolitana; don PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR, RUT 18.412.408-4, domiciliado calle Colcura Nº850, Villa Llacolén, San Pedro de la Paz; y don FRANCISCO JAVIER ORLANDO BECERRA GUBELIN, RUT 15.671.557-3, domiciliado calle Orompello Nº573, Concepción; modificaron sociedad PROYECTOS DE COMUNICACIONES Y ELECTRÓNICA LIMITADA, RUT 76.118.630-2, capital estatutario vigente $1.000.000.- extracto inscrito a fs. 17.160 Nº12.921 del Reg. de Comercio de Santiago 2004; publicado diario oficial 29/05/2004; en las siguientes materias: (A) PAZ DESIREE TROMBERT JAIME, se retira de la sociedad cediendo 100% de sus derechos sociales a don PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR, quien se incorpora en su misma calidad y derechos; precio $7.000.000.- pagados al contado.- (B) MAURICIO MARCELO DÍAZ ITURBE, cede 16,67% de la totalidad de sus derechos sociales (originalmente 50%), a PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR, quien se incorpora en su misma calidad y derechos; precio $2.333.000.- pagados al contado.- (C) MAURICIO MARCELO DÍAZ ITURBE, cede restante 33,33% de sus derechos sociales a FRANCISCO JAVIER ORLANDO BECERRA GUBELIN, con lo cual se retira de la sociedad al haber cedido 100% de sus derechos sociales; precio $4.667.000.- pagados al contado.- (D) Nueva Composición Social: don PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR, participación de 2/3 de las utilidades y pérdidas; y don FRANCISCO JAVIER ORLANDO BECERRA GUBELIN, participación de 1/3 de las utilidades y pérdidas.- (E) Se modifica Título Primero, cláusula cuarta: domicilio legal de la sociedad será Concepción.- (F) Se sustituye en el Título Primero, cláusula quinta por siguiente texto: “La sociedad a contar de esta fecha tendrá duración indefinida. Cualquiera de los socios podrá ponerle término a la sociedad dando aviso a su consocio mediante aviso que conste en escritura expedido y notificado con una antelación mínima de ciento ochenta días, y por los demás medios que establece la Ley”.- (G) Se modifica Título tercero, cláusula octava: la representación legal, administración y facultades de uso de la razón social corresponderá a ambos socios don PEDRO ALONSO OPAZO ESCOBAR y don FRANCISCO JAVIER ORLANDO BECERRA GUBELIN, pudiendo obrar conjunta o separadamente con amplias facultades. Se elimina íntegramente el numeral 33 de enumeración de facultades.- (H) Se modifica Título quinto, cláusula décimo cuarta: se designa árbitro arbitrador.- (I) Se sustituye en Título quinto, cláusula décimo séptima, por siguiente texto: “Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, y de todas las convenciones aquí pactadas, los comparecientes fijan domicilio en la ciudad de Concepción.-” En todo lo no intervenido subsiste estatuto original.- Demás menciones escritura extractada.- Concepción, marzo 14 de 2023. Doy fe. su.

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